El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente para esta actividad en el local de la calle Calabria 147 de Barcelona, sede de esta dirección general. la oficina tyiene por objeto facilitar la ocupación juvenil y mejorar la ocupabilidad de las personas, en concreto facilitar el acceso al mundo laboral y velar por las condiciones de trabajo.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2021-01-29.
La contratación se publicó en 2020-12-29.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Objeto Alcance de la contratación
Título:
“Servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» de Barcelona (BE-2021-39)
BE-2021-39”
Productos/servicios: Servicios sociales administrativos📦
Breve descripción:
“El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente...”
Breve descripción
El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente para esta actividad en el local de la calle Calabria 147 de Barcelona, sede de esta dirección general. la oficina tyiene por objeto facilitar la ocupación juvenil y mejorar la ocupabilidad de las personas, en concreto facilitar el acceso al mundo laboral y velar por las condiciones de trabajo.
1️⃣
Lugar de ejecución: Cataluña🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Barcelona
Descripción de la contratación:
“El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente...”
Descripción de la contratación
El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente para esta actividad en el local de la calle Calabria 147 de Barcelona, sede de esta dirección general. la oficina tyiene por objeto facilitar la ocupación juvenil y mejorar la ocupabilidad de las personas, en concreto facilitar el acceso al mundo laboral y velar por las condiciones de trabajo.
Ver más Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre): Criterios que requieren un juicio de valor
Criterio de calidad (ponderación): 49
Criterio de coste (nombre): Criterios valorables automáticamente
Criterio de coste (ponderación): 51
Duración
Fecha de inicio: 2021-01-01 📅
Fecha final: 2021-12-31 📅
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
Este contrato está sujeto a renovación ✅ Descripción
Descripción de las renovaciones: Prorrogable hasta cuatro años más
Información jurídica, económica, financiera y técnica Situación económica y financiera
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Capacidad técnica y profesional
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato: Las previstas en el apartado M del pliego de cláusuals administrativas
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2021-01-29
12:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: catalán 🗣️
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Condiciones de apertura de las ofertas: 2021-02-01
12:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar):
“acto público no presnecial. Las personas interesadas en asistir virtualmente al acto deben de enviar un correo electrónico a contractacio.tsf@gencat.cat...”
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar)
acto público no presnecial. Las personas interesadas en asistir virtualmente al acto deben de enviar un correo electrónico a contractacio.tsf@gencat.cat como máximo una hora antes del acto convocado para ser incorporado a la reunión a través del aplicativo TEAMS.
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Condiciones de apertura de las ofertas (Información sobre las personas autorizadas y procedimiento de apertura):
“https://contractaciopublica.gencat.cat/ecofin_pscp/AppJava/capDocument.pscp?reqCode=viewCapD&idCap=202259&idDoc=42291970
Apertura pública de sobres digitales”
Información complementaria Información sobre la reaparición
Se trata de una contratación recurrente ✅ Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se utilizarán pedidos electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Se utilizará el pago electrónico
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Català de Contractes del Sector Públic
Dirección postal: Edifici Princesa, Via Laietana, 14
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08003
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 935676300📞 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26.2.de 2014 (LCSP).
Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
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Fuente: OJS 2020/S 255-641716 (2020-12-29)
Anuncio de adjudicación de contrato (2021-06-04) Autoridad contratante Nombre y dirección
Nombre: Departamento de Drets Socials
Dirección postal: Paseo del Taulat, 266-270, Barcelona
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
“El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente...”
Breve descripción
El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente para esta actividad en el local de la calle Calabria 147 de Barcelona, sede de esta dirección general. la oficina tiene por objeto facilitar la ocupación juvenil y mejorar la ocupabilidad de las personas, en concreto facilitar el acceso al mundo laboral y velar por las condiciones de trabajo.
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Valor total de la contratación (IVA excluido): EUR 598413.90 💰
Descripción
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Barcelona.
Descripción de la contratación:
“El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente...”
Descripción de la contratación
El servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» promovida por la Dirección General de Juventud y que se ubicará en el espacio cedido expresamente para esta actividad en el local de la calle Calabria 147 de Barcelona, sede de esta dirección general. la oficina tiene por objeto facilitar la ocupación juvenil y mejorar la ocupabilidad de las personas, en concreto facilitar el acceso al mundo laboral y velar por las condiciones de trabajo.
Procedimiento Información administrativa
Publicación anterior sobre este procedimiento: 2020/S 255-641716
Adjudicación del contrato
1️⃣
Número de contrato: BE-2021-39
Título: Servicio de gestión de la «Oficina Jove de Treball» de Barcelona (BE-2021-39)
Fecha de celebración del contrato: 2021-05-31 📅
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 3
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Fundació Privada per a la Promoció de l'Autoocupació de Catalunya
Ciudad postal: Barcelona
País: España 🇪🇸
Región: Barcelona🏙️
El contratista es una PYME
Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total estimado del contrato/lote: EUR 598413.90 💰
Valor total del contrato/lote: EUR 113 200 💰
Información complementaria Órgano de revisión
Dirección postal: Vía Laietana, 14, 5è, edifici Princesa
Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26.2.2014 (LCSP).
Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Fuente: OJS 2021/S 110-289874 (2021-06-04)