Servicio de gestión del Programa de Promoción Personal y Comunitaria que se desarrolla desde el Servicio de Acción Social en la Provincia de Segovia (excluída la capital y sus barrios incorporados).
Se trata de un servicio público que conlleva prestaciones a favor de la ciudadanía, siendo obligatoria su prestación por esta Diputación en su correspondiente ámbito provincial, por ser la entidad competente al tener encomendada la prestación, junto con la Administración Regional, de los Servicios Sociales conforme a lodispuesto en el artículo 36.1 de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local en relación con el artículo 45 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León: - Artículo 36.1 de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local : “son competencias propias de la Diputación las que atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores públicos” . - Artículo 45, Ley Servicios Sociales CyL, (Ley Sectorial de SS.SS.) “son competentes en materia de servicios sociales la Comunidad de Castilla y León, los Municipios con población superior a 20.000 habitantes y las Provincias, que ejercerán sus competencias en los Municipios con población igual o inferior a 20.000 habitantes”. - Articulo 36.1 d) de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local: Competencia de las Diputaciones “La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial”. Concretamente, la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales en Castilla y León destaca entre sus principios el de promover y facilitar la participación comunitaria y de las personas, y entiende la prevención como uno de los principios que han de regir el sistema de servicios sociales, actuando preferentemente sobre las causas de los problemas sociales, considerando prioritarias las acciones preventivas y atendiendo el enfoque comunitario de las intervenciones sociales. Esta iniciativa se materializa en la Diputación de Segovia a través de los Planes Locales de Acción Social I (2005-2008) y II (2011-2015), en el que la línea de actuación número 5 “potenciación de la intervención comunitaria y preventiva”, propone entre sus medidas de actuación, adaptar los Proyectos de Promoción Personal a las necesidades de los usuarios y usuarias de cada territorio, incrementando su carácter preventivo. En esta misma línea, la misión de los Servicios Sociales de esta Diputación contenida en la Estrategia 20.20, aprobada por Acuerdo de Pleno 2.2, de 31 de marzo de 2016, es “Promover, proteger y apoyar la interacción de las personas con su entorno social y, por tanto, su autonomía funcional, su integración familiar y su integración comunitaria en el municipio en el que residen”, para lo cual torna esencial el diseño y desarrollo de programas vinculados con la actuación social y comunitaria realizados desde los CEAS, cual es el caso del Programa de Promoción Personal. Éste constituye una herramienta de apoyo a la intervención, a disposición de los técnicos, cuyo objetivo principal es favorecer la inclusión y promoción social, y prevenir los factores generadores de desigualdad y situaciones de riesgo de exclusión social, entre los individuos, grupos y/o comunidades con sus necesidades propias y específicas.
Anuncio de licitación (2026-04-16) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicio de gestión del Programa de Promoción Personal y Comunitaria que se desarrolla desde el Servicio de Acción Social en la Provincia de Segovia (excluída la capital y sus barrios incorporados).
Número de referencia: 3506/2026
Breve descripción:
“Se trata de un servicio público que conlleva prestaciones a favor de la ciudadanía, siendo obligatoria su prestación por esta Diputación en su...”
Breve descripción
Se trata de un servicio público que conlleva prestaciones a favor de la ciudadanía, siendo obligatoria su prestación por esta Diputación en su correspondiente ámbito provincial, por ser la entidad competente al tener encomendada la prestación, junto con la Administración Regional, de los Servicios Sociales conforme a lodispuesto en el artículo 36.1 de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local en relación con el artículo 45 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León:
- Artículo 36.1 de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local : “son competencias propias de la Diputación las que atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores públicos” .
- Artículo 45, Ley Servicios Sociales CyL, (Ley Sectorial de SS.SS.) “son competentes en materia de servicios sociales la Comunidad de Castilla y León, los Municipios con población superior a 20.000 habitantes y las Provincias, que ejercerán sus competencias en los Municipios con población igual o inferior a 20.000 habitantes”.
- Articulo 36.1 d) de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local: Competencia de las Diputaciones “La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial”.
