Contratación de los servicios postales del Consell Comarcal del Baix Empordà

Consell Comarcal del Baix Empordà

El objeto del contrato es la prestación de los servicios postales consistentes en el envío de cartas y tarjetas postales tanto ordinarias como extraordinarias y las notificaciones administrativas que se realizan desde el Consell Comarcal del El Baix Empordà para dar cumplimiento a las notificaciones de las resoluciones dictadas por los órganos comarcales y realizar aquellas otras comunicaciones en las que se estime conveniente la utilización de este medio en el primer caso. Se incorporan también medidas de contratación pública sociales y ambientalmente responsables en el objeto de este contrato. La prestación de este servicio se regirá por los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas y, de acuerdo con la normativa del servicio postal vigente en cada momento, por la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal , de los derechos de los usuarios y del mercado postal y por el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales en el desarrollo de lo que establece la Ley 24/1998, de 13 de julio, del servicio postal universal y de la liberalización de los servicios postales y demás normativa aplicable concordante y de desarrollo, modificado por el Real Decreto 203/2207, de 20 de abril, en todo lo que no se oponga, contradiga o resulte incompatible con lo dispuesto en la Ley 43/2010. El objeto, características, especificaciones técnicas y operativas del servicio se encuentran detallados en el pliego de prescripciones técnicas particulares.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2024-04-22. La contratación se publicó en 2024-03-18.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2024-03-18 Anuncio de licitación
2024-04-23 Anuncio de licitación
2024-08-13 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2024-03-18)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Contratación de los servicios postales del Consell Comarcal del Baix Empordà
Número de referencia: 12576/2023
Breve descripción:
El objeto del contrato es la prestación de los servicios postales consistentes en el envío de cartas y tarjetas postales tanto ordinarias como extraordinarias y las notificaciones administrativas que se realizan desde el Consell Comarcal del El Baix Empordà para dar cumplimiento a las notificaciones de las resoluciones dictadas por los órganos comarcales y realizar aquellas otras comunicaciones en las que se estime conveniente la utilización de este medio en el primer caso. Se incorporan también medidas de contratación pública sociales y ambientalmente responsables en el objeto de este contrato. La prestación de este servicio se regirá por los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas y, de acuerdo con la normativa del servicio postal vigente en cada momento, por la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal , de los derechos de los usuarios y del mercado postal y por el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales en el desarrollo de lo que establece la Ley 24/1998, de 13 de julio, del servicio postal universal y de la liberalización de los servicios postales y demás normativa aplicable concordante y de desarrollo, modificado por el Real Decreto 203/2207, de 20 de abril, en todo lo que no se oponga, contradiga o resulte incompatible con lo dispuesto en la Ley 43/2010. El objeto, características, especificaciones técnicas y operativas del servicio se encuentran detallados en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
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Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios postales 📦
Valor estimado sin IVA: 1 095 780 EUR 💰
Descripción
Identificador interno: 12576/2023
Título: Contratación de servicios postales del Consell Comarcal del Baix Empordà . El contrato no se divide en lotes
Duración
Fecha de inicio: 2024-05-01 📅
Fecha final: 2026-04-30 📅
Descripción
Número máximo de renovaciones: 1
Información sobre opciones
Opciones
Descripción de las opciones:
El contrato tendrá una duración de DOS AÑOS (2) AÑOS a contar desde el 1 de mayo de 2024 o, en caso de que el contrato se formalice con posterioridad a la fecha que se prevé de inicio de la prestación, a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato. El contrato, de conformidad con lo que prevé el artículo 29.2 de la LCSP, será prorrogable por un año más, sin que la duración de su vigencia incluida la prórroga, pueda exceder de TRES (3) años
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Título
Número de identificación del lote: LOT-0001

Procedimiento
Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Base jurídica: Directiva 2014/24/UE
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2024-04-22 14:00:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
catalán 🗣️
Condiciones de la licitación
Se exige una garantía
Facturación electrónica: Obligatoria
Se utilizará el pago electrónico

