Contratación de un servicio de prevención ajeno para desarrollar la especialidad preventiva de medicina del trabajo (prevención y vigilancia de la salud) del personal empleado público de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
El presente pliego tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones técnicas para la contratación de las actividades preventivas de Medicina del Trabajo en cuanto a Prevención y Vigilancia de la Salud: • Al amparo de lo establecido en el artículo 15.4 del Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, al no estar asumida dicha disciplina por el Servicio de Prevención Propio de la Confederación Hidrográfica del Tajo. • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 apartado 3 del mismo Real Decreto 39/1997. • De conformidad con los Artículos 14.1 y 22 de la LPRL. • Sometida a los Protocolos de vigilancia sanitaria específica elaborados por el Ministerio de Sanidad, sociedades científicas, entidades acreditadas u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador. • De acuerdo con cualquier otra normativa legal, que sea de aplicación y sus modificaciones normativas posteriores. Debido a que la citada Ley 31/95, LPRL, es una ley de mínimos, se incluyen en la actividad a realizar reconocimientos ginecológicos y uroprostáticos que han demostrado su eficacia en la detección de problemas de salud importantes. Esto supone un valor añadido a la actividad preventiva, la concienciación de la plantilla en materia de salud, así como el fomento de su participación. Por todo ello, la Confederación Hidrográfica del Tajo debe establecer las medidas de vigilancia de la salud colectiva y realizar los exámenes de salud individuales necesarios para controlar los posibles daños para la salud del personal empleado público y garantizar a sus trabajadores la vigilancia periódica y voluntaria de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Todo ello según se detalla en el PPT.
Anuncio de licitación (2026-04-28) Objeto Alcance de la contratación
Título: Contratación de un servicio de prevención ajeno para desarrollar la especialidad preventiva de medicina del trabajo (prevención y vigilancia de la salud) del personal empleado público de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
Número de referencia: 25SG0125/NE
Breve descripción:
“El presente pliego tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones técnicas para la contratación de las actividades preventivas de Medicina del...”
Breve descripción
El presente pliego tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones técnicas para la contratación de las actividades preventivas de Medicina del Trabajo en cuanto a Prevención y Vigilancia de la Salud:
• Al amparo de lo establecido en el artículo 15.4 del Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, al no estar asumida dicha disciplina por el Servicio de Prevención Propio de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
• De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 apartado 3 del mismo Real Decreto 39/1997.
• De conformidad con los Artículos 14.1 y 22 de la LPRL.
• Sometida a los Protocolos de vigilancia sanitaria específica elaborados por el Ministerio de Sanidad, sociedades científicas, entidades acreditadas u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador.
• De acuerdo con cualquier otra normativa legal, que sea de aplicación y sus modificaciones normativas posteriores.
Debido a que la citada Ley 31/95, LPRL, es una ley de mínimos, se incluyen en la actividad a realizar reconocimientos ginecológicos y uroprostáticos que han demostrado su eficacia en la detección de problemas de salud importantes. Esto supone un valor añadido a la actividad preventiva, la concienciación de la plantilla en materia de salud, así como el fomento de su participación. Por todo ello, la Confederación Hidrográfica del Tajo debe establecer las medidas de vigilancia de la salud colectiva y realizar los exámenes de salud individuales necesarios para controlar los posibles daños para la salud del personal empleado público y garantizar a sus trabajadores la vigilancia periódica y voluntaria de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Todo ello según se detalla en el PPT.
Ver más
Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios de salud📦
Valor estimado sin IVA: 766645.6 EUR 💰
Descripción
Descripción de la contratación:
“El presente pliego tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones técnicas para la contratación de las actividades preventivas de Medicina del...”
Descripción de la contratación
El presente pliego tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones técnicas para la contratación de las actividades preventivas de Medicina del Trabajo en cuanto a Prevención y Vigilancia de la Salud:
• Al amparo de lo establecido en el artículo 15.4 del Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, al no estar asumida dicha disciplina por el Servicio de Prevención Propio de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
• De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 apartado 3 del mismo Real Decreto 39/1997.
• De conformidad con los Artículos 14.1 y 22 de la LPRL.
• Sometida a los Protocolos de vigilancia sanitaria específica elaborados por el Ministerio de Sanidad, sociedades científicas, entidades acreditadas u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador.
• De acuerdo con cualquier otra normativa legal, que sea de aplicación y sus modificaciones normativas posteriores.
Debido a que la citada Ley 31/95, LPRL, es una ley de mínimos, se incluyen en la actividad a realizar reconocimientos ginecológicos y uroprostáticos que han demostrado su eficacia en la detección de problemas de salud importantes. Esto supone un valor añadido a la actividad preventiva, la concienciación de la plantilla en materia de salud, así como el fomento de su participación. Por todo ello, la Confederación Hidrográfica del Tajo debe establecer las medidas de vigilancia de la salud colectiva y realizar los exámenes de salud individuales necesarios para controlar los posibles daños para la salud del personal empleado público y garantizar a sus trabajadores la vigilancia periódica y voluntaria de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Todo ello según se detalla en el PPT.
Ver más
Productos/servicios adicionales: Servicios de formación en materia de salud y primeros auxilios📦
Lugar de ejecución: Madrid🏙️
Duración: 24 (MONTH)
El plazo que figura a continuación se expresa en número de meses.
Criterios de adjudicación
Precio ✅
Precio (ponderación): 100
Título
Número de identificación del lote: LOT-0000
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto ✅ Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2026-06-04 14:00:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas: 2026-06-09 10:00:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar): Videocnferencia
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Lista y breve descripción de las normas y criterios:
“Otros” Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
“Según el apartado 29 del Cuadro del Cuadro de Características del PCAP.”
Información complementaria Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“15 días hábiles” Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Fuente: OJS 2026/S 083-295394 (2026-04-28)