Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan. El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2021-06-28.
La contratación se publicó en 2021-06-09.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Anuncio de licitación (2021-06-09) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes
Número de referencia: BE-2021-1949
Breve descripción:
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan.
El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica.
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan.
El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica.
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes📦 Lugar de ejecución
Región NUTS: Cataluña
🏙️
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
No procede
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2021-06-09 📅
Fecha límite de presentación: 2021-06-28 📅
Fecha de publicación: 2021-06-14 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2021/S 113-297961
Se refiere al anuncio: 2021/S 089-231276
Número del DO-S: 113
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan.
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan.
El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica.
Valor total estimado: 1 967 895 EUR 💰
Breve descripción:
El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Catalunya.
Procedimiento
Base jurídica: 32014L0024
Hora de recepción de las ofertas: 12:00
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: catalán 🗣️
español 🗣️
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Català de Contractes del Sector Públic
Dirección postal: Via Laietana, 14, 5è, edifici Princesa
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08003
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 935676300📞
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26.2.2014 (LCSP).
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26.2.2014 (LCSP).
Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios. Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios. Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Fuente: OJS 2021/S 113-297961 (2021-06-09)
Anuncio de adjudicación de contrato (2021-11-30) Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan. El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica.
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan. El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica.
Valor total de la contratación: 1 967 895 EUR 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2021-11-30 📅
Fecha de publicación: 2021-12-03 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2021/S 235-619764
Se refiere al anuncio: 2021/S 113-297961
Número del DO-S: 235
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan. El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica
Prestación del servicio de acompañamiento hospitalario de niños y adolescentes tutelados por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), residentes en centros residenciales propios y concertados bajo la guarda de su director/a y de niños/as, de los cuales, a pesar de no tener la tutela, la DGAIA lo considere oportuno, vistos los indicadores de desamparo que presentan. El servicio se prestará para acompañar la estancia del menor al centro hospitalario ya sea en razón de enfermedad, de intervención quirúrgica, de pruebas médicas, de tratamiento, o de cualquier otra circunstancia médica
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Catalunya
Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2021-11-30 📅
Nombre: Institut de treball social i serveis socials
Número de registro nacional: G08973224
Ciudad postal: Barcelona
País: España 🇪🇸 Barcelona
🏙️
Valor total de la contratación: 218547.50 EUR 💰
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 3
Información complementaria Órgano de revisión
Dirección postal: Edifici Princesa, Via Laietana,14 5è
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios. Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios. Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa