Texto
Contra el presente acuerdo, cabe interponer el recurso especial en materia de contratación al que se refiere el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.