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Capacidad técnica y profesional
Lista y breve descripción de los criterios de selección:
De acuerdo con lo que determina el art 90, de la Ley de contratos de sector público 9/2017 de 8 de noviembre, la solvencia técnica o profesional mínima del empresario para ejecutar éste contrato deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, que deberá acreditarse por los siguientes medios: 1.Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, que sean de la misma naturaleza del contrato y que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, relacionados con el objeto del contrato. El importe anual acumulado del año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. Será requisito mínimo aportar dos certificados de buena ejecución de servicios de notificaciones administrativas, por un importe facturado mínimo anual de 300.000 €, expedido por una administración pública. A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios ejecutados por el licitador y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a éste último se atenderá a la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación y en el resto casos a la igualdad de los dos primeros dígitos de sus respectivos CPV. 2.De acuerdo con el artículo 93 de la LCSP, se requiere acreditar que se cumplen las normas de garantía de la calidad según las siguientes certificaciones ISO 9001 o equivalente por parte de una entidad acreditada. 3.Dadas las características del objeto del contrato y que los artículos 22.4 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre y 39 del RD 1829/1999, de 3 de diciembre, atribuyen a el operador postal universal la presunción de veracidad y fehacencia, los licitadores que no sean el operador postal universal, además de la aptitud y solvencia indicada, habrán de acreditar, al amparo de la STS de 10 de diciembre de 2015 (REC 3156/2014): que disponen de un procedimiento para la práctica de la notificación que permita tener “constancia de su práctica” que es lo que exige la LPAC (art. 40.4 de la LPAC). Que se dispone de un sistema que garantice la constancia, por cualquier medio admitido en derecho, en cuanto a la prueba del rechazo o imposibilidad de entrega de la notificación o de las certificaciones, el cual supla las ventajas inherentes a la fefaenza, con similares cuotas de eficacia y mediante elementos de prueba alternativos, ajenos a la documentación unilateral de la empresa o al testimonio de sus empleados. Acreditación documental 1.Los servicios o trabajos efectuados se acreditan mediante certificados expedidos o visados ​​por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. 2.Para acreditar la garantía de la calidad será necesario aportar certificado conforme la empresa cumple con las normas de garantías de calidad según las certificaciones correspondientes. 3.Para acreditar este extremo, presentarán una memoria explicativa de un máximo de 5 páginas y con el contenido indexado, donde quede definido con detalle cómo se realizará la prestación del servicio, de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas y normativa de aplicación, y en concreto deberá detallar el procedimiento que utilizará para en la práctica de la notificación, el cual deberá garantizar que quede acreditado el intento de notificación o que quede constancia de su práctica. El prestador de servicio universal que determina la disposición adicional primera de la Ley 43/2012, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, en caso de presentarse a la licitación, queda exento de acreditar la aptitud y la solvencia requerida en el presente contrato.
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Situación económica y financiera
De conformidad con el artículo 87 de la LCSP, la solvencia económica y financiera mínima de el empresario para poder ejecutar el contrato se determina a través del siguiente medio: 1.El volumen anual de negocios de las empresas licitadoras, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser, como mínimo, por importe igual o superior al valor estimado del contrato (sin IVA), es decir, 1.095.780 €. Acreditación documental 1.Para la acreditación de la solvencia económica y financiera, si el empresario está inscrito en el registro mercantil lo acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositados en este Registro. En caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
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Condiciones de participación
Depósitos y garantías exigidos:
La garantía definitiva a constituir por el licitador que haya presentado la mejor proposición relación calidad-precio será la correspondiente al 5% del presupuesto máximo de licitación. La garantía definitiva se podrá presentar mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 108.1 de la LCSP.
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Motivo de exclusión:
Acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia
Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo
Conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento de contratación
+ 11 más
Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas
Fraude
Ha cometido una falta profesional grave
Incumplimiento de obligaciones en materia de Derecho laboral
Incumplimiento de obligaciones en materia de Derecho medioambiental
Incumplimiento de obligaciones en materia de Derecho social
Pago de cotizaciones a la seguridad social
Pago de impuestos
Que haya incurrido en falsas declaraciones, le haya ocultado información, no esté en condiciones de facilitar los documentos necesarios y haya obtenido información confidencial sobre este procedimiento
Situación análoga a la quiebra con arreglo al Derecho nacional
Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos

