Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— capacidad de obrar,
— preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad,
— no prohibición para contratar,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— cifra anual de negocio. Descripción: de conformidad con el artículo 75 3 LCSP, si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencias económica y financiera, se exigirá que la forma de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, tendrá carácter solidario. Artículo 87 1 de la LCSP, apartado a): «Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente». Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponible en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, sea igual o superior al presupuesto del contrato, IVA excluido (1 325 403,21 EUR). La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante declaración responsable firmada por el representante legal,
Solvencias técnicas:
— trabajos realizados. Descripción: artículo 90 apartado 1 a: «Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente». Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: el importe anual acumulado en el cómputo de los últimos tres años (se tomará como referencia para el cómputo de dichos últimos tres años, la fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones), será igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato, IVA incluido (561 308,26 EUR), en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del mismo, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del mismo la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.