Condiciones de participación (capacidad técnica y profesional)
Relación de los principales servicios realizados durante los tres últimos años de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 60.000,00 €, IVA excluido.
A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV, para esta licitación los que empiecen por 909.
Asimismo, será requisito de solvencia técnica que la empresa acredite estar certificada en el siguiente sistema de gestión medioambiental: Ecogestión y Auditoría (EMAS) y/o ISO 14001 o certificados equivalentes reconocidos en el artículo 45 del Reglamento (CE) nº. 1221/2009, de 25 de noviembre de 2009, en otras normas de gestión medioambiental basadas en normas europeas o internacionales de organismos acreditados así como cualquier otro certificado equivalente o prueba expedida por organismo establecido en cualquier Estado miembro de la UE .
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, a falta de certificado, mediante una declaración del empresario.
Asimismo, la empresa deberá presentar certificado u otra documentación expedida por órgano competente o, a falta de certificado, declaración responsable, que acredite que dispone de los medios personales y materiales a los que se comprometió adscribir de acuerdo a lo exigido en la Cláusula 10ª.
Certificados de gestión medioambiental exigidos que reúnan los requisitos indicados en la cláusula 10 b) del presente Clausulado Específico.
Concreción de los requisitos de solvencia: Compromiso de adscripción de medios; Nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 76 LCSP, el adjudicatario se compromete a dedicar o adscribir a la ejecución los siguientes:
a) Medios personales: La empresa adjudicataria adquiere el compromiso de aportar todos aquellos medios personales que sean necesarios para la correcta ejecución del servicio, considerándose
medios personales a aportar los se relacionan en el apartado 3.2 del PPT además de los señalados el licitador en su oferta. Se atribuye a dicha obligación la consideración de obligación esencial del contrato.
b) Medios materiales: la empresa adjudicataria se compromete a aportar todos los materiales y maquinarias necesarias para la correcta ejecución del servicio y en concreto se atendrá a lo dispuesto en el apartado 3.1 del PPT.
La persona propuesta como adjudicataria deberá aportar, antes de la adjudicación del contrato, la documentación que acredite la relación jurídica que existe entre el personal y la empresa.