Autoridad contratante
Nombre y dirección
Nombre: Consell Comarcal del Baix Empordà
Número de registro nacional: P6700009A
Dirección postal: Calle dels Tarongers, 12 (Can Salamó)
Código postal: 17100
Ciudad postal: La Bisbal d'Empordà
Región: Girona 🏙️
País: España 🇪🇸
Punto de contacto: Ester Riera
Correo electrónico: eriera@baixemporda.cat 📧
Teléfono: 972642310 📞
Dirección del perfil de comprador: https://contractaciopublica.cat/ca/perfils-contractant/detall/baixemporda?categoria=0 🌏
Tipo de poder adjudicador
Autoridad regional o local
Actividad principal
Servicios públicos generales
Comunicación
URL de los documentos: https://contractaciopublica.cat/ca/perfils-contractant/detall/baixemporda?categoria=0&tipus=104&page=0 🌏
URL de participación: https://contractaciopublica.cat/ca/perfils-contractant/detall/baixemporda?categoria=0&tipus=104&page=0 🌏
Presentación electrónica: Obligatoria

Información complementaria
Órgano de revisión
Igual que: Nombre y dirección
Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Fuente: OJS 2024/S 056-165490 (2024-03-18)
Anuncio de licitación (2024-04-23)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor estimado sin IVA: 1944161.64 EUR 💰

Procedimiento
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2024-05-23 14:00:00 📅

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Capacidad técnica y profesional
Lista y breve descripción de los criterios de selección:
De acuerdo con lo que determina el art 90, de la Ley de contratos de sector público 9/2017 de 8 de noviembre, la solvencia técnica o profesional mínima del empresario para ejecutar éste contrato deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, que deberá acreditarse por los siguientes medios: 1.Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, que sean de la misma naturaleza del contrato y que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, relacionados con el objeto del contrato. El importe anual acumulado del año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. Será requisito mínimo aportar un certificado de buena ejecución de servicios de notificaciones administrativas, por un importe facturado mínimo anual de 600.000 €, expedido por una administración pública. A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios ejecutados por el licitador y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a éste último se atenderá a la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación y en el resto casos a la igualdad de los dos primeros dígitos de sus respectivos CPV. 2.De acuerdo con el artículo 93 de la LCSP, se requiere acreditar que se cumplen las normas de garantía de la calidad según las siguientes certificaciones ISO 9001 o equivalente por parte de una entidad acreditada. 3.Dadas las características del objeto del contrato y que los artículos 22.4 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre y 39 del RD 1829/1999, de 3 de diciembre, atribuyen a el operador postal universal la presunción de veracidad y fehacencia, los licitadores que no sean el operador postal universal, además de la aptitud y solvencia indicada, habrán de acreditar, al amparo de la STS de 10 de diciembre de 2015 (REC 3156/2014): que disponen de un procedimiento para la práctica de la notificación que permita tener “constancia de su práctica” que es lo que exige la LPAC (art. 40.4 de la LPAC). Que se dispone de un sistema que garantice la constancia, por cualquier medio admitido en derecho, en cuanto a la prueba del rechazo o imposibilidad de entrega de la notificación o de las certificaciones, el cual supla las ventajas inherentes a la fefaenza, con similares cuotas de eficacia y mediante elementos de prueba alternativos, ajenos a la documentación unilateral de la empresa o al testimonio de sus empleados. Acreditación documental 1.Los servicios o trabajos efectuados se acreditan mediante certificados expedidos o visados ​​por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. 2.Para acreditar la garantía de la calidad será necesario aportar certificado conforme la empresa cumple con las normas de garantías de calidad según las certificaciones correspondientes. 3.Para acreditar este extremo, presentarán una memoria explicativa de un máximo de 5 páginas y con el contenido indexado, donde quede definido con detalle cómo se realizará la prestación del servicio, de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas y normativa de aplicación, y en concreto deberá detallar el procedimiento que utilizará para en la práctica de la notificación, el cual deberá garantizar que quede acreditado el intento de notificación o que quede constancia de su práctica. El prestador de servicio universal que determina la disposición adicional primera de la Ley 43/2012, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, en caso de presentarse a la licitación, queda exento de acreditar la aptitud y la solvencia requerida en el presente contrato.
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Situación económica y financiera
De conformidad con el artículo 87 de la LCSP, la solvencia económica y financiera mínima de el empresario para poder ejecutar el contrato se determina a través del siguiente medio: 1.El volumen anual de negocios de las empresas licitadoras, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas deberá ser, como mínimo, por importe igual o superior al valor estimado del contrato (sin IVA), es decir, 1.944.161,64 €. Acreditación documental 1.Para la acreditación de la solvencia económica y financiera, si el empresario está inscrito en el registro mercantil lo acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositados en este Registro. En caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
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Cambios
Texto que debe corregirse en el anuncio original
Número de identificación del lote: LOT-0001
Los pliegos de contratación se modificaron el
Cambio en documentos de contratación: fecha: 2024-04-23 📅
Otra información adicional
Principal motivo de la modificación: Información actualizada
Información sobre modificaciones
Versión del anuncio anterior que debe modificarse: 165490-2024
Fuente: OJS 2024/S 081-244719 (2024-04-23)
Anuncio de adjudicación de contrato (2024-08-13)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor estimado sin IVA: 1944161.64 EUR 💰
Valor total de la contratación (IVA excluido): 763301.58 EUR 💰
Descripción
Título: Contratación de servicios postales del Consell Comarcal del Baix Empordà. No se divide en lotes
Criterios de adjudicación
Precio
Criterio de calidad (nombre): Ampliación de los intentos de entrega en el domicilio
Notificación en horario de tarde
Grado de cobertura de la red de oficinas propias
Mediombiental de la flota de vehículos

