Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès
Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès, de acuerdo con la modalidad establecida en el artículo 2.1.a) «Servicio escolar de transporte discrecional consolidado con reiteración de itinerario» establecido en el Decreto 161/1996, de 14 de mayo, sobre servicio de transporte escolar, concretado por los centros públicos de educación infantil, primaria y secundaria situados mayoritariamente en la comarca.
Con carácter general, los servicios que se quieren contratar consisten en atender el servicio de transporte escolar de los menores de edad dentro del periodo lectivo escolar, y con el fin de implementar políticas de integración de la vida laboral y familiar, así como servir de medida para facilitar la escolarización de los alumnos.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2020-03-20.
La contratación se publicó en 2020-02-28.
Objeto Alcance de la contratación
Título:
“Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el...”
Título
Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès
4977/2019
Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès, de acuerdo con la modalidad establecida en el artículo 2.1.a) «Servicio escolar de transporte discrecional consolidado con reiteración de itinerario» establecido en el Decreto 161/1996, de 14 de mayo, sobre servicio de transporte escolar, concretado por los centros públicos de educación infantil, primaria y secundaria situados mayoritariamente en la comarca.
Con carácter general, los servicios que se quieren contratar consisten en atender el servicio de transporte escolar de los menores de edad dentro del periodo lectivo escolar, y con el fin de implementar políticas de integración de la vida laboral y familiar, así como servir de medida para facilitar la escolarización de los alumnos.
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Valor estimado sin IVA: EUR 4333251.83 💰
Información sobre los lotes
Pueden presentarse ofertas para todos los lotes
Alcance de la contratación
La Autoridad Contratante se reserva el derecho de adjudicar contratos que combinen los siguientes lotes o grupos de lotes: Lote 1 y lote 2, integrados.
1️⃣ Alcance de la contratación
Título: Lote 1: veintitrés líneas TEC obligatorio secundaria
Título
Número de identificación del lote: 1
Descripción
Productos/servicios adicionales: Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera📦
Lugar de ejecución: Tarragona🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Comarca del Baix Penedès.
Descripción de la contratación:
“Servicio de veintitrés líneas de autobús escolar (transporte escolar obligatorio) con destino a institutos de secundaria situados mayoritariamente en el...”
Descripción de la contratación
Servicio de veintitrés líneas de autobús escolar (transporte escolar obligatorio) con destino a institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès. El servicio de transporte escolar se efectuará durante todos los días lectivos de acuerdo con la Orden que para cada curso escolar publica el Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña, por la que se establece el calendario escolar. El Reglamento Comarcal llamado «Criterios de uso del servicio de transporte y comedor escolar» es la norma reguladora de la prestación del servicio. Los vehículos utilizados para prestar este servicio llevarán en lugar visible el indicativo del transporte escolar colectivo del Consejo Comarcal del Baix Penedès. El servicio se llevará a cabo de acuerdo con la propuesta de líneas y paradas que elabore el Consejo Comarcal en función de las necesidades de escolarización, con coordinación, en su caso, de las policías locales y autonómicas. Será adjudicatario que propondrá los horarios de recogida en cada parada, en función de las características de cada ruta.
Los autocares recogerán los alumnos en las paradas establecidas como puntos de origen y los llevarán hasta la entrada del recinto escolar, de manera que se encuentren en el centro docente al comienzo de la jornada escolar según el horario que se haya establecido en aquella ruta, y una vez finalizada la jornada incluye el transporte desde el centro escolar hasta los respectivos puntos de parada de origen. Hay que tener en cuenta que en el momento de la recogida de los alumnos en el centro escolar, habrá un margen de espera de diez minutos en caso de que no estén todos los alumnos a transportar.
Al salir de la escuela, el acompañante comprobará la relación de alumnos a transportar. Si detecta la ausencia de algún alumno, se dirigirá al director/a o responsable del centro para que el informe de la posibilidad de que los padres hayan presentado en el centro escolar una autorización por escrito y, en caso de que no haya autorización expresa, llamará al teléfono de contacto proporcionado por los padres. El autobús retrasará su salida un máximo de diez minutos y, si no se ha conseguido resolver esta situación, el acompañante la pondrá en conocimiento de las fuerzas de seguridad. También incluye la vigilancia de los alumnos usuarios por parte de los acompañantes del servicio durante el tiempo que dura el trayecto, desde que los alumnos suben en sus paradas de origen hasta la llegada al centro escolar, así como la vigilancia en los trayectos de vuelta desde la salida del centro escolar hasta la llegada a las paradas de origen.
