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El expediente de referencia propone la aprobación del expediente y del gasto del modificado del contrato de servicios de ADIF AV, por causas imprevistas, cuyo régimen jurídico es el RDL 3/2020. El adicional propuesto supone un incremento de 514.460,35 € (19,77%) y un aumento de 5 meses en el plazo de ejecución vigente. La causa en la que se justifica el modificado es el art. 111.2 a) del RDL 3/2020.
Según el DO recoge en su informe:
El expediente de referencia recoge los servicios de Asistencia Técnica para la Renovación de la Superestructura de la LAV Madrid – Sevilla, y engloba los siguientes expedientes:
• EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE RENOVACIÓN DE TRAVIESAS EN LA LAV MADRID-SEVILLA, nº 3.20/20810.0077
• EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE RENOVACIÓN DE DESVÍOS (FASE 1) EN LA LAV MADRID-SEVILLA, nº 3.20/20810.0081
• EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL “PROYECTO DE RENOVACIÓN DE TRAVIESAS (FASE 2) Y DESGUARNECIDO DE BALASTO EN LA LAV MADRID-SEVILLA”, nº 3.23/20810.0007
• EJECUCIÓN DE OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE RENOVACIÓN DE DESVÍOS (FASE 2) EN LA LAV MADRID-SEVILLA, nº 3.23/20810.0040
• EJECUCIÓN DE OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE REMODELACIÓN DE LA ESTACIÓN DE PUERTOLLANO DE LA LAV MADRID-SEVILLA. VÍA Y ELECTRIFICACIÓN, nº: 3.23/20810.0032
Es importante resaltar que, este tipo de contrato para la mejora de una línea de alta velocidad ha sido el primero que se realiza en España por lo que la falta de referencias hizo necesaria una estimación de los medios que en él se recogen. Por todo ello, las modificaciones propuestas son modificaciones no previstas en el pliego de condiciones.
Dichas modificaciones no previstas, que se limitan a introducir las variaciones estrictamente indispensables, se rigen según lo indicado en el apartado 2 a) del artículo 111 del RDL 3/2020, de 4 de febrero, derivándose de la necesidad de añadir obras, suministros o servicios adicionales a los inicialmente contratados.
Se cumplen además los requisitos de dicho artículo, en tanto que por un lado el cambio de contratista no resulta posible por razones técnicas o económicas, ya que se producirían problemas de coordinación con las actuaciones ya en marcha, y por otro lado la modificación planteada supone un incremento del 19,77 % del precio inicial, IVA excluido, siendo por tanto inferior al 50% que marca la ley.
Durante la ejecución de los trabajos los medios inicialmente estimados han resultado insuficientes por los siguientes motivos:
1_Estimación de personal insuficiente:
• Se consideró una optimización de los plazos de las obras, siendo la realidad otra, que es que las actuaciones no han podido ser ejecutadas en los plazos previstos (tiempos de redacción de proyecto, supervisiones, tiempos de licitación, licitaciones desiertas, etc..) y por lo tanto, los medios inicialmente previstos, no pueden optimizarse para el seguimiento de varias actuaciones de manera simultánea, siendo necesario aumentar los medios en algunos de los casos.
• En algunos recursos se había considerado su participación en periodos puntuales, cuando se ha visto necesario que dichos recursos estén durante la totalidad del tiempo que dure la obra.
• También influye en una mayor necesidad de personal el calendario de trabajos, donde en determinadas obras, es necesario trabajar diariamente, tanto en horario diurno como en horario nocturno, incluidos fines de semana y festivos.
2_Estimación de medios insuficiente:
• Los vehículos inicialmente previstos resultan insuficientes para poder realizar la vigilancia y control de las obras a lo largo de los 470 km que tiene la línea.
• También es necesario disponer de una segunda oficina en Córdoba para las obras de Traviesas 2 en los meses que se solapa esta actuación con el resto de los contratos, para los que se dispone de oficina en Puertollano.
3_Partida alzada para ensayos de laboratorio insuficiente:
La estimación de la partida alzada incluida en el contrato ha resultado insuficiente para la realización de los ensayos de contraste necesarios para la recepción de las obras conforme a la normativa vigente.
4_Por otra parte, derivado de las inspecciones que periódicamente se realizan a lo largo de la línea, se han detectado más zonas, inicialmente no incluidas, donde es necesario la renovación un número mayor de traviesas, para ello se va a ejecutar un nuevo proyecto de Renovación y Mejora de la Superestructura de la LAV Madrid-Sevilla que no estaba incluido inicialmente en el contrato, como es la Renovación de Traviesas Fases 3.
Tanto desde el punto de vista técnico, como económico, se considera más viable incluir la ejecución de este nuevo proyecto en el expediente nº 3.21/20810.0029.
Al igual que los 5 proyectos ya incluidos anteriormente, las actividades que recoge este nuevo proyecto son de la misma índole y se desarrollan a lo largo de toda la línea Madrid-Sevilla, habiendo realizado ya la Asistencia Técnica un estudio pormenorizado de accesos y características de los diferentes tramos, lo que facilitaría el desarrollo y control de los trabajos.
Del mismo modo, entre las diferentes atribuciones de la Asistencia Técnica de obra, se encuentran estudios transversales a las diferentes actuaciones, como pueden ser los de Calidad, Medio Ambiente o Gestión de Riesgos ferroviarios. Dado que ya han sido analizados para los 5 proyectos de superestructura, la inclusión de la fase 3 de renovación de traviesas en el mismo expediente agiliza su redacción y aprobación.
Por todo lo expuesto, se considera la inclusión de este proyecto en el mismo expediente como la opción más ágil y económica de continuar con los trabajos, evitando provocar retrasos e incompatibilidades entre diferentes actividades que pudieran coincidir en los mismos puntos kilométricos. La coordinación de los 6 proyectos tanto en lo relativo a la planificación de obra, como a la minimización de afección a las circulaciones, se garantiza