Objeto Alcance de la contratación
Título: Gestión de la Escuela de Musica “Lino Otano” del Valle de Aranguren
Productos/servicios: Servicios de enseñanza y formación📦
Breve descripción:
“La contratación y ejecución de los trabajos de asistencia para la gestión de la Escuela de Música “Lino Otano” del Valle de Aranguren”
Valor estimado sin IVA: EUR 544 000 💰
1️⃣
Lugar de ejecución: Navarra🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Paseo Ibaialde nº 1 - 31192 Mutilva
Descripción de la contratación:
“La prestación del servicio objeto de la contratación comprende las siguientes actuaciones:
1. Elaboración de un proyecto de centro, que deberá de...”
Descripción de la contratación
La prestación del servicio objeto de la contratación comprende las siguientes actuaciones:
1. Elaboración de un proyecto de centro, que deberá de incluir:
1.1. Proyecto pedagógico: desarrollo de la organización académica y de las programaciones correspondientes a cada una de las asignaturas ofertadas.
1.2. Gestión general del centro.
2. Impartir las sesiones musicales necesarias para llevar a cabo el programa presentado para cada curso escolar, que cumpla la normativa correspondiente a las escuelas de música oficiales de Navarra. Especialidades instrumentales: acordeón, bajo eléctrico, canto, clarinete, flauta travesera, guitarra clásica, guitarra eléctrica, percusión, piano, saxofón, trombón de varas, trompeta, txistu, viola, violín y violoncello.
3. Contratar al equipo humano necesario para el desarrollo completo del proyecto: personal de dirección y gestión, profesorado y personal administrativo.
4. Asistir al Ayuntamiento en cuantas necesidades le puedan surgir (de información, estudio, valoración de modificaciones a implantar, gestión de subvenciones, adecuación del centro a posibles normativas aplicables, etc).
5. Gestionar la oficialidad de la Escuela de Música con Gobierno de Navarra en base al Proyecto de centro presentado, si la empresa adjudicataria fuera diferente a la actual, ya que el que consta actualmente pertenece a la empresa Vega Educación Musical y está registrado en el Registro de Propiedad Intelectual.
6. Atender a la demanda de enseñanza musical en euskera de manera progresiva en todas las asignaturas grupales (línea en euskera desde el primer curso hasta finalizar los estudios). En asignaturas individuales, se tomarán las medidas para que se puedan hacer también en euskera los instrumentos, atendiendo a la demanda del alumnado y la posibilidad del profesorado.
7. Velar por un tratamiento correcto de la igualdad entre las personas docentes, puestos a desempeñar, familias y alumnado. Integración de la perspectiva de género atendiendo al Plan de Igualdad del Valle de Aranguren, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento del Valle de Aranguren el 29 de abril de 2021.
Ver más Criterios de adjudicación
El precio no es el único criterio de adjudicación y todos los criterios se establecen únicamente en los pliegos de la contratación
Alcance de la contratación
Valor total estimado sin IVA: EUR 3 264 000 💰
Duración
Fecha de inicio: 2022-09-01 📅
Fecha final: 2023-06-30 📅
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
Este contrato está sujeto a renovación ✅ Descripción
Descripción de las renovaciones:
“De acuerdo con el artículo 45.2 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, y dado que la Escuela de música imparte enseñanzas también orientadas a enseñanzas...”
Descripción de las renovaciones
De acuerdo con el artículo 45.2 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, y dado que la Escuela de música imparte enseñanzas también orientadas a enseñanzas profesionales de música, y que los años de instrumento previos a estas enseñanzas serán de un mínimo de 6 cursos, se establecen 5 prórrogas como máximo, siendo la duración total del contrato 6 años.
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Lista y breve descripción de las afecciones:
“Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su...”
Lista y breve descripción de las afecciones
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar establecidas en el artículo 22 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, ni se hallen en situación de conflicto de intereses. Si se trata de personas jurídicas, su finalidad o actividad deberá́ tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o Reglas fundacionales y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Igualmente podrán contratar licitadoras o licitadoras que participen conjuntamente en las condiciones que se especifican en el artículo 13 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos. Las empresas que presenten oferta conjunta de licitación no podrán presentar proposiciones individuales.
La Administración podrá́ contratar con licitadoras o licitadoras que participen conjuntamente. En este caso las licitadoras agrupadas quedarán obligadas solidariamente ante la Administración. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que deberá́ manifestarse la voluntad de concurrencia conjunta, la participación de cada una de ellas así́ como la designación de una representante o persona apoderada única con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En todo caso, han de ser personas naturales o jurídicas. Estas últimas cuando su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acrediten debidamente y disponga de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Ver más Situación económica y financiera
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Capacidad técnica y profesional
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Información sobre el personal responsable de la ejecución del contrato
Obligación de indicar los nombres y cualificaciones profesionales del personal asignado a la ejecución del contrato
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2022-05-13
23:59 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Condiciones de apertura de las ofertas: 2022-05-16
08:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar): Ayuntamiento del Valle de Aranguren - Plaza Mutiloa s/nº - 31192 Mutilva
Condiciones de apertura de las ofertas (Información sobre las personas autorizadas y procedimiento de apertura):
“La Mesa de Contratación, en acto privado, procederá a la apertura de los sobres digitales nº 1 y 2, el 16 de mayo.
Una vez realizada la valoración del sobre...”
Condiciones de apertura de las ofertas (Información sobre las personas autorizadas y procedimiento de apertura)
La Mesa de Contratación, en acto privado, procederá a la apertura de los sobres digitales nº 1 y 2, el 16 de mayo.
Una vez realizada la valoración del sobre digital nº 2 el órgano de contratación publicará un anuncio, con al menos 3 días de antelación, señalando el lugar, fecha y hora para la apertura del sobre digital nº 3
Información complementaria Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Se utilizará el pago electrónico
Órgano de revisión
Nombre: Mesa de contratación
Dirección postal: Plaza Mutiloa, s/nº
Ciudad postal: Mutilva
Código postal: 31192
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 948244946📞
Correo electrónico: aranguren@aranguren.es📧
Fax: +34 948243491 📠 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Las cuestiones litigiosas que se susciten sobre la interpretación, resolución y efectos del contrato serán resueltas en primer término por el órgano de...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Las cuestiones litigiosas que se susciten sobre la interpretación, resolución y efectos del contrato serán resueltas en primer término por el órgano de contratación, contra cuyas resoluciones podrá interponerse, además de los recursos administrativos y jurisdiccionales aludidos en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la reclamación en materia de contratación pública establecida en el artículo 122 de Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos en el mismo.
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Fuente: OJS 2022/S 073-195608 (2022-04-08)