Acuerdo Marco para la selección de proveedores para el suministro de fabricación de mobiliario escolar para centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
La finalidad es llegar a un Acuerdo Marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de cinco), para el suministro de fabricación de mobiliario escolar necesario tanto para equipamiento de nuevos centros y aulas, como la reposición de todo aquel que por estar deteriorado, debe ser repuesto en algunos centros.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2021-05-17.
La contratación se publicó en 2021-04-13.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Anuncio de licitación (2021-04-13) Autoridad contratante Nombre y dirección
Nombre:
“Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia”
Número de registro nacional: S-3011001I
Dirección postal: Avenida de La Fama, 15
Ciudad postal: Murcia
Código postal: 30006
País: España 🇪🇸
Persona de contacto: Alicia Pérez Grau, Jefa de Servicio de Contratación
Teléfono: +34 968279688📞
Correo electrónico: alicia.perez4@carm.es📧
Fax: +34 968279612 📠
Región: Murcia🏙️
URL: www.carm.es🌏 Comunicación
URL de los documentos: https://contrataciondelestado.es🌏
URL de participación: https://contrataciondelestado.es🌏
Objeto Alcance de la contratación
Título:
“Acuerdo Marco para la selección de proveedores para el suministro de fabricación de mobiliario escolar para centros docentes públicos de la Comunidad...”
Título
Acuerdo Marco para la selección de proveedores para el suministro de fabricación de mobiliario escolar para centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
15003/2021
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Productos/servicios: Mobiliario📦
Breve descripción:
“La finalidad es llegar a un Acuerdo Marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de cinco), para el suministro de fabricación de mobiliario...”
Breve descripción
La finalidad es llegar a un Acuerdo Marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de cinco), para el suministro de fabricación de mobiliario escolar necesario tanto para equipamiento de nuevos centros y aulas, como la reposición de todo aquel que por estar deteriorado, debe ser repuesto en algunos centros.
1️⃣
Lugar de ejecución: Región de Murcia🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Diversos centros de la Región de Murcia.
Descripción de la contratación:
“La finalidad es llegar a un Acuerdo Marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de cinco), para el suministro de fabricación de mobiliario...”
Descripción de la contratación
La finalidad es llegar a un Acuerdo Marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de cinco), para el suministro de fabricación de mobiliario escolar necesario tanto para equipamiento de nuevos centros y aulas, como la reposición de todo aquel que por estar deteriorado, debe ser repuesto en algunos centros.
Ver más Criterios de adjudicación
El precio no es el único criterio de adjudicación y todos los criterios se establecen únicamente en los pliegos de la contratación
Alcance de la contratación
Valor total estimado sin IVA: EUR 2 000 000 💰
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
El plazo que figura a continuación se expresa en número de meses.
Descripción
Duración: 48
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Lista y breve descripción de las afecciones:
“Habilitación profesional: No.
El Acuerdo Marco se suscribirá con varios empresarios (máximo cinco), siempre que exista un número suficiente de interesados,...”
Lista y breve descripción de las afecciones
Habilitación profesional: No.
El Acuerdo Marco se suscribirá con varios empresarios (máximo cinco), siempre que exista un número suficiente de interesados, que cumpliendo los requisitos de solvencia realicen oferta económica a los precios del Acuerdo Marco, quedando sujeta su oferta posterior en los contratos derivados, a este precio máximo.
Clasificación: no será exigible la clasificación del empresario al tratarse de contratos de suministro.
De acuerdo con el artículo 65 y siguientes de la LCSP podrán contratar con la Administración de la CARM las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar de las señaladas en el artículo 71 de la LCSP, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
No se exige habilitación profesional para formar parte del Acuerdo Marco ni para resultar adjudicatario de contratos basados en el mismo.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, tendrán capacidad para contratar si, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentran habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la actividad de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o que no sean signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad de contratar cuando figuren inscritas en el Registro correspondiente, o en su defecto, cuando actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que extiende el objeto del contrato. Asimismo, deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. El informe de reciprocidad no es necesario en este caso para las empresas de estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la OMC, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la LCSP.
Las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del Acuerdo Marco a su favor. Los empresarios interesados en licitar en unión temporal de empresarios podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la CARM, especificando dicha circunstancia.
