Lista y breve descripción de las afecciones
Para concurrir a este contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, deberán tener plena capacidad de obrar, no estar incursas en una prohibición de contratar y disponer de solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente. Los contratistas deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Para el licitador que resulte adjudicatario, dicha inscripción registral, así como todos los requisitos para su obtención y mantenimiento (capacidad legal, forma jurídica, formación, experiencia, honorabilidad, seguro de responsabilidad civil profesional o garantía equivalente, etc.) deberán encontrarse en vigor durante todo el periodo de vigencia del contrato, siendo su pérdida causa de resolución del contrato.
En la presente contratación y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 65.2 de la LCSP, los licitadores habrán estar en posesión del certificado de estar inscritos en el correspondiente Registro Nacional o Autonómico de Seguridad Privada.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si sus prestaciones están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Se exigirá que los administradores de la empresa no estén incursos en los supuestos previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés, ni en los de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Cuando se trate de personal sujeto a esta última Ley, deberá acreditarse previamente a la adjudicación del contrato la concesión de la correspondiente compatibilidad, así como su sometimiento a la normativa de incompatibilidad vigente en el momento de la contratación. Tampoco deberá tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma.
El licitador se comprometerá a la adscripción efectiva de los medios necesarios para la ejecución del presente contrato, que deberán incluir la presencia de un coordinador o jefe de equipo con base efectiva de la empresa acreditable a un máximo de 35 kilómetros del Centro Niemeyer. La no acreditación o acreditación insuficiente de esta circunstancia será causa automática de no consideración de la oferta. El no cumplimiento de este requisito, considerado como imprescindible, será considerado como incumplimiento de contrato, pudiendo ser causa suficiente para la resolución del mismo según lo establecido en el art. 211 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Documento de adscripción de medios técnicos, personales y de acreditación de domicilio base de la empresa para la ejecución del contrato (ANEXO III)
8.3.2 El contratista adjudicatario, estará obligado a suscribir, las pólizas de seguros que se indican a continuación por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones igualmente establecidos:
a) Seguro de responsabilidad civil en el que se incluyan la responsabilidad propia de la actividad así como la responsabilidad patronal, aquella que ocasione daños personales causados por la empresa ya sea por acción u omisión, al personal que presta sus servicios en ella, como consecuencia de un accidente laboral. El seguro incluirá una responsabilidad civil por responsabilidad de la empresa ante el posible daño, pérdida, robo o deterioro de los bienes objeto de protección en por el presente contrato. El seguro habrá de tener una cuantía mínima de 2.500.000 euros por siniestro y año y tener constituida una garantía de 240.404,84 euros