Lista y breve descripción de las afecciones
ConDiciones especiales de ejecución:
• De carácter social: mantenimiento de las condiciones laborales de las personas que
ejecutan el contrato durante todo el periodo contractual. La empresa contratista debe
mantener, durante la vigencia del contrato, las condiciones laborales y sociales de las
personas trabajadoras ocupadas en la ejecución del contrato, fijadas en el momento de
presentar la oferta, según el convenio que sea de aplicación.
• Plazos de ejecución: Cumplimiento de los plazos de ejecución con la periodicidad y
condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
• El cumplimiento de todos los compromisos asumidos por la empresa adjudicataria en la
oferta que haya presentado.
• El mantenimiento de las condiciones laborales y sociales fijadas en el momento de
presentar la oferta, según el convenio que sea de aplicación, de las personas que ejecutan
el Contrato durante toda la ejecución de este.
• Las obligaciones previstas en el apartado 30.2 relativas a la cláusula ética.
• La empresa contratista y también, en su caso, la empresa o empresas subcontratistas,
deben cumplir las obligaciones de información previstas en el artículo 8.2 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Condiciones especiales relativas a seguros de responsabilidad civil:
Sí. Se requiere al adjudicatario que se obligue a contratar y mantener en vigor durante la vigencia
del contrato un seguro de responsabilidad civil profesional suficiente para garantizar las
obligaciones frente a terceros y frente al IREC derivada de la ejecución de los servicios y trabajos
objeto del contrato.
El adjudicatario deberá presentar certificación expedida por la aseguradora, donde se haga
constar de manera expresa:
• Las coberturas/garantías y límites de indemnización contratados.
• La cobertura de las tareas a realizar objeto de la licitación.
• El hecho de estar al corriente de pago de la póliza.
Se advierte que no se aceptará ninguna póliza en sustitución del requerido certificado. En caso
de que el IREC estime que las coberturas/garantías y/o límites certificados puedan ser
insuficientes, podrá requerir al adjudicatario realizar las modificaciones de mejora adecuadas