Acuerdo marco para el servicio de taxi o similar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria e institutos de secundaria, situados mayoritariamente en el Baix Penedès
El objeto de este procedimiento es seleccionar las empresas que podrán prestar el servicio de transporte escolar, en la modalidad de taxi o similar, en el Consell Comarcal del Baix Penedès. En sustancia, el servicio a contratar consiste en atender el transporte escolar, en modalidad de taxi o similar (turismos en la modalidad de alquiler con conductor), de los menores de edad dentro del periodo lectivo escolar, tanto con vehículos adaptados con acompañante, como con vehículos ordinarios con o sin acompañante, a fin de implementar políticas de integración de la vida laboral y familiar, así como servir de medida para facilitar la escolarización de los alumnos
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2023-07-21.
La contratación se publicó en 2023-06-19.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Anuncio de licitación (2023-06-19) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios de taxi
Número de referencia: 2295/2023
Breve descripción:
El objeto de este procedimiento es seleccionar las empresas que podrán prestar el servicio de transporte escolar, en la modalidad de taxi o similar, en el Consell Comarcal del Baix Penedès. En sustancia, el servicio a contratar consiste en atender el transporte escolar, en modalidad de taxi o similar (turismos en la modalidad de alquiler con conductor), de los menores de edad dentro del periodo lectivo escolar, tanto con vehículos adaptados con acompañante, como con vehículos ordinarios con o sin acompañante, a fin de implementar políticas de integración de la vida laboral y familiar, así como servir de medida para facilitar la escolarización de los alumnos
El objeto de este procedimiento es seleccionar las empresas que podrán prestar el servicio de transporte escolar, en la modalidad de taxi o similar, en el Consell Comarcal del Baix Penedès. En sustancia, el servicio a contratar consiste en atender el transporte escolar, en modalidad de taxi o similar (turismos en la modalidad de alquiler con conductor), de los menores de edad dentro del periodo lectivo escolar, tanto con vehículos adaptados con acompañante, como con vehículos ordinarios con o sin acompañante, a fin de implementar políticas de integración de la vida laboral y familiar, así como servir de medida para facilitar la escolarización de los alumnos
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de taxi📦 Lugar de ejecución
Región NUTS: Tarragona
🏙️
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2023-06-19 📅
Fecha límite de presentación: 2023-07-21 📅
Fecha de publicación: 2023-06-22 📅
Fecha de inicio: 2023-09-06 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2023/S 119-377007
Número del DO-S: 119
Información complementaria
Esta fecha es aproximada. La fecha concreta de apertura se publicará en el perfil del contratante.
Objeto Alcance de la contratación
Valor total estimado: 390800.10 EUR 💰
Breve descripción:
La tipología de los servicios que constituyen el objeto del acuerdo marco se identifica a partir del vocabulario común de contratos públicos (CPV), Reglamento (CE) 213/2008, por el que se modifica el Reglamento 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo que aprueba el vocabulario común de contratos públicos (CPV) y la Directiva 2014/24 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo de contratación, en lo referente a la revisión del CPV: 60120000-5 Servicios de taxi.
La tipología de los servicios que constituyen el objeto del acuerdo marco se identifica a partir del vocabulario común de contratos públicos (CPV), Reglamento (CE) 213/2008, por el que se modifica el Reglamento 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo que aprueba el vocabulario común de contratos públicos (CPV) y la Directiva 2014/24 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo de contratación, en lo referente a la revisión del CPV: 60120000-5 Servicios de taxi.
El acuerdo marco pretende homologar un mínimo de TRES (3) y un máximo de diez (10) empresas capaces de prestar el servicio. En este sentido, cuando presenten sus proposiciones harán constar de que disponen de autorización administrativa de transporte público (VT o VTC) para la prestación del servicio interurbano de taxi o similar, que aceptan el rango máximo de precios previsto para cada línea, la matrícula del vehículo que adscriben, número de plazas disponibles (incluida la persona que conduce), tipología ambiental, antigüedad y accesibilidad (adaptado) del vehículo.
El acuerdo marco pretende homologar un mínimo de TRES (3) y un máximo de diez (10) empresas capaces de prestar el servicio. En este sentido, cuando presenten sus proposiciones harán constar de que disponen de autorización administrativa de transporte público (VT o VTC) para la prestación del servicio interurbano de taxi o similar, que aceptan el rango máximo de precios previsto para cada línea, la matrícula del vehículo que adscriben, número de plazas disponibles (incluida la persona que conduce), tipología ambiental, antigüedad y accesibilidad (adaptado) del vehículo.
