Información complementaria
Se establecen condiciones especiales de ejecución de tipo social:
1) Favorecer la estabilidad de la ocupación y la aplicación de medidas que fomenten la igualdad de oportunidades
entre hombres y mujeres en el trabajo.
2) Adoptar durante la ejecución del contrato medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, así como
el acoso por razón de sexo.
3) Emplear en toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del
contrato un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos
sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y
pluralidad de roles e identidades de género.
4) El contratista estará obligado a cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos personales,
incluyendo el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016(Reglamento General de Protección de Datos- RGPD), así como la legislación nacional aplicable en la materia.
5) Garantizar la no reducción unilateral de las condiciones de trabajo del personal adscrito al contrato que estén
contempladas en el convenio o pacto aplicable en el momento de adjudicación del mismo.
6) Presentar al final de cada trimestre de ejecución del contrato un informe relativo a todas las medidas
que se hayan llevado a cabo durante este periodo en pro de la responsabilidad social señaladas en este
apartado.
Se establecen condiciones especiales de ejecución de tipo medioambiental:
1) Promover el reciclado de productos y el uso de envases reutilizables.
2) Presentar al final de cada trimestre de ejecución del contrato un informe relativo a todas las medidas
que se hayan llevado a cabo durante este periodo en pro de la responsabilidad social señaladas en este
apartado.