Adjudicación del contrato
Se adjudica un contrato/lote
Número de identificación del lote: LOT-0001
Número de contrato: Contrato
Fecha de celebración del contrato: 2024-07-29 📅
Título: Contrato
Dirección del contrato: https://contractaciopublica.cat/ca/detall-publicacio/300225464 🌏
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas por medios electrónicos: 3
Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total del contrato/lote: 763301.58 EUR 💰
Clasificación en la lista de ganadores: 1
Identificador de la oferta: Oferta 1
Identificador del lote o el grupo de lotes: LOT-0001
Información sobre licitaciones
Nombre de la parte ofertante: Sociedad Estatal de Correos y telégrafos
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Sociedad estatal correos y telegrafos sa sme
Número de registro nacional: A83052407
Dirección postal: Calle del Conde de Peñalver, nº 19
Código postal: 28006
Ciudad postal: Madrid
Región: Madrid 🏙️
País: España 🇪🇸

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Català de contractes del Sector Públic
Número de registro nacional: Tribunal Català de Contractes del Sector Públic
Dirección postal: Via Laietana, 14
Código postal: 08003
Ciudad postal: Barcelona
Región: Barcelona 🏙️
Correo electrónico: tccsp@gencat.cat 📧
Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
Este contrato de servicios es susceptible de recurso especial en materia de contratación, de conformidad con el artículo 44.1 a) de la LCSP, dado su valor estimado. Podrán ser objeto del recurso especial en materia de contratación todas las actuaciones señaladas en el artículo 44.2 de la LCSP. Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios. La interposición del recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo y es gratuito por los recurrentes. Contra los actos que adopte el órgano de contratación que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, de acuerdo con lo señalado en el apartado anterior, procederá la interposición del recurso potestativo de reposición; o del recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Fuente: OJS 2024/S 158-490215 (2024-08-13)