Consultoría y asistencia para el control de las obras del proyecto de construcción de la nueva estación de Parla Norte (Madrid). Nuevo vial de acceso, acondicionamiento y punto de conexión a la carretera M-408 y acometidas

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias

Consultoría y asistencia para el control de las obras del proyecto de construcción de la nueva estación de Parla Norte (Madrid). Nuevo vial de acceso, acondicionamiento y punto de conexión a la carretera M-408 y acometidas

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2025-03-24. La contratación se publicó en 2025-02-14.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2025-02-14 Anuncio de licitación
2025-08-26 Anuncio de adjudicación de contrato
2026-07-01 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2025-02-14)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Consultoría y asistencia para el control de las obras del proyecto de construcción de la nueva estación de Parla Norte (Madrid). Nuevo vial de acceso, acondicionamiento y punto de conexión a la carretera M-408 y acometidas
Número de referencia: 3.25/06110.0016
Breve descripción:
Consultoría y asistencia para el control de las obras del proyecto de construcción de la nueva estación de Parla Norte (Madrid). Nuevo vial de acceso, acondicionamiento y punto de conexión a la carretera M-408 y acometidas
Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios técnicos 📦
Valor estimado sin IVA: 468375.61 EUR 💰
Descripción
Identificador interno: 3.25/06110.0016
Título: Consultoría y asistencia para el control de las obras del proyecto de construcción de la nueva estación de Parla Norte (Madrid). Nuevo vial de acceso, acondicionamiento y punto de conexión a la carretera M-408 y acometidas.
Descripción de la contratación:
Consultoría y asistencia para el control de las obras del proyecto de construcción de la nueva estación de Parla Norte (Madrid). Nuevo vial de acceso, acondicionamiento y punto de conexión a la carretera M-408 y acometidas.
Localidad: Madrid
País: España 🇪🇸
Lugar de ejecución: Madrid 🏙️
Duración: 12 meses
Número máximo de renovaciones: 0
Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre): Oferta evaluables mediante un juicio de valor (oferta técnica)
Criterio de calidad (ponderación): 49
Criterio de calidad (nombre): Experiencia del equipo humano asignado
Criterio de calidad (ponderación): 2
Precio
Precio (ponderación): 49
Título
Número de identificación del lote: LOT-0003

Procedimiento
Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Base jurídica: Directiva 2014/24/UE
Ley 9/2017
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2025-03-24 13:00:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas: 2025-04-22 10:00:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar): Acto Privado
Condiciones de apertura de las ofertas (Información sobre las personas autorizadas y procedimiento de apertura): Acto Privado
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Plazo mínimo durante el cual el licitador debe mantener la oferta: 4 meses
Condiciones de la licitación
Son necesarios el sello o la firma electrónicos avanzados o cualificados [como se definen en el Reglamento (UE) nº 910/2014]
Se exige una garantía
Fecha de apertura: 2025-04-22 10:00:00 📅
Lugar: Acto Privado
Información complementaria: Acto Privado
Facturación electrónica: Obligatoria
Se utilizará el pago electrónico
Criterios de adjudicación
Tipo de ponderación: Ponderación (porcentaje, exacto)
Condiciones de la licitación
El contrato contiene condiciones de ejecución

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Depósitos y garantías exigidos:
Las establecidas en el Cuadro de Características del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
Según establezca el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación
Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
Las condiciones establecidas en el Cuadro de Características del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación

Autoridad contratante
Nombre y dirección
Nombre: Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
Número de registro nacional: Q2801660H
Departamento: Dirección de Compras y Contratación
Código postal: 28020
Ciudad postal: Madrid
Región: Madrid 🏙️
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: comprascontratacion@adif.es 📧
Teléfono: +34 917744804 📞
URL: https://www.adif.es 🌏
Terminal de intercambio de información (URL): https://www.contrataciondelestado.es/wps/portal/perfilContratante 🌏
Dirección del perfil de comprador: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma 🌏
Tipo de poder adjudicador
Organismo de Derecho público
Actividad principal
Servicios públicos generales
Comunicación
URL de los documentos: http://contrataciondelestado.es/wps/portal/perfilContratante 🌏
URL de participación: https://www.elicitadores.adif.es 🌏
Identificador de los fondos de la UE: Podrá ser cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). 2021-2027
Más información sobre los fondos de la UE:
Podrá ser cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). 2021-2027
Programa de fondos de la UE: Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) (2021/2027)
Presentación electrónica: Obligatoria

