En fecha 23.5.2020 se publicó en el BOE la prórroga del Estado de Alarma Declarado por el RD 463/2020, del 14 de marzo. Esta norma deroga la del RD indicado, que establecía la suspensiones de plazo administrativo. Por lo tanto, con efectos desde el día 1.6.2020, y en Barcelona desde el día 2 de junio, dado que el 1 es festivo local, el computo del plazo que habiendo sido suspendido se retomará, y en el caso de los recursos se reiniciará.