El acuerdo marco determina el número y tipología de cada línea, que en la contratación basada equivaldrá a un lote. Las líneas objeto del acuerdo marco están relacionadas en el PPTP, prescripción técnica núm. 2. Sin embargo, la ruta concreta puede variar en función de las necesidades del servicio, manteniéndose dentro de la tipología establecida. Si esta tipología debiera variarse se aplicaría el procedimiento de modificación previsto en la cláusula 7.6 del PCAP
El acuerdo marco determina el número y tipología de cada línea, que en la contratación basada equivaldrá a un lote. Las líneas objeto del acuerdo marco están relacionadas en el PPTP, prescripción técnica núm. 2. Sin embargo, la ruta concreta puede variar en función de las necesidades del servicio, manteniéndose dentro de la tipología establecida. Si esta tipología debiera variarse se aplicaría el procedimiento de modificación previsto en la cláusula 7.6 del PCAP
Valor estimado sin IVA: 390800.10 EUR 💰
Descripción de las renovaciones: Sí, cursos 2025-2026 i 2026-2027
Descripción de las opciones:
Por razones de interés público y disponiendo de crédito presupuestario, se podrán introducir las siguientes modificaciones [Art. 202 a 206 LCSP]:
• Previstas, con el límite del 20% del precio inicial con el siguiente detalle:
- Ampliación, disminución, de las rutas de servicio, con motivo del aumento o disminución del alumnado usuario del servicio.
- Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio.
- Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas.
• El precio unitario será el mismo resultante de la adjudicación del contrato. No forman parte del cómputo de esta modificación, la variación que durante la correcta ejecución de la prestación se produzca en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previsiones del contrato, hasta el límite de gasto del 10% [Art. 309.1 LCSP].
• El precio unitario será el mismo resultante de la adjudicación del contrato. No forman parte del cómputo de esta modificación, la variación que durante la correcta ejecución de la prestación se produzca en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previsiones del contrato, hasta el límite de gasto del 10% [Art. 309.1 LCSP].
Procedimiento
Base jurídica: 32014L0024
Número de participantes previsto: 10
Hora de recepción de las ofertas: 14:00
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: catalán 🗣️
español 🗣️
Fecha de apertura de ofertas: 2023-07-28 📅
Hora de apertura de ofertas: 10:00
Información complementaria:
Esta fecha es aproximada. La fecha concreta de apertura se publicará en el perfil del contratante.
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público
Dirección postal: Via Laietana, 14
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08003
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 938876200📞
Fax: +34 932681125 📠
Dirección de internet: http://tribunaldecontractes.gencat.cat/🌏
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Anuncio de adjudicación de contrato (2025-03-24) Objeto Alcance de la contratación
Título: Acuerdo marco para el servicio de taxi o similar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria e institutos de secundaria, situados mayoritariamente en el Baix Penedès
Número de referencia: 2295/2023
Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios de taxi📦
Valor estimado sin IVA: 390800.1 EUR 💰
Valor total de la contratación (IVA excluido): 390800.1 EUR (framework approximate) 💰
Descripción
Descripción de la contratación:
La tipología de los servicios que constituyen el objeto del acuerdo marco se identifica a partir del vocabulario común de contratos públicos (CPV), Reglamento (CE) 213/2008, por el que se modifica el Reglamento 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo que aprueba el vocabulario común de contratos públicos (CPV) y la Directiva 2014/24 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo de contratación, en lo referente a la revisión del CPV: 60120000-5 Servicios de taxi. El acuerdo marco pretende homologar un mínimo de TRES (3) y un máximo de diez (10) empresas capaces de prestar el servicio. En este sentido, cuando presenten sus proposiciones harán constar de que disponen de autorización administrativa de transporte público (VT o VTC) para la prestación del servicio interurbano de taxi o similar, que aceptan el rango máximo de precios previsto para cada línea, la matrícula del vehículo que adscriben, número de plazas disponibles (incluida la persona que conduce), tipología ambiental, antigüedad y accesibilidad (adaptado) del vehículo. El acuerdo marco determina el número y tipología de cada línea, que en la contratación basada equivaldrá a un lote. Las líneas objeto del acuerdo marco están relacionadas en el PPTP, prescripción técnica núm. 2. Sin embargo, la ruta concreta puede variar en función de las necesidades del servicio, manteniéndose dentro de la tipología establecida. Si esta tipología debiera variarse se aplicaría el procedimiento de modificación previsto en la cláusula 7.6 del PCAP
