Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar,
— No prohibición para contratar,
— No estar incurso en incompatibilidades,
— Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Seguro de indemnización. Descripción: justificante de la existencia de un seguro que cubra a la empresa de las eventuales responsabilidades que se puedan derivar de la prestación, por ella o por el personal a su servicio de la actividad objeto del contrato con cobertura para los riesgos de responsabilidad civil profesional sanitaria y responsabilidad civil de explotación a) modo de acreditación: copia de la póliza del seguro y recibo de pago que justifique su vigencia, b) importe mínimo: con un capital mínimo asegurado por víctima de:600 000 EUR,
— Cifra anual de negocio. Descripción: volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato,de los 3 últimos años a) modo de acreditación, empresario inscrito en registro mercantil: cuentas anuales aprobadas y depositadas en RM-Empresario. No inscrito en registro mercantil: cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito-empresario no obligado a estar inscrito en ningún registro, ni con obligación de depositar las cuentas: las declaraciones del impuesto de sociedades o del impuesto del IRPF si la tributación de los socios/partícipes de la entidad tributan en régimen de imputación de rentas de los 3 últimos años. Empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil: las declaraciones del IRPF de los 3 últimos años, b) importe mínimo: igual o superior al valor estimado del contrato (1 600 000 EUR),
— Otros. Descripción: compromiso de renovación o prórroga del seguro de indemnización por riesgos profesionales a)modo de acreditación: declaración responsable firmada.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: una relación de los principales servicios realizados por la empresa en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado,de los mismos a)modo de acreditación: cuando el destinatario sea una entidad del sector público: certificados expedidos o visados por el órgano competente. Cuando el destinatario sea un sujeto privado: certificado expedido por éste o,a falta de este certificado,mediante una declaración del empresario, b) requisito mínimo: importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato: 520 000 EUR,
— Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato. Descripción: declaración indicando la maquinaria,material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos a)modo de acreditación: declaración responsable b) requisito mínimo: maquinaria, material y equipos que como mínimo debe disponer, detalladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas,
— Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución. Descripción: las titulaciones académicas y profesionales del personal responsable de la ejecución del contrato, a) modo de acreditación:copia de titulaciones académicas/profesionales, b) requisito mínimo: personal mínimo exigido: detalladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas,
— Otros. Descripción: compromiso a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para ello (artículo 76 2 LCSP) (anexo IV 6) a)modo de acreditación: declaración responsable firmada,
— Otros. Descripción: para empresas de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años): experiencia mínima de 3 años en los servicios objeto del contrato, del personal facultativo sanitario adscrito para la ejecución del servicio a)modo acreditación:certificados expedidos por el órgano público o sujeto privado correspondiente, para el que el profesional haya prestado sus servicios b) requisito mínimo: 3 años de experiencia en los servicios objeto del contrato.