Este desistimiento se fundamenta en la infracción de las normas de preparación del contrato, puesta de manifiesto como consecuencia en el momento procedimental del análisis y valoración técnica de las ofertas por parte de la Unidad de Mantenimiento de Sistemas de Información, conforme a la documentación presentada por las empresas licitadoras, donde se ha puesto de manifiesto que la documentación aportada, en concreto los curriculum vitae exigidos, presentan determinadas carencias de información o aportan información contradictoria que no permite otorgar las puntuaciones previstas en los pliegos de manera totalmente automática, siendo necesario realizar para ello una amplia interpretación de los curriculums aportados, lo que supondría emitir juicios de valoración y, por tanto, tener que apartarse de los criterios fijados en los pliegos reguladores del procedimiento.