Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— capacidad de obrar,
— no prohibición para contratar,
— no estar incurso en incompatibilidades,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias,
— para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española,
— preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— M2-4. Servicios de seguridad, custodia y protección (igual o superior a 600 000 EUR e inferior a 1 200 000 EUR),
— cifra anual de negocio. Descripción: artículo 87 1 de la LCSP Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: los licitadores deberán acreditar mediante declaración responsable firmada por el representante de la empresa un volumen anual de negocios, de al menos 684 514,23 EUR, IVA excluido, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios cerrados (2019, 2018 y 2017).
Solvencias técnicas:
— trabajos realizados. Descripción: artículo 90 1 apartado a) de la LCSP. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: los licitadores deberán presentar la relación de los principales servicios o trabajos realizados y acreditarlos mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público y cuando sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta del mismo, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación de los servicios o trabajos efectuados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por un importe acumulado en el año de mayor ejecución de los tres últimos (2020, 2019 y 2018) de al menos 684 514,23 EUR (IVA excluido). Se considerarán de similar naturaleza, la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV,
— instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad. Descripción: artículo 90 1 apartado c) de la LCSP. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: para posibilitar y potenciar que el desarrollo del contrato por parte del adjudicatario se base en sistemas de gestión de calidad implantados en su organización y en su gestión, los licitantes deberán tener establecidos en sus empresas los sistemas de calidad relativos a las normas: ISO 9001:2008: implantación y desarrollo de estándares de calidad en planificación, desarrollo, producción y post-venta, ISO 14001:2004: implantación y desarrollo de políticas de calidad medioambiental, OHSAS 18801:2007: implantación y desarrollo de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo. En consecuencia, deberán disponer de los correspondientes certificados acreditativos (o los que los sustituyan según normas aplicables), debiendo encontrarse en vigor. Esta disponibilidad deberá quedar acreditada por el adjudicatario adjuntando copias compulsadas o autentificadas de los certificados). Asimismo, serán reconocidos los certificados equivalentes emitidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y cualesquiera otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad y de la gestión medioambiental que presenten los empresarios.