Condiciones de ejecución del contrato
Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos. Descripción: La obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP
Consideraciones de tipo social. Descripción: Que la entidad adjudicataria asuma la obligación de respetar los derechos laborales básicos a lo largo de toda la cadena de producción y el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo de los productos de comercio justo
Favorecer la formación en el lugar de trabajo. Descripción: Que la entidad adjudicataria organice por cada año de ejecución del contrato una o varias acciones formativas con una duración acumulada de, al menos, 20 horas anuales, que mejoren la ocupación y la adaptabilidad de las personas adscritas a la ejecución del contrato, así como sus capacidades y su calificación La duración mínima de cada una de estas acciones formativas será de 6 horas
Cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Mundial del Trabajo. Descripción: Las Convenciones 29 y 105Las Convenciones 87 y 98La Convención 100La Convención 111La Convención 138La Convención 182
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer. Descripción: Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria elabore un informe de impacto de género según el Anexo VII del PPT en relación con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato, así como de la plantilla que ejecutará el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas
Combatir el paro. Descripción: Deberá mantener durante todo el periodo de ejecución del contrato la plantilla descrita en el presente pliego salvo las suspensiones o extinciones consecuencia de la voluntad de la persona trabajadora o consecuencia de despidos disciplinarios Los cambios de personal, sea cual sea su causa, serán comunicados al responsable del contrato a fin de comprobar los requisitos del personal entrante