Ver más Criterios de adjudicación
El precio no es el único criterio de adjudicación y todos los criterios se establecen únicamente en los pliegos de la contratación
Alcance de la contratación
Valor total estimado sin IVA: EUR 1903838.03 💰
Duración
Fecha de inicio: 2020-09-14 📅
Fecha final: 2022-12-31 📅
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
Este contrato está sujeto a renovación ✅ Descripción
Descripción de las renovaciones:
“De enero de 2023 a junio de 2023 (segundo y tercer trimestre del curso 2022/2023).”
2️⃣ Alcance de la contratación
Título: Lote 2: doce TEC no obligatorio infantil y primaria
Título
Número de identificación del lote: 2
Descripción
Descripción de la contratación:
“Servicio de doce líneas de autobús escolar (transporte escolar no obligatorio) con destino a escuelas de educación primaria y secundaria situadas...”
Descripción de la contratación
Servicio de doce líneas de autobús escolar (transporte escolar no obligatorio) con destino a escuelas de educación primaria y secundaria situadas mayoritariamente en el Baix Penedès., El servicio de transporte escolar se efectuará durante todos los días lectivos de acuerdo con la Orden que para cada curso escolar publica el Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña, por la que se establece el calendario escolar. El Reglamento Comarcal llamado «Criterios de uso del servicio de transporte y comedor escolar» es la norma reguladora de la prestación del servicio. Los vehículos utilizados para prestar este servicio llevarán en lugar visible el indicativo del transporte escolar colectivo del Consejo Comarcal del Baix Penedès. El servicio se llevará a cabo de acuerdo con la propuesta de líneas y paradas que elabore el Consejo Comarcal en función de las necesidades de escolarización, con coordinación, en su caso, de las policías locales y autonómicas. Será adjudicatario que propondrá los horarios de recogida en cada parada, en función de las características de cada ruta.
Los autocares recogerán los alumnos en las paradas establecidas como puntos de origen y los llevarán hasta la entrada del recinto escolar, de manera que se encuentren en el centro docente al comienzo de la jornada escolar según el horario que se haya establecido en aquella ruta, y una vez finalizada la jornada incluye el transporte desde el centro escolar hasta los respectivos puntos de parada de origen. Hay que tener en cuenta que en el momento de la recogida de los alumnos en el centro escolar, habrá un margen de espera de diez minutos en caso de que no estén todos los alumnos a transportar.
Al salir de la escuela, el acompañante comprobará la relación de alumnos a transportar. Si detecta la ausencia de algún alumno, se dirigirá al director/a o responsable del centro para que el informe de la posibilidad de que los padres hayan presentado en el centro escolar una autorización por escrito y, en caso de que no haya autorización expresa, llamará al teléfono de contacto proporcionado por los padres. El autobús retrasará su salida un máximo de diez minutos y, si no se ha conseguido resolver esta situación, el acompañante la pondrá en conocimiento de las fuerzas de seguridad. También incluye la vigilancia de los alumnos usuarios por parte de los acompañantes del servicio durante el tiempo que dura el trayecto, desde que los alumnos suben en sus paradas de origen hasta la llegada al centro escolar, así como la vigilancia en los trayectos de vuelta desde la salida del centro escolar hasta la llegada a las paradas de origen.
Ver más Alcance de la contratación
Valor total estimado sin IVA: EUR 927142.95 💰
Información jurídica, económica, financiera y técnica Situación económica y financiera
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Capacidad técnica y profesional
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Procedimiento acelerado:
“En octubre de 2019 finalizó el periodo de contratación del servicio de líneas de autobús de transporte escolar y, con la suficiente antelación, se inició...”
Procedimiento acelerado
En octubre de 2019 finalizó el periodo de contratación del servicio de líneas de autobús de transporte escolar y, con la suficiente antelación, se inició una licitación que se resolvió con el desistimiento de adjudicación por la administración del contrato, a la vista de las Resoluciones 272/2019 y 273/2019 del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, que estimaba parcialmente los recursos presentados. Asimismo, el Pleno de la Corporación en sesión de 25 de septiembre aprobó que la empresa prestadora actual del servicio, en aplicación del artículo 235 del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios, continuara el servicio hasta que un nuevo adjudicatario se hiciera cargo de la gestión con las condiciones establecidas en el contrato ante la imposibilidad de que la nueva contratación estuviera adjudicada a tiempo. Por este motivo y para no demorar en el tiempo esta situación se ha declarado urgente la tramitación.
Ver más Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2020-03-20
23:59 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: catalán 🗣️
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Condiciones de apertura de las ofertas: 2020-03-27
11:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar): Sala de plenos del Consejo Comarcal.
Información complementaria Información sobre la reaparición
Se trata de una contratación recurrente ✅
Calendario estimado para la publicación de nuevos anuncios: Mediados de 2022.
Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público
Dirección postal: Vía Laietana, 14
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08003
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 938876200📞
Fax: +34 932681125 📠
URL: http://tribunaldecontractes.gencat.cat/🌏 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso:
1) el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso:
1) el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles. Dicho plazo se computará:
1.a) cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de su publicación en el Perfil de Contratante;
1.b) cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el Perfil de Contratante el anuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden acceder a ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en que se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través del Perfil de Contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente a la remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente ley, los pliegos no pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguiente en que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan de regir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta o solicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos de nulidad de pleno derecho;
1.c) cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción;
1.d) cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta a los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento;
1.e) cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente ley, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el Perfil de Contratante;
1.f) cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 32 de la presente ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el Perfil de Contratante;
1.g) en todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificación realizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta;
2) no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente:
2.a) treinta días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta ley, incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de la licitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor;
2.b) en los restantes casos, antes de que transcurran seis meses a contar desde la formalización del contrato.
Anuncio de adjudicación de contrato (2020-10-01) Autoridad contratante Nombre y dirección
Nombre: Consell Comarcal del Baix Penedès
Dirección postal: Plaça Centre, 5
Objeto Información sobre los lotes
Este contrato se divide en lotes ✅ Alcance de la contratación
Título: Lote 1 — Veintitrés líneas TEC obligatorio secundaria
Descripción
Descripción de la contratación:
“Servicio de veintitrés líneas de autobús escolar (transporte escolar obligatorio) con destino a institutos de secundaria situados mayoritariamente en el...”
Descripción de la contratación
Servicio de veintitrés líneas de autobús escolar (transporte escolar obligatorio) con destino a institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès. El servicio de transporte escolar se efectuará durante todos los días lectivos de acuerdo con la orden que para cada curso escolar publica el Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña, por la que se establece el calendario escolar. El Reglamento Comarcal llamado «Criterios de uso del servicio de transporte y comedor escolar» es la norma reguladora de la prestación del servicio. Los vehículos utilizados para prestar este servicio llevarán en lugar visible el indicativo del transporte escolar colectivo del Consejo Comarcal del Baix Penedès. El servicio se llevará a cabo de acuerdo con la propuesta de líneas y paradas que elabore el Consejo Comarcal.
En función de las necesidades de escolarización, con coordinación, en su caso, de las policías locales y autonómicas. Será adjudicatario que propondrá los horarios de recogida en cada parada, en función de las características de cada ruta.
Los autocares recogerán los alumnos en las paradas establecidas como puntos de origen y los llevarán hasta la entrada del recinto escolar, de manera que se encuentren en el centro docente al comienzo de la jornada escolar según el horario que se haya establecido en aquella ruta, y una vez finalizada la jornada incluye el transporte desde el centro escolar hasta los respectivos puntos de parada de origen. Hay que tener en cuenta que en el momento de la recogida de los alumnos en el centro escolar, habrá un margen de espera de diez minutos en caso de que no estén todos los alumnos a transportar.
Al salir de la escuela, el acompañante comprobará la relación de alumnos a transportar. Si detecta la ausencia de algún alumno, se dirigirá al director/a o responsable del centro para que el informe de la posibilidad de que los padres hayan presentado en el centro escolar una autorización por escrito y, en caso de que no haya autorización expresa, llamará al teléfono de contacto proporcionado por los padres. El autobús retrasará su salida un máximo de diez minutos y, si no se ha conseguido resolver esta situación, el acompañante la pondrá en conocimiento de las fuerzas de seguridad. También incluye la vigilancia de los alumnos usuarios por parte de los acompañantes del servicio durante el tiempo que dura el trayecto, desde que los alumnos suben en sus paradas de origen hasta la llegada al centro escolar, así como la vigilancia en los trayectos de vuelta desde la salida del centro escolar hasta la llegada a las paradas de origen.
Ver más Criterios de adjudicación
Criterio de coste (nombre): Oferta económica
Criterio de coste (ponderación): 45
Criterio de coste (nombre): Antigüedad vehículos
Criterio de coste (ponderación): 20
Criterio de coste (nombre): Acompañamiento de apoyo
Criterio de coste (ponderación): 15
Criterio de coste (nombre): Control electrónico asistencia
Criterio de coste (ponderación): 10
Criterio de coste (nombre): Formación continuada
Alcance de la contratación
Título: Lote 2 — Doce líneas TEC no obligatorio infantil y primaria
Descripción
Descripción de la contratación:
“Servicio de doce líneas de autobús escolar (transporte escolar no obligatorio) con destino a escuelas de educación primaria y secundaria situadas...”
