Procedimiento acelerado
De acuerdo con la normativa:
- Art 119 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre
- Art 48 del RD-ley 36/2020, de 30 de diciembre
- Art 66 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero
Se podrá declarar la tramitación urgente de los expedientes cuya necesidad sea inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público.
La exposición de motivos del RD-Ley 36/2020, de 30 de diciembre nos recuerda que el Consejo Europeo del 21 de julio de 2020 acordó que la Unión Europea afrontase, mediante medidas concretas, el esfuerzo sin precedentes necesario para impulsar, ante la gravísima situación sanitaria, social y económica causada por la pandemia originada por el COVID-19, la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea.
Tales medidas se concretan en el denominado Instrumento Europeo de Recuperación (NextGenerationEU), que bajo determinadas condiciones implicará para España una notable inyección de fondos en forma de transferencias y préstamos para el período 2021-2026.
La grave situación ocasionada por el COVID-19 tuvo un significativo impacto económico en Galicia, del mismo modo que en el resto del país, por lo que es razonable que se le dé la máxima prioridad y celeridad a la ejecución de los fondos procedentes de la Unión Europea.
El RD 714/2024, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones para el fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamiento de salas blancas de micro y nanofabricación y de centros de supercomputación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, concede al CESGA una subvención para mejora de las instalaciones necesarias de computación, los sistemas de almacenamiento de datos y desarrollos asociados con tecnología cuántica, por importe de 47.400.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 28.50.46QB.750.05 en el presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. En dicho Real Decreto, se establece que la fecha límite para la finalización de las actuaciones será el 31 de agosto de 2026.
Posteriormente, en fecha 23 de septiembre de 2024, se firma la “ORDEN DE LA MINISTRA DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SE CONCEDE A LA FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO DE SUPERCOMPUTACIÓN DE GALICIA (CESGA) LA SUBVENCIÓN PREVISTA EN EL REAL DECRETO 714/2024, DE 23 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE DIVERSAS SUBVENCIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES, INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO DE SALAS BLANCAS DE MICRO Y NANOFABRICACIÓN Y DE CENTROS DE SUPERCOMPUTACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA CONSIGNADA EN LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 28.50.46QB.750.05 Y SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES DE LA CONCESIÓN.” mediante la cual se le concede al CESGA la subvención de 47.400.000,00 € indicada en el Real Decreto 714/2024, de 23 de julio. El período de ejecución de las actuaciones finaliza el 30 de junio de 2026.
Dicha subvención incluye la construcción de un centro de datos desde cero y la instalación en el mesmo de infraestructuras de computación, almacenamiento y tecnologías cuánticas con un tiempo de ejecución inferior a dos años. Con el fin de minimizar los riesgos de la inversión a realizar, complejo y con fuertes dependencias entre los sub-proyectos, es preciso ejecutar cada uno de estos sub-proyectos en el menor tiempo posible. La no ejecución en tiempo del edificio Datacenter podría significar la imposibilidad de instalar el resto de los equipamientos dentro del período de eligibilidad de los fondos, lo que tendría finalmente el impacto de la pérdida de los mismos.
Es por todo lo anterior, que la tramitación urgente del expediente se motiva por la posibilidad da pérdida de los fondos en caso de no poder completar las actuaciones derivadas del Real Decreto 714/2024, que se encuentran recogidas en el Plan Estratégico de la ICTS distribuida RES 2021-2024.