Descripción de la contratación
El objeto del contrato que se pretende someter a licitación es la planificación estratégica y compra de espacios publicitarios en los medios de prensa (tanto impresa como digital), radio, televisión y exterior, así como la ejecución y seguimiento de las acciones de comunicación y de las campañas informativas de comercialización, promoción y difusión que el Patronato de la Alhambra y Generalife quiera llevar a cabo en las materias de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto 59/1986, de 19 de marzo, por el que se aprueban sus Estatutos.
Hay que tener en cuenta que a lo largo del año este Patronato cumple con campañas de difusión y promoción que tienen su origen en compromisos y eventos de ámbito regional, nacional e, incluso, internacional. Asimismo, las actuales circunstancias ocasionadas por la crisis sanitaria de la COVID-19 ha implicado que también se proyecte realizar determinadas campañas informativas de comercialización y de promoción.
Las acciones de comunicación se desarrollarán, con carácter general, en el ámbito local, sin perjuicio de los distintos ámbitos que para cada acción vengan determinados por el contenido de las mismas o que en su caso señale el Patronato, pudiendo desarrollarse, por tanto, en un ámbito regional, autonómico y/o nacional.
El ámbito y público objetivo destinatario será aquel que se determine para cada caso, según el contenido de la acción de comunicación que se vaya a realizar, y la empresa adjudicataria tendrá información cumplida de cuáles son los ámbitos y grupos de los públicos objetivos en cada momento, con la antelación suficiente como para que pueda elaborar la planificación de soportes.
En el objeto de este contrato no se incluyen los trabajos de creatividad.
Asimismo, se trata de un servicio con presupuesto limitativo. En este sentido, debe tenerse en cuenta que conforme a la disposición adicional trigésima tercera de la LCSP (contratos de suministros y servicios en función de las necesidades), en los contratos de servicios con presupuesto limitativo, en los cuales el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes o a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas o prestaciones incluidas en el objeto del contrato se defina con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, deberá aprobarse un presupuesto máximo. Según lo expuesto, el presupuesto no necesariamente habrá de ser consumido por el órgano de contratación, sino que figura como límite máximo del que se podrá disponer para la ejecución del contrato durante el plazo de producción de sus efectos, en función de las necesidades del Patronato y atendiendo al precio unitario ofertado por el licitador que resulte adjudicatario.