Descripción de la contratación
Prestación del servicio de limpieza en las dependencias de la Residencia de Llanes, centro adscrito al Organismo Autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (en lo sucesivo, ERA) que se referirá seguidamente, todo ello en los términos indicados en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas.
La prestación de los servicios contratados se realizará en los locales de la residencia, sita en la c/ Nemesio Sobrino, 8, de Llanes.
La empresa contratista deberá realizar la limpieza de las siguientes dependencias del centro, con sujeción a las condiciones establecidas en el presente pliego y en el de Prescripciones Técnicas:
1) planta baja: limpieza de sala principal, baños y recepción;
2) planta 1: limpieza del comedor de asistidos, de la enfermería, baños (incluido el geriátrico), dos habitaciones individuales con sus baños y la zona de descanso de auxiliares;
3) planta 2, planta 3 y planta 4: limpieza de todas las habitaciones —treinta y nueve dobles con baño, en total—, incluyendo hacer las camas y cambio de ropa de cama y toallas de las habitaciones correspondientes a los residentes que ocupan plaza de válidos, así como recogida de ropa y entrega a la lavandería de los antedichos residentes que ocupan plaza de válidos, limpieza de sala televisión, almacenes, baños geriátricos, controles, escaleras y pasillos;
4) sacar la basura a los lugares habilitados para su depósito;
5) limpieza de todos los cristales de las ventanas, incluyendo marcos, persianas y alféizar, de la residencia.
El servicio comprenderá la limpieza de todos los elementos que forman parte de las zonas referidas y dependencias de las mismas, a saber, habitaciones, pavimentos, paredes, techos, puertas y todo tipo de mobiliario, enseres y equipamiento e instalaciones, así como la limpieza de los cristales y los marcos de persianas de toda la residencia, a los cuales se habrán de aplicar las tareas, técnicas y procedimientos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El objeto del contrato no permite la realización independiente de cada una de sus partes, por lo que no se prevé su división en lotes al amparo del apartado 3 del artículo 99 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.