Información complementaria
Organismo responsable de los procedimientos de mediación
Nombre: Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
Número de registro nacional: Q2801660H
Departamento: Dirección de Compras y Contratación
Código postal: 28020
Ciudad postal: Madrid
Región: Madrid 🏙️
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: comprascontratacion@adif.es 📧
Teléfono: +34 917744804 📞
URL: https://www.adif.es 🌏
Terminal de intercambio de información (URL): https://www.contrataciondelestado.es/wps/portal/perfilContratante 🌏
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
Número de registro nacional: S2826042J
Código postal: 28071
Correo electrónico: tribunal_recursos.contratos@hacienda.gob.es 📧
Teléfono: +34 913491451 📞
URL: https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Contratacion/TACRC/Paginas/Tribunal%20Administrativo%20Central%20de%20Recursos%20Contractuales.aspx 🌏
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Igual que: Órgano de revisión
Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Fuente: OJS 2025/S 033-103589 (2025-02-14)
Anuncio de adjudicación de contrato (2025-08-26)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor estimado sin IVA: 468375.61 EUR 💰
Valor total de la contratación (IVA excluido): 316118.96 EUR 💰
Identificador de los fondos de la UE: Podrá ser cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). 2021-2027

Adjudicación del contrato
Se adjudica un contrato/lote
Número de identificación del lote: LOT-0003
Número de contrato: 3.25/06110.0016
Fecha de celebración del contrato: 2025-08-01 📅
Título: CONSULTORIA Y ASISTENCIA PARA EL CONTROL DE LAS OBRAS DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA ESTACION DE PARLA NORTE (MADRID). NUEVO VIAL DE ACCESO, ACONDICIONAMIENTO Y PUNTO DE CONEXIÓN A LA CARRETERA M-408 Y ACOMETIDAS
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 15
Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total del contrato/lote: 316118.96 EUR 💰
La oferta se ha posicionado
Clasificación en la lista de ganadores: 1
Identificador de la oferta: CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A.
Identificador del lote o el grupo de lotes: LOT-0003
Información sobre licitaciones
Nombre de la parte ofertante: Centro de estudios de materiales y control de obra, s.a.
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Centro de estudios de materiales y control de obra, s.a.
Número de registro nacional: A29021334
Código postal: 29004
Ciudad postal: Málaga
Región: Málaga 🏙️
País: España 🇪🇸
Tamaño del operador económico: Microempresa, pequeña empresa o mediana empresa
Fuente: OJS 2025/S 163-559016 (2025-08-26)
Anuncio de adjudicación de contrato (2026-07-01)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor total de la contratación (IVA excluido): 465239.51 EUR 💰

Adjudicación del contrato
Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total del contrato/lote: 465239.51 EUR 💰

