Texto
El objeto principal de la actuación de EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO DE
CONSTRUCCIÓN DE LA REMODELACIÓN DE LAS ESTACIONES DE PARETS DEL VALLÉS,
GRANOLLERS-CANOVELLES, LES FRANQUESES DEL VALLÉS Y LA GARRIGA (BARCELONA). VÍA Y
ELECTRIFICACIÓN consiste en renovar las playas de vías y andenes de las estaciones de Parets
del Vallés, Granollers-Canovelles, Les Franqueses del Vallés y La Garriga para el posterior
proyecto de duplicación de vía en el tramo Parets del Vallés-La Garriga, adecuando la estación
existente al tráfico previsto de viajeros.
Las actuaciones principales que se realizan en todas las estaciones son las siguientes:
Prolongación, ampliación y recrecido de los andenes hasta alcanzar 210 metros de
longitud útil y 0,68 metros sobre la cota de cabeza de carril. Esto permite la parada
trenes tipo CIVIA de 5 coches en doble composición (serie 465).
Eliminación de los pasos a nivel peatonales tipo strail y ejecución de un paso inferior
peatonal entre andenes adaptado a personas de movilidad reducida, dotado de
núcleos de acceso de escaleras y ascensores, aumentándose así la seguridad ferroviaria
y la de los viajeros.
Adecuación de la playa de vías de la estación a la nueva configuración funcional del
proyecto de duplicación, levantando los aparatos de vía que quedan en desuso y colocando los que resulten necesarios para el paso de unas vías a otras. Se renueva la
superestructura de vía en el ámbito de actuación y se lleva a cabo la adecuación del
sistema de electrificación a la nueva configuración y disposición de vías.
El 29/05/2023 se firmó la adenda al informe propuesta de autorización para la redacción de
la modificación nº1 de ejecución DE LAS OBRAS del proyecto de construcción de la remodelación
de las estaciones de Parets del Vallés, Granollers-Canovelles, Les Franqueses del Vallés y La
Garriga (Barcelona). Vía y electrificación,
En ella se desarrollaban las modificaciones que se proponían y sus causas, que eran:
Las modificaciones que se proponen se engloban en los siguientes supuestos que contempla el artículo 205 de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
Modificaciones no sustanciales.
Modificaciones del contrato vigente derivadas de circunstancias sobrevenidas y que fueran imprevisibles en el
momento en que tuvo lugar la licitación del contrato.