Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— capacidad de obrar.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— seguro de indemnización. Descripción: en el caso de profesionales (trabajadores autónomos): justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, este deberá ser por importe por importe no inferior al valor estimado del contrato, de conformidad con el artículo 87 3 de la LCSP, aportando además el compromiso de su renovación o prorroga durante toda la ejecución del contrato,
— cifra anual de negocio. Descripción: en el caso de empresa: se acreditará por medio del volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito o sector de la atención a las personas dependiente y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, o justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado del contrato, de conformidad con el artículo 87 3 de la LCSP, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga durante toda la ejecución del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencias técnicas:
— trabajos realizados. Descripción: las empresas deberán de estar acreditadas para la prestación de servicios de ayuda a domicilio, y el personal deberá tener la formación certificada, ambos requisitos (artículos 65 2 y 90 3 de la LCSP) elemento que actúa como requisito mínimo en el procedimiento de licitación, artículo 981, artículo 139 de la Ley 9/2016 de 27 de abril de Servicios Sociales de Andalucía. En los contratos de servicios, la solvencia técnica se acreditará, por medio de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar al objeto del presente contrato, realizados en los últimos tres años, en que se indiquen el importe, la fecha y el destinatario, público o privado. Para tener acreditada la solvencia técnica y profesional, los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) la prestación de servicio debe corresponder con el servicio de ayuda a domicilio en los términos de la Orden de 15.11.2007, por la que se regula el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 23.11.2007);
2) deberán aportarse al menos tres servicios en los últimos tres años, de los cuales: al menos uno deberá ser igual o superior al presupuesto anual del contrato (1 299 001,77 EUR), los dos restantes deberán ser iguales o superiores al 70 % del presupuesto anual del contrato (909 301,23 EUR);
3) los servicios deberán acreditarse mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente;
4) cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. Todo ello de acuerdo con lo recogido en los PCAP.