Cambios
Otra información adicional
Dado que la fecha de finalización del contrato vence con anterioridad la fecha de finalización prevista de las obras de construcción, se precisa un aumento de plazo de cinco meses del Equipo de Ejecución para poder completar la finalización de los trabajos previstos, así como añadir las unidades necesarias para llevar a cabo el control de las obras contempladas en el contrato de Asistencia y Control de las obras. Para poder llevar a cabo el adecuado control y vigilancia de las obras, se hace necesario la tramitación de una modificación del contrato que recoja las nuevas necesidades de plazo y medios. El incremento de los servicios del contrato de Servicios de Asistencia Técnica para el Control de las Obras propuesto en esta modificación es un 29,32 % como modificación no prevista, respecto al presupuesto de adjudicación. Se enumeran las distintas razones técnicas que justifican que el cambio de la empresa CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A. no es posible para realizar estos servicios adicionales: 1. Continuidad de los servicios adicionales a la obra hasta su finalización. En el ámbito de la obra pública, los servicios de asistencia a la dirección de obra deben acompañar a ésta de forma ininterrumpida hasta su completa terminación, al ser dicho servicio imprescindible para la correcta ejecución de la propia obra. Se considera que el actual contratista es el único que puede realizar el servicio objeto del contrato asegurando la total continuidad del mismo y, con ello, asegurando igualmente la no interrupción de la obra a la que presta servicio. En caso de que no pudieran continuar prestándose estos servicios de consultoría y asistencia técnica a la dirección de esta obra, sería necesario suspender inmediatamente su ejecución, con los consiguientes perjuicios tanto para el interés público como perjuicios económicos, tales como eventuales devoluciones de fondos comunitarios, reclamaciones por sobrecostes y/o intereses de demora por suspensión de obra, retraso en la puesta en marcha de la infraestructura ferroviaria afectada y/o retrasos en la ejecución de otras obras relacionadas. 2. Continuidad del conocimiento experto sobre la ejecución de la obra. La empresa consultora responsable de la prestación de los referidos servicios de consultoría y asistencia técnica desde julio de 2025 hasta la actualidad, cuenta con el equipo que dispone del concreto conocimiento técnico requerido de todos los aspectos técnicos específicos relacionados con el control y seguimiento de las obras correspondientes al expediente, conocimientos adquiridos desde su inicio hasta la actualidad. 3. Garantía de control de riesgos para la seguridad de las obras y para la circulación viaria durante la ejecución de los servicios adicionales. A la complejidad técnica propia de un servicio de asistencia y control de obra -que puede apreciarse directamente revisando las múltiples prestaciones que forman parte de su objeto- hay que añadir que la obra en cuestión a la que se da asistencia se materializa con afección a una vía en servicio. Para el establecimiento del plazo de ejecución de este nuevo modificado se tiene en cuenta de hecho la necesidad de acompasar los trabajos pendientes con los trabajos de mantenimiento de la carretera de conexión. Se considera que CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A. puede garantizar el máximo control de riesgos para la seguridad exigibles conforme a la legislación aplicable y a la normativa interna de ADIF, riesgos existentes tanto en el marco de la ejecución de estas complejas obras como en el ámbito de la circulación en la vía en servicio que está afectada por la obra principal. 4.Garantía de responsabilidad única. El contenido y alcance de las prestaciones que se realizan en el marco de la consultoría y asistencia técnica a la dirección de obra reflejan bien su importancia para asegurar el pleno cumplimiento de las obligaciones de supervisión y control que tiene ADIF como poder adjudicador de los contratos de obra pública: aseguramiento de la calidad, control y supervisión de la ejecución, control de plazos y materiales, control presupuestario, etc. La única alternativa existente para garantizar que esas obligaciones de supervisión y control técnico-económico se cumplen durante y hasta la total terminación de la obra y liquidación completa del contrato correspondiente, es asegurar que sea la misma empresa la que realice de forma completa todo el control y seguimiento técnico de la obra. Así mismo, la única forma de garantizar que se asuma una plena y completa responsabilidad técnica por la realización de todas las tareas de supervisión y control de obra es que sea la misma empresa quien las realice desde el comienzo de la obra hasta su finalización. Por tanto, se considera que la única empresa que asegura esta garantía de responsabilidad técnica es CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A., no siendo posible el cambio de contratista. En conclusión, las anteriores razones técnicas permiten afirmar que las actuaciones adicionales incluidas en esta modificación, referidas a la ampliación de los meses de prestación de los servicios de vigilancia al control de las obras, hacen inviable un cambio del contratista, porque objetivamente solo existe una empresa que puede encargarse del seguimiento de la ejecución de las obras. Por tanto, se considera que concurren los requisitos establecidos por el artículo 205 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público para considerar que por las razones técnicas anteriormente indicadas hacen que el cambio de contratista no es posible para realizar los servicios adicionales objeto de la presente modificación, por lo que han de ser realizados por CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A.
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Principal motivo de la modificación: Necesidad de obras, servicios o suministros adicionales por parte del contratista original.
