Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— capacidad de obrar,
— preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad,
— no prohibición para contratar,
— no estar incurso en incompatibilidades,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— M2-2. Servicios de seguridad, custodia y protección (igual o superior a 150 000 EUR e inferior a 300 000 EUR),
— cifra anual de negocio. Descripción: artículo 87 1 apartado a). Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Los licitadores deberán acreditar mediante declaración responsable firmada por el representante de la empresa, un volumen anual de negocios de al menos 290 000,00 EUR (IVA excluido), referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios cerrados (2019-2018-2017).
Solvencias técnicas:
— trabajos realizados. Descripción: artículo 90 1 apartado a). Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los licitadores deberán presentar la relación de los principales servicios o trabajos realizados y acreditarlos mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público y cuando sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta del mismo, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación de los servicio o trabajos efectuados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por un importe acumulado en el año de mayor ejecución de los tres últimos (2020 -2019-2018) de al menos 290 000,00 EUR (IVA excluido). Se considerarán de similar naturaleza, la igualdad entre los tres primero dígitos de los respectivos códigos CPV,
— certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales. Descripción: artículo 90 1 apartado d). Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de este, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. Los licitadores deberán tener establecidos en sus empresas los sistemas de calidad relativos a las Normas ISO 9001:2008: implantación y desarrollo de estándares de calidad en planificación, desarrollo, producción y post-venta, ISO 14001:2004: implantación y desarrollo de políticas de calidad medioambiental, OHSAS 18801:2007: implantación y desarrollo de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo. En consecuencia, deberán disponer de los correspondientes certificados acreditativos o los que los sustituyan según normas aplicables, debiendo encontrarse en vigor serán reconocidos los certificados equivalentes emitidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y cualesquiera otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad y de la gestión medioambiental que presenten los empresarios. Esta disponibilidad deberá quedar acreditada y serán presentados por el propuesto adjudicatario.