Ver más Situación económica y financiera
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Capacidad técnica y profesional
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
“Condiciones especiales en relación con la ejecución de los contratos basados: las empresas adjudicatarias tienen la obligación de que al menos el 30 % de la...”
Condiciones de ejecución del contrato
Condiciones especiales en relación con la ejecución de los contratos basados: las empresas adjudicatarias tienen la obligación de que al menos el 30 % de la plantilla adscrita a la ejecución del acuerdo marco y de los contratos de él derivados sea indefinida. Dicha obligación no será exigida en los casos en los que el porcentaje de contratación indefinida de la empresa sea superior al 80 % del total de la plantilla. El porcentaje de computará con relación al número total de personas trabajadoras necesarias para la ejecución del contrato, incluido en dicho cómputo el de las empresas subcontratistas asignado a la ejecución del contrato. Las empresas adjudicatarias de los contratos derivados, deberán acreditar mediante certificación a la finalización de cada uno de éstos y presentada al responsable del contrato, la condición especial de ejecución descrita en el párrafo primero, estableciéndose una penalidad del 5 % sobre el precio de adjudicación del contrato en caso de incumplimiento.
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Información sobre un acuerdo marco o un sistema dinámico de adquisición
Acuerdo marco con varios operadores
Descripción
Número máximo previsto de participantes en el acuerdo marco: 5
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2021-05-17
14:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
El plazo que figura a continuación se expresa en número de meses.
Plazo mínimo durante el cual el licitador debe mantener la oferta: 2
Condiciones de apertura de las ofertas: 2021-05-25
14:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar):
“Dependencias de la Consejería de Educación y Cultura, sita en el edificio de la avenida de La Fama, 15, 30006 de Murcia.”
Condiciones de apertura de las ofertas (Información sobre las personas autorizadas y procedimiento de apertura):
“Acto público sobre número 2.
Se publicará en el perfil del contratante de PLACSP con antelación suficiente el lugar, día y hora de la apertura, en acto...”
Condiciones de apertura de las ofertas (Información sobre las personas autorizadas y procedimiento de apertura)
Acto público sobre número 2.
Se publicará en el perfil del contratante de PLACSP con antelación suficiente el lugar, día y hora de la apertura, en acto público, de las proposiciones admitidas.
La Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres número 2, dando lectura a las ofertas económicas y la oferta realizada para el resto de los criterios, en su caso.
Información complementaria Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC)
Dirección postal: Avenida General Perón, 38
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28020
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 913491319📞
Fax: +34 913491441 📠
URL: http://tribunalcontratos.gob🌏 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de tratarse de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, (artículo 44 LCSP), el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computándose dicho plazo según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 50 de la LCSP.
El escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso.
Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Tribunal de manera inmediata y de la forma más rápida posible.
El órgano competente para la resolución del recurso (Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales) hará públicas a través de su página web las direcciones de registro en las que debe hacerse la presentación de los escritos para entenderla efectuada ante el propio Tribunal (https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Sedes/TACRC/Paginas/Default.aspx)
Será competente para la tramitación y resolución de los recursos, solicitudes de adopción de medidas provisionales y cuestiones de nulidad de los actos del procedimiento de adjudicación de contratos a que se refieren los artículos 44.1, 49 y 39 de la LCSP, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en virtud de la Resolución de 5.11.2012, de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que se publica el Convenio de Colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre atribución de competencia de recursos contractuales, prorrogado mediante Acuerdo de 19.11.2018.
Contra la desestimación del recurso especial en materia de contratación sólo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo, en los términos establecidos en el artículo tercero de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ver más Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Servicio de Contratación
Dirección postal: Avenida de la Fama, 15, 9.ª planta
Ciudad postal: Murcia ES620
Código postal: 30006
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 968279688📞
Correo electrónico: alicia.perez4@carm.es📧
Fax: +34 968279612 📠
URL: http://carm.es🌏
Fuente: OJS 2021/S 074-186423 (2021-04-13)
Anuncio de adjudicación de contrato (2021-09-28) Autoridad contratante Nombre y dirección
Dirección postal: Avda. de La Fama, 15
Objeto Alcance de la contratación
Título:
“ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA EL SUMINISTRO DE FABRICACIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR PARA CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD...”