Texto que debe corregirse en el anuncio original
Número de sección: ORG-0001
Nuevo valor
Texto:
Dado que la fecha de finalización del contrato vence con anterioridad la fecha de finalización prevista de las obras de construcción, se precisa un aumento de plazo de cinco meses del Equipo de Ejecución para poder completar la finalización de los trabajos previstos, así como añadir las unidades necesarias para llevar a cabo el control de las obras contempladas en el contrato de Asistencia y Control de las obras. Para poder llevar a cabo el adecuado control y vigilancia de las obras, se hace necesario la tramitación de una modificación del contrato que recoja las nuevas necesidades de plazo y medios. El incremento de los servicios del contrato de Servicios de Asistencia Técnica para el Control de las Obras propuesto en esta modificación es un 29,32 % como modificación no prevista, respecto al presupuesto de adjudicación. Se enumeran las distintas razones técnicas que justifican que el cambio de la empresa CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A. no es posible para realizar estos servicios adicionales: 1. Continuidad de los servicios adicionales a la obra hasta su finalización. En el ámbito de la obra pública, los servicios de asistencia a la dirección de obra deben acompañar a ésta de forma ininterrumpida hasta su completa terminación, al ser dicho servicio imprescindible para la correcta ejecución de la propia obra. Se considera que el actual contratista es el único que puede realizar el servicio objeto del contrato asegurando la total continuidad del mismo y, con ello, asegurando igualmente la no interrupción de la obra a la que presta servicio. En caso de que no pudieran continuar prestándose estos servicios de consultoría y asistencia técnica a la dirección de esta obra, sería necesario suspender inmediatamente su ejecución, con los consiguientes perjuicios tanto para el interés público como perjuicios económicos, tales como eventuales devoluciones de fondos comunitarios, reclamaciones por sobrecostes y/o intereses de demora por suspensión de obra, retraso en la puesta en marcha de la infraestructura ferroviaria afectada y/o retrasos en la ejecución de otras obras relacionadas. 2. Continuidad del conocimiento experto sobre la ejecución de la obra. La empresa consultora responsable de la prestación de los referidos servicios de consultoría y asistencia técnica desde julio de 2025 hasta la actualidad, cuenta con el equipo que dispone del concreto conocimiento técnico requerido de todos los aspectos técnicos específicos relacionados con el control y seguimiento de las obras correspondientes al expediente, conocimientos adquiridos desde su inicio hasta la actualidad. 3. Garantía de control de riesgos para la seguridad de las obras y para la circulación viaria durante la ejecución de los servicios adicionales. A la complejidad técnica propia de un servicio de asistencia y control de obra -que puede apreciarse directamente revisando las múltiples prestaciones que forman parte de su objeto- hay que añadir que la obra en cuestión a la que se da asistencia se materializa con afección a una vía en servicio. Para el establecimiento del plazo de ejecución de este nuevo modificado se tiene en cuenta de hecho la necesidad de acompasar los trabajos pendientes con los trabajos de mantenimiento de la carretera de conexión. Se considera que CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A. puede garantizar el máximo control de riesgos para la seguridad exigibles conforme a la legislación aplicable y a la normativa interna de ADIF, riesgos existentes tanto en el marco de la ejecución de estas complejas obras como en el ámbito de la circulación en la vía en servicio que está afectada por la obra principal. 4.Garantía de responsabilidad única. El contenido y alcance de las prestaciones que se realizan en el marco de la consultoría y asistencia técnica a la dirección de obra reflejan bien su importancia para asegurar el pleno cumplimiento de las obligaciones de supervisión y control que tiene ADIF como poder adjudicador de los contratos de obra pública: aseguramiento de la calidad, control y supervisión de la ejecución, control de plazos y materiales, control presupuestario, etc. La única alternativa existente para garantizar que esas obligaciones de supervisión y control técnico-económico se cumplen durante y hasta la total terminación de la obra y liquidación completa del contrato correspondiente, es asegurar que sea la misma empresa la que realice de forma completa todo el control y seguimiento técnico de la obra. Así mismo, la única forma de garantizar que se asuma una plena y completa responsabilidad técnica por la realización de todas las tareas de supervisión y control de obra es que sea la misma empresa quien las realice desde el comienzo de la obra hasta su finalización. Por tanto, se considera que la única empresa que asegura esta garantía de responsabilidad técnica es CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A., no siendo posible el cambio de contratista. En conclusión, las anteriores razones técnicas permiten afirmar que las actuaciones adicionales incluidas en esta modificación, referidas a la ampliación de los meses de prestación de los servicios de vigilancia al control de las obras, hacen inviable un cambio del contratista, porque objetivamente solo existe una empresa que puede encargarse del seguimiento de la ejecución de las obras. Por tanto, se considera que concurren los requisitos establecidos por el artículo 205 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público para considerar que por las razones técnicas anteriormente indicadas hacen que el cambio de contratista no es posible para realizar los servicios adicionales objeto de la presente modificación, por lo que han de ser realizados por CENTRO DE ESTUDIOS DE MATERIALES Y CONTROL DE OBRA, S.A.
Ver más
Fuente: OJS 2026/S 125-456624 (2026-07-01)