Puede adjudicarse al mismo licitador 1 lote, salvo que no haya oferta válida en el segundo lote. Para la adjudicación de los lotes concretos al licitador que pueda resultar adjudicatario de un número de lotes que exceda el número máximo indicado, se tendrá en cuenta el orden de los lotes establecido anteriormente, de forma que los lotes se adjudicarán por ese orden hasta alcanzar el número máximo.