Descripción de la contratación
El presente Pliego tiene por objeto definir de manera resumida las especificaciones, prescripciones, criterios y normas con arreglo a las cuales ha de llevarse a cabo la contratación y ejecución de los trabajos de redacción del proyecto de Espacio Escénico Municipal de Huarte y, en su caso, la dirección de obra del mismo.
La ejecución del contrato incluye:
a) La Redacción de Proyecto Básico y de Ejecución del Proyecto para la construcción de un espacio escénico en Huarte. Los trabajos incluyen la redacción de todas las fases del proyecto (anteproyecto, proyecto básico y proyecto ejecutivo) e incluirá, además los siguientes elementos:
Proyecto completo de arquitectura y urbanización, visado, con todas sus fases: anteproyecto, proyecto básico y proyecto ejecutivo.
Proyecto de actividad clasificada
Proyecto de instalaciones de electricidad y climatización/ ventilación visado.
Otros proyectos de instalaciones.
Gestión de residuos, con una valorización de al menos el 70% de los residuos.
Control de calidad.
Estudio de eficiencia energética.
Estudio de seguridad y salud en fase de proyecto.
Estudio geotécnico.
La redacción de este Proyecto se ajustará además, a las determinaciones exigidas por la Ley Foral de Contratos Públicos 2/2018 y por el Código técnico de Edificación.
b) La Dirección Facultativa de las obras de construcción de un espacio escénico en Huarte, en caso de que el mismo llegase a ejecutarse.
Este contrato se adjudicará, de conformidad con lo establecido por el art. 234 de la LFCP, únicamente en el caso de que el Ayuntamiento de Huarte decida llevar a cabo la ejecución de la obra según el proyecto redactado como consecuencia del presente procedimiento y exista, además, crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para financiar las obligaciones económicas derivadas de la realización de dicha Dirección, así como previa autorización del gasto.
Y en consecuencia, la adjudicación efectiva del contrato de Dirección de Obra se producirá en el momento en que sea adjudicada la ejecución de la obra sobre la base del proyecto seleccionado, e incluirá la autorización del gasto correspondiente, no generándose hasta entonces derecho alguno a favor de quien haya presentado la propuesta seleccionada.
Por el contrario, en el supuesto de que la Administración decidiera no llevar a cabo las obras, el adjudicatario de la redacción del proyecto no tendrá derecho a indemnización alguna por no haberse producido la adjudicación de la dirección de obra.
La dirección de las obras comprenderá las direcciones de arquitectura, y direcciones de ingenierías colaboradoras y coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución.
Por lo tanto, la resolución que dé término a dicho procedimiento de licitación adjudicará la elaboración del proyecto, así como la dirección facultativa, condicionada a la adjudicación del contrato de obras que, en su caso, se adjudique sobre la base de los proyectos aprobados.