Título
ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA EL SUMINISTRO DE FABRICACIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR PARA CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
15003/2021
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Breve descripción:
“La finalidad es llegar a un acuerdo marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de 5), para el suministro de fabricación de MOBILIARIO ESCOLAR...”
Breve descripción
La finalidad es llegar a un acuerdo marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de 5), para el suministro de fabricación de MOBILIARIO ESCOLAR necesario tanto para equipamiento de nuevos centros y aulas, como la reposición de todo aquel que por estar deteriorado, debe ser repuesto en algunos Centros.
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Valor total de la contratación (IVA excluido): EUR 2 000 000 💰
Descripción
Descripción de la contratación:
“La finalidad es llegar a un acuerdo marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de 5), para el suministro de fabricación de MOBILIARIO ESCOLAR...”
Descripción de la contratación
La finalidad es llegar a un acuerdo marco con el adjudicatario o adjudicatarios (un máximo de 5), para el suministro de fabricación de MOBILIARIO ESCOLAR necesario tanto para equipamiento de nuevos centros y aulas, como la reposición de todo aquel que por estar deteriorado, debe ser repuesto en algunos Centros.
Procedimiento Información sobre el acuerdo marco
La contratación implica el establecimiento de un acuerdo marco
Información administrativa
Publicación anterior sobre este procedimiento: 2021/S 074-186423
Adjudicación del contrato
1️⃣
Número de contrato: 1
Número de identificación del lote: 1
Título:
“ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA EL SUMINISTRO DE FABRICACIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR PARA CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD...”
Título
ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDORES PARA EL SUMINISTRO DE FABRICACIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR PARA CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
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Fecha de celebración del contrato: 2021-09-16 📅
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 3
Número de ofertas recibidas de PYME: 3
Número de ofertas recibidas de licitadores de otros Estados miembros de la UE: 0
Número de ofertas recibidas de licitadores de Estados no miembros de la UE: 0
Número de ofertas recibidas por medios electrónicos: 3
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Forespan, s.a.
Número de registro nacional: A30017073
Dirección postal: AVDA. DE MAZARRÓN, Nº 2
Ciudad postal: El palmar - murcia -
Código postal: 30120
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: forespan@forespan.com📧
Región: Región de Murcia🏙️
El contratista es una PYME ✅ Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total estimado del contrato/lote: EUR 2 000 000 💰
Código de moneda: EUR 💰
Oferta más baja: 5103.99
Oferta más alta: 5129.50
Información sobre subcontratación
Es probable que el contrato se subcontrate
2️⃣
Número de contrato: 2
Número de identificación del lote: 2
Fecha de celebración del contrato: 2021-09-15 📅
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Sacai, s.a.
Número de registro nacional: A28847895
Dirección postal: CALLE BERLÍN, Nº 41
Ciudad postal: Parla - madrid -
Código postal: 28980
Correo electrónico: palacios@sacai.com📧
Región: Madrid🏙️ Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total estimado del contrato/lote: EUR 2 000 000 💰
Código de moneda: EUR 💰
Información complementaria Órgano de revisión
Dirección postal: Avda. General Perón, nº 38
Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de tratarse de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, (artículo 44 LCSP), el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computándose dicho plazo según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 50 de la LCSP.
El escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso.
Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Tribunal de manera inmediata y de la forma más rápida posible.
El órgano competente para la resolución del recurso (Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales) hará públicas a través de su página web las direcciones de registro en las que debe hacerse la presentación de los escritos para entenderla efectuada ante el propio Tribunal. https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Sedes/TACRC/Paginas/Default.aspx.
Será competente para la tramitación y resolución de los recursos, solicitudes de adopción de medidas provisionales y cuestiones de nulidad de los actos del procedimiento de adjudicación de contratos a que se refieren los artículos 44.1, 49 y 39 de la LCSP, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en virtud de la Resolución de 5 de noviembre de 2012, de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que se publica el Convenio de Colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre atribución de competencia de recursos contractuales, prorrogado mediante Acuerdo de 19 de noviembre de 2018.
Contra la desestimación del recurso especial en materia de contratación sólo cabrá la interposición del recurso contencioso administrativo, en los términos establecidos en el artículo tercero de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ver más Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: Avda. de la Fama, 15, 9ª planta.
Fuente: OJS 2021/S 191-495123 (2021-09-28)