Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— capacidad de obrar,
— no prohibición para contratar,
— no estar incurso en incompatibilidades,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias,
— para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Solvencias económicas y/o clasificación:
Cifra anual de negocio. Descripción: los licitadores habrán de justificar la solvencia económica y financiera, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la Ley de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser al menos de una vez y media del valor estimado del contrato (9 843 100,05 EUR), anexo III del PCAP.
Solvencias técnicas:
Trabajos realizados. Descripción: el licitador deberá justificar la solvencia técnica, de conformidad con el artículo 90 de la LCSP, mediante una relación de los principales servicios realizados, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato de, como máximo, los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha, el destinatario, público o privado, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato sin IVA (4 593 446,69 EUR), anexo III del PCAP.