De acuerdo con la disposición adicional 16.1.k) LCSP, teniendo en cuenta que esta licitación se tramita por medios electrónicos, las empresas licitadoras están obligadas para poder participar a la inscripción previa en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras (RELI) o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (Rolece), o figurar en una base de datos nacional de un estado miembro de la Unión Europea.