Descripción de la contratación
Servicio de doce líneas de autobús escolar (transporte escolar no obligatorio) con destino a escuelas de educación primaria y secundaria situadas mayoritariamente en el Baix Penedès. El servicio de transporte escolar se efectuará durante todos los días lectivos de acuerdo con la Orden que para cada curso escolar publica el Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña, por la que se establece el calendario escolar. El Reglamento Comarcal llamado «Criterios de uso del servicio de transporte y comedor escolar» es la norma reguladora de la prestación del servicio. Los vehículos utilizados para prestar este servicio llevarán en lugar visible el indicativo del transporte escolar colectivo del Consejo Comarcal del Baix Penedès. El servicio se llevará a cabo de acuerdo con la propuesta de líneas y paradas que elabore el Consejo Comarcal en función de las necesidades de escolarización, con coordinación, en su caso, de las policías locales y autonómicas. Será adjudicatario que propondrá los horarios de recogida en cada parada, en función de las características de cada ruta.
Los autocares recogerán los alumnos en las paradas establecidas como puntos de origen y los llevarán hasta la entrada del recinto escolar, de manera que se encuentren en el centro docente al comienzo de la jornada escolar según el horario que se haya establecido en aquella ruta, y una vez finalizada la jornada incluye el transporte desde el centro escolar hasta los respectivos puntos de parada de origen. Hay que tener en cuenta que en el momento de la recogida de los alumnos en el centro escolar, habrá un margen de espera de diez minutos en caso de que no estén todos los alumnos a transportar.
Al salir de la escuela, el acompañante comprobará la relación de alumnos a transportar. Si detecta la ausencia de algún alumno, se dirigirá al director/a o responsable del centro para que el informe de la posibilidad de que los padres hayan presentado en el centro escolar una autorización por escrito y, en caso de que no haya autorización expresa, llamará al teléfono de contacto proporcionado por los padres. El autobús retrasará su salida un máximo de diez minutos y, si no se ha conseguido resolver esta situación, el acompañante la pondrá en conocimiento de las fuerzas de seguridad. También incluye la vigilancia de los alumnos usuarios por parte de los acompañantes del servicio durante el tiempo que dura el trayecto, desde que los alumnos suben en sus paradas de origen hasta la llegada al centro escolar, así como la vigilancia en los trayectos de vuelta desde la salida del centro escolar hasta la llegada a las paradas de origen.
Ver más Criterios de adjudicación
Criterio de coste (nombre): Antigüedad vehículo
Criterio de coste (nombre): Acompañantes de apoyo
Criterio de coste (ponderación): 11
Criterio de coste (ponderación): 14
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento acelerado:
“En octubre de 2019 finalizó el periodo de contratación del servicio de líneas de autobús de transporte escolar y, con la suficiente antelación, se inició...”
Procedimiento acelerado
En octubre de 2019 finalizó el periodo de contratación del servicio de líneas de autobús de transporte escolar y, con la suficiente antelación, se inició una licitación que se resolvió con el desistimiento de adjudicación por la administración del contrato, a la vista de las Resoluciones 272/2019 y 273/2019 del Tribunal Catalán de contratos del Sector Público, que estimaba parcialmente los recursos presentados. Asimismo, el Pleno de la Corporación en sesión de 25 de septiembre aprobó que la empresa prestadora actual del servicio, en aplicación del artículo 235. del Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios, continuara el servicio hasta que un nuevo adjudicatario se hiciera cargo de la gestión con las condiciones establecidas en el contrato ante la imposibilidad de que la nueva contratación estuviera adjudicada a tiempo. Por este motivo y para no demorar en el tiempo esta situación se ha declarado urgente la tramitación.
Ver más Información administrativa
Publicación anterior sobre este procedimiento: 2020/S 044-104259
Adjudicación del contrato
1️⃣
Número de identificación del lote: 1
Título: Lote 1 — Veintitrés líneas TEC obligatorio secundaria
Información sobre los no premiados
Otras razones (interrupción del procedimiento)
2️⃣
Número de contrato: 2
Número de identificación del lote: 2
Título: Lote 2 — Doce Líneas TEC no obligatorio infantil y primaria
Información complementaria Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso:
1) el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso:
1) el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles. Dicho plazo se computará:
1.a) cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante;
1.b) cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante el anuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden acceder a ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en que se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través del perfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegos no pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguiente en que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan de regir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta o solicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos de nulidad de pleno derecho;
1.c) cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción;
1.d) cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta a los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento;
1.e) cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante;
1.f) cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante;
1.g) en todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificación realizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta;
2) no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente:
2.a) treinta días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley, incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de la licitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor;
2.b) en los restantes casos, antes de que transcurran seis meses a contar desde la formalización del contrato.
Ver más
Fuente: OJS 2020/S 194-469797 (2020-10-01)