Las observaciones formuladas por un licitador hacen que sea necesaria la modificación de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares de este procedimiento, para favorecer la concurrencia empresarial. En consecuencia, se retrocede el expediente a la fase de elaboración de pliegos para modificar la documentación mencionada y, cuando se haya hecho esta enmienda, se hará una nueva publicación, abriendo un nuevo plazo de presentación de ofertas.