Anuncio de licitación (2022-09-23) Autoridad contratante Nombre y dirección
Nombre: Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P.
Número de registro nacional: G84737238
Dirección postal: Av Presidente Rodríguez Zapatero, s/n, CIUDEN
Ciudad postal: Cubillos del Sil
Código postal: 24492
País: España 🇪🇸
Persona de contacto: Sergio J. Santín Ochoa
Teléfono: +34 987457454📞
Correo electrónico: sergioj.santin@ciuden.es📧
Región: León🏙️
URL: http://WW.ciuden.es🌏
Dirección del perfil de comprador: https://contrataciondelestado.es/fundacionciudaddelaenergia🌏 Comunicación
URL de los documentos: https://contrataciondelestado.es/fundacionciudaddelaenergia🌏 Tipo de poder adjudicador
Otro tipo: Fundación del sector público estatal
Objeto Alcance de la contratación
Título:
“SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD PARA “LA TÉRMICA CULTURAL”, DE LA FUNDACIÓN CIUDAD DE LA ENERGÍA-CIUDEN F.S.P.
TC-2022-017”
Productos/servicios: Electricidad📦
Breve descripción:
“Suministro de electricidad para “La Térmica Cultural”, de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P.”
Valor estimado sin IVA: EUR 811237.79 💰
1️⃣
Lugar de ejecución: España🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Ponferrada
Descripción de la contratación:
“Suministro de electricidad para “La Térmica Cultural”, de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P.” Criterios de adjudicación
Precio
Alcance de la contratación
Valor total estimado sin IVA: EUR 811237.79 💰
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
El plazo que figura a continuación se expresa en número de meses.
Descripción
Duración: 12
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2022-10-24
12:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Condiciones de apertura de las ofertas: 2022-10-25
12:00 📅
Información complementaria Información sobre la reaparición
Se trata de una contratación recurrente ✅
Calendario estimado para la publicación de nuevos anuncios: Anual
Órgano de revisión
Nombre:
“RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales”
Ciudad postal: Madrid
País: España 🇪🇸 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computados en las formas previstas en el...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computados en las formas previstas en el artículo 50 de la LCSP. No obstante, si el recurso se funda en alguna de las causas de nulidad del artículo 39.2.c), d), e) o f) el plazo será de treinta días o seis meses, según los casos.
Contra las actuaciones susceptibles de ser impugnadas mediante el recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios.
La interposición del recurso especial en materia de contratación tendrá carácter potestativo, será gratuito para los recurrentes y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 44 a 59 de la LCSP.
Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de la interposición del recurso contencioso-administrativo, la resolución del recurso especial en materia de contratación será directamente ejecutiva.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción, salvo lo relativo a la modificación de los contratos que se regirá por lo dispuesto en los términos antes indicados, siendo competentes los Juzgados y Tribunales de León capital con renuncia expresa de las Partes a su propio fuero, caso de ser distinto.
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Fuente: OJS 2022/S 187-528510 (2022-09-23)
Anuncio de adjudicación de contrato (2022-11-09) Objeto Alcance de la contratación
Valor total de la contratación (IVA excluido): EUR 811237.79 💰
Procedimiento Información administrativa
Publicación anterior sobre este procedimiento: 2022/S 187-528510
Adjudicación del contrato
1️⃣
Número de contrato: TC-2022-017
Título:
“SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD PARA “LA TÉRMICA CULTURAL”, DE LA FUNDACIÓN CIUDAD DE LA ENERGÍA-CIUDEN F.S.P.”
Fecha de celebración del contrato: 2022-11-09 📅
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 4
Número de ofertas recibidas de PYME: 2
Número de ofertas recibidas de licitadores de otros Estados miembros de la UE: 0
Número de ofertas recibidas de licitadores de Estados no miembros de la UE: 0
Número de ofertas recibidas por medios electrónicos: 4
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Endesa energía, s.a.u.
Número de registro nacional: A81948077
Dirección postal: CALLE RIBERA DEL LOIRA, 60
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28042
País: España 🇪🇸
Región: Madrid🏙️
El contratista es una PYME
Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total estimado del contrato/lote: EUR 811237.79 💰
Valor total del contrato/lote: EUR 811237.79 💰
Fuente: OJS 2022/S 219-629481 (2022-11-09)
Anuncio de adjudicación de contrato (2022-11-21) Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
“Suministro de electricidad para “La Térmica Cultural”, de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P.
Que el artículo 28 de la la Ley 9/2017 de 8 de...”
Breve descripción
Suministro de electricidad para “La Térmica Cultural”, de la Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P.
Que el artículo 28 de la la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), establece que las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. Por otro lado, el artículo 152 de la LCSP, en sus apartados 2 y 4, establece que el órgano de contratación podrá decidir no adjudicar o celebrar el contrato antes de su formalización cuando concurran razones de interés público.
En base a todo lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, por la presente
RESUELVE
PRIMERO.- NO CELEBRAR EL CONTRATO TC-2022-017 DE “SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD PARA LA TÉRMICA CULTURAL DE PONFERRADA (LEÓN)”, por razones de interés público, conforme a lo establecido en el artículo 152 de la LCSP y en base a los antecedentes expuesto
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Información complementaria:
“RENUNCIA A LA CONTRATACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 152 de la LCSP”
Adjudicación del contrato Información sobre los no premiados
Otras razones (interrupción del procedimiento)
“Que el artículo 28 de la la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), establece que las entidades del sector público...”
Que el artículo 28 de la la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), establece que las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. Por otro lado, el artículo 152 de la LCSP, en sus apartados 2 y 4, establece que el órgano de contratación podrá decidir no adjudicar o celebrar el contrato antes de su formalización cuando concurran razones de interés público.
En base a todo lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, por la presente
RESUELVE
NO CELEBRAR EL CONTRATO TC-2022-017 DE “SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD PARA LA TÉRMICA CULTURAL DE PONFERRADA (LEÓN)”, por razones de interés público, conforme a lo establecido en el artículo 152 de la LCSP y en base a los antecedentes expuestos en la resolución del órgano de contratación..
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Fuente: OJS 2022/S 228-655318 (2022-11-21)