Actuaciones profesionales en materia de seguridad y salud para el cumplimiento del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, relativas a los proyectos y obras de la Dirección de Arquitectura.
El objeto del presente contrato es la prestación de las funciones que la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción; el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de actividades empresariales, o normativa legal que la sustituya, asignan al promotor que realiza actuaciones con personal propio o contrata con terceros la realización de obras de construcción, y en particular las de coordinación de la seguridad y salud durante la redacción de proyectos y la ejecución de las obras.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2025-09-03.
La contratación se publicó en 2025-08-05.
Anuncio de licitación (2025-08-05) Objeto Alcance de la contratación
Título: Actuaciones profesionales en materia de seguridad y salud para el cumplimiento del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, relativas a los proyectos y obras de la Dirección de Arquitectura.
Número de referencia: 0044446-25
Breve descripción:
El objeto del presente contrato es la prestación de las funciones que la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción; el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de actividades empresariales, o normativa legal que la sustituya, asignan al promotor que realiza actuaciones con personal propio o contrata con terceros la realización de obras de construcción, y en particular las de coordinación de la seguridad y salud durante la redacción de proyectos y la ejecución de las obras.
El objeto del presente contrato es la prestación de las funciones que la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción; el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de actividades empresariales, o normativa legal que la sustituya, asignan al promotor que realiza actuaciones con personal propio o contrata con terceros la realización de obras de construcción, y en particular las de coordinación de la seguridad y salud durante la redacción de proyectos y la ejecución de las obras.
Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios de salud y seguridad📦
Valor estimado sin IVA: 370247.92 EUR 💰
Descripción
Identificador interno: 0044446-25
Productos/servicios adicionales: Servicios de consultoría en salud y seguridad📦
País: España 🇪🇸
Lugar de ejecución: Zaragoza
🏙️
Duración: 3 años
Número máximo de renovaciones: 2
Más información sobre renovaciones:
Cláusula 9 PCAPEEl presente contrato podrá ser objeto de dos (2) prórrogas anuales. La totalidad de la duración inicial y las posibles prórrogas, no podrán superar, en ningún caso, los cinco (5) años. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración inicialmente previsto. En ningún caso la prórroga podrá producirse por el consentimiento tácito de las partes.
Cláusula 9 PCAPEEl presente contrato podrá ser objeto de dos (2) prórrogas anuales. La totalidad de la duración inicial y las posibles prórrogas, no podrán superar, en ningún caso, los cinco (5) años. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración inicialmente previsto. En ningún caso la prórroga podrá producirse por el consentimiento tácito de las partes.
Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre): Cláusula 15.2: Experiencia adicional..
Criterio de calidad (ponderación): 7
Criterio de calidad (nombre): Cláusula 15.2: Oferta económica..
Criterio de calidad (ponderación): 35
Criterio de calidad (nombre): Cláusula 15.2: Reducción de los plazos..
Criterio de calidad (ponderación): 10
Criterio de calidad (nombre): Cláusula 15.1: Memoria técnica: calidad del trabajo a desarrollar..
Criterio de calidad (ponderación): 24
Criterio de calidad (nombre): Cláusula 15.1: Memoria técnica: planificación del servicio..
Título
Número de identificación del lote: LOT-0000
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto ✅
Base jurídica: Directiva 2014/24/UE
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2025-09-03 12:59:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas: 2026-01-05 12:20:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Plazo mínimo durante el cual el licitador debe mantener la oferta: 2 meses Condiciones de la licitación
Fecha de apertura: 2026-01-05 12:20:00 📅
Facturación electrónica: Obligatoria
Se utilizará el pago electrónico ✅ Criterios de adjudicación
Tipo de ponderación: Ponderación (puntos, exacto)
Condiciones de la licitación
El contrato contiene condiciones de ejecución ✅
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
Cláusula 27.1 PCAPE: no minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores según convenio coletivo aplicable al presentarse la oferta. Cláusula 27.2.b, párrafo 2: reserva legal del empleo a personas con discapacidad o medidas alternativas. Cláusula 27.3: mantenimiento plantilla de personal mínimo adscrito al contrato, que se controlará en todo momento..
Cláusula 27.1 PCAPE: no minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores según convenio coletivo aplicable al presentarse la oferta. Cláusula 27.2.b, párrafo 2: reserva legal del empleo a personas con discapacidad o medidas alternativas. Cláusula 27.3: mantenimiento plantilla de personal mínimo adscrito al contrato, que se controlará en todo momento..
Condiciones de participación
Motivo de exclusión: Convenio con los acreedores
Descripción de los motivos de exclusión:
Cualquiera de los recogidos en el artículo 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.
Información complementaria Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
De conformidad con lo establecido en los artículos 117 y 118 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y con los artículos 44 y 50 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cabe interponer recurso especial en materia de contratación, que tendrá carácter potestativo, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que se remita la notificación del acto impugnado y/o se publique en el perfil del contratante.
Contra la resolución expresa del recurso especial en materia de contratación sólo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letra k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante lo anterior, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que reciba la notificación de la presente resolución.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
De conformidad con lo establecido en los artículos 117 y 118 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y con los artículos 44 y 50 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cabe interponer recurso especial en materia de contratación, que tendrá carácter potestativo, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que se remita la notificación del acto impugnado y/o se publique en el perfil del contratante.
Contra la resolución expresa del recurso especial en materia de contratación sólo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letra k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante lo anterior, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que reciba la notificación de la presente resolución.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Fuente: OJS 2025/S 149-515187 (2025-08-05)