La tipología de los servicios que constituyen el objeto del acuerdo marco se identifica a partir del vocabulario común de contratos públicos (CPV), Reglamento (CE) 213/2008, por el que se modifica el Reglamento 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo que aprueba el vocabulario común de contratos públicos (CPV) y la Directiva 2014/24 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo de contratación, en lo referente a la revisión del CPV: 60120000-5 Servicios de taxi. El acuerdo marco pretende homologar un mínimo de TRES (3) y un máximo de diez (10) empresas capaces de prestar el servicio. En este sentido, cuando presenten sus proposiciones harán constar de que disponen de autorización administrativa de transporte público (VT o VTC) para la prestación del servicio interurbano de taxi o similar, que aceptan el rango máximo de precios previsto para cada línea, la matrícula del vehículo que adscriben, número de plazas disponibles (incluida la persona que conduce), tipología ambiental, antigüedad y accesibilidad (adaptado) del vehículo. El acuerdo marco determina el número y tipología de cada línea, que en la contratación basada equivaldrá a un lote. Las líneas objeto del acuerdo marco están relacionadas en el PPTP, prescripción técnica núm. 2. Sin embargo, la ruta concreta puede variar en función de las necesidades del servicio, manteniéndose dentro de la tipología establecida. Si esta tipología debiera variarse se aplicaría el procedimiento de modificación previsto en la cláusula 7.6 del PCAP
País: España 🇪🇸
Lugar de ejecución: Tarragona
🏙️ Duración
Fecha de inicio: 2023-09-06 📅
Fecha final: 2099-12-31 📅
Descripción
Número máximo de renovaciones: 0
Información sobre opciones
Opciones ✅
Descripción de las opciones:
Por razones de interés público y disponiendo de crédito presupuestario, se podrán introducir las siguientes modificaciones [Art. 202 a 206 LCSP]: • Previstas, con el límite del 20% del precio inicial con el siguiente detalle: - Ampliación, disminución, de las rutas de servicio, con motivo del aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. - Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. - Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. • El precio unitario será el mismo resultante de la adjudicación del contrato. No forman parte del cómputo de esta modificación, la variación que durante la correcta ejecución de la prestación se produzca en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previsiones del contrato, hasta el límite de gasto del 10% [Art. 309.1 LCSP].
Por razones de interés público y disponiendo de crédito presupuestario, se podrán introducir las siguientes modificaciones [Art. 202 a 206 LCSP]: • Previstas, con el límite del 20% del precio inicial con el siguiente detalle: - Ampliación, disminución, de las rutas de servicio, con motivo del aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. - Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. - Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. • El precio unitario será el mismo resultante de la adjudicación del contrato. No forman parte del cómputo de esta modificación, la variación que durante la correcta ejecución de la prestación se produzca en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previsiones del contrato, hasta el límite de gasto del 10% [Art. 309.1 LCSP].
Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre): Mayor numero de plazas diponibles
Criterio de calidad (ponderación): 40
Criterio de calidad (nombre): Distintivo ambiental de los vehiculos
Criterio de calidad (ponderación): 30
Criterio de calidad (nombre): Menor antigüedad de los vehículos
Título
Número de identificación del lote: LOT-0000
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto ✅
Base jurídica: Directiva 2014/24/UE
Información sobre un acuerdo marco o un sistema dinámico de adquisición
Acuerdo marco con varios operadores ✅ Criterios de adjudicación
Tipo de ponderación: Ponderación (puntos, exacto)
Adjudicación del contrato
Se adjudica un contrato/lote ✅
Número de identificación del lote: LOT-0000
Número de contrato: 2295/2023
Fecha de celebración del contrato: 2023-10-16 📅
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 4
Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Nuevo valor estimado del acuerdo marco: 390800.1 EUR 💰
Identificador de la oferta: Autolux serveis integrals de transport SLU
Identificador del lote o el grupo de lotes: LOT-0000 Información sobre licitaciones
Nombre de la parte ofertante: Autolux Serveis integrals de transport SLU
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Autolux serveis integrals de transport SLU
Número de registro nacional: B43820729
Código postal: 08720
Ciudad postal: Vilafranca del Penedès
Región: Tarragona
🏙️
País: España 🇪🇸
Tamaño del operador económico: Microempresa, pequeña empresa o mediana empresa
Identificador de la oferta: Fco. Javier García Manrique Información sobre licitaciones
Nombre de la parte ofertante: Fco. Javier García Manrique
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Fco. Javier García Manrique
Número de registro nacional: Fco.Javier García Manrique.
Código postal: 43719
Ciudad postal: Bellvei
Identificador de la oferta: Taxi Eduardo Aiguaviva Betrian Información sobre licitaciones
Nombre de la parte ofertante: Taxi Eduardo Aiguaviva Betrian
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Taxi Eduardo Aiguaviva Betrian
Número de registro nacional: Taxi Eduardo Aiguaviva Betrian
Código postal: 43883
Ciudad postal: Roda de Bara
Identificador de la oferta: Autocars i taxis Urpí, S.L. Información sobre licitaciones
Nombre de la parte ofertante: Autocars i taxi Urpí SL
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Autocars i taxis Urpí, S.L.
Número de registro nacional: B43538271
Código postal: 43700
Ciudad postal: el Vendrell
Información complementaria Órgano de revisión
Número de registro nacional: Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público
Región: Barcelona
🏙️
URL: http://tribunaldecontractes.gencat.cat/🌏 Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: Via Laietana, 14
Código postal: 08003
Fax: +34 932681125 📠 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.