Concretamente, la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales en Castilla y León destaca entre sus principios el de promover y facilitar la participación comunitaria y de las personas, y entiende la prevención como uno de los principios que han de regir el sistema de servicios sociales, actuando preferentemente sobre las causas de los problemas sociales, considerando prioritarias las acciones preventivas y atendiendo el enfoque comunitario de las intervenciones sociales. Esta iniciativa se materializa en la Diputación de Segovia a través de los Planes Locales de Acción Social I (2005-2008) y II (2011-2015), en el que la línea de actuación número 5 “potenciación de la intervención comunitaria y preventiva”, propone entre sus medidas de actuación, adaptar los Proyectos de Promoción Personal a las necesidades de los usuarios y usuarias de cada territorio, incrementando su carácter preventivo. En esta misma línea, la misión de los Servicios Sociales de esta Diputación contenida en la Estrategia 20.20, aprobada por Acuerdo de Pleno 2.2, de 31 de marzo de 2016, es “Promover, proteger y apoyar la interacción de las personas con su entorno social y, por tanto, su autonomía funcional, su integración familiar y su integración comunitaria en el municipio en el que residen”, para lo cual torna esencial el diseño y desarrollo de programas vinculados con la actuación social y comunitaria realizados desde los CEAS, cual es el caso del Programa de Promoción Personal.
Éste constituye una herramienta de apoyo a la intervención, a disposición de los técnicos, cuyo objetivo principal es favorecer la inclusión y promoción social, y prevenir los factores generadores de desigualdad y situaciones de riesgo de exclusión social, entre los individuos, grupos y/o comunidades con sus necesidades propias y específicas.
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Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios de asistencia social y servicios conexos📦
Valor estimado sin IVA: 3563390.98 EUR 💰
Descripción
Descripción de la contratación:
“Se trata de un servicio público que conlleva prestaciones a favor de la ciudadanía, siendo obligatoria su prestación por esta Diputación en su...”
Descripción de la contratación
Se trata de un servicio público que conlleva prestaciones a favor de la ciudadanía, siendo obligatoria su prestación por esta Diputación en su correspondiente ámbito provincial, por ser la entidad competente al tener encomendada la prestación, junto con la Administración Regional, de los Servicios Sociales conforme a lodispuesto en el artículo 36.1 de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local en relación con el artículo 45 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León:
- Artículo 36.1 de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local : “son competencias propias de la Diputación las que atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores públicos” .
- Artículo 45, Ley Servicios Sociales CyL, (Ley Sectorial de SS.SS.) “son competentes en materia de servicios sociales la Comunidad de Castilla y León, los Municipios con población superior a 20.000 habitantes y las Provincias, que ejercerán sus competencias en los Municipios con población igual o inferior a 20.000 habitantes”.
- Articulo 36.1 d) de la Ley de Bases reguladoras del Régimen Local: Competencia de las Diputaciones “La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial”.
Concretamente, la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales en Castilla y León destaca entre sus principios el de promover y facilitar la participación comunitaria y de las personas, y entiende la prevención como uno de los principios que han de regir el sistema de servicios sociales, actuando preferentemente sobre las causas de los problemas sociales, considerando prioritarias las acciones preventivas y atendiendo el enfoque comunitario de las intervenciones sociales. Esta iniciativa se materializa en la Diputación de Segovia a través de los Planes Locales de Acción Social I (2005-2008) y II (2011-2015), en el que la línea de actuación número 5 “potenciación de la intervención comunitaria y preventiva”, propone entre sus medidas de actuación, adaptar los Proyectos de Promoción Personal a las necesidades de los usuarios y usuarias de cada territorio, incrementando su carácter preventivo. En esta misma línea, la misión de los Servicios Sociales de esta Diputación contenida en la Estrategia 20.20, aprobada por Acuerdo de Pleno 2.2, de 31 de marzo de 2016, es “Promover, proteger y apoyar la interacción de las personas con su entorno social y, por tanto, su autonomía funcional, su integración familiar y su integración comunitaria en el municipio en el que residen”, para lo cual torna esencial el diseño y desarrollo de programas vinculados con la actuación social y comunitaria realizados desde los CEAS, cual es el caso del Programa de Promoción Personal.
Éste constituye una herramienta de apoyo a la intervención, a disposición de los técnicos, cuyo objetivo principal es favorecer la inclusión y promoción social, y prevenir los factores generadores de desigualdad y situaciones de riesgo de exclusión social, entre los individuos, grupos y/o comunidades con sus necesidades propias y específicas.
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Lugar de ejecución: Segovia🏙️
Duración: 2 (YEAR)
El plazo que figura a continuación se expresa en número de años.
Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre): Contratación de una persona con perfil Auxiliar Administrativo.
Criterio de calidad (ponderación): 12
Criterio de calidad (nombre): Material de apoyo para los proyectos 1, 2, 4 y 9.
Precio ✅
Precio (ponderación): 30
Criterio de calidad (nombre): Traslado de las personas participantes para la realización de actividades relacionadas con el contrato.
Criterio de calidad (ponderación): 6
Criterio de calidad (nombre): Proyecto técnico.
Criterio de calidad (ponderación): 40
Título
Número de identificación del lote: LOT-0000
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto ✅ Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2026-05-19 14:00:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas: 2026-05-20 09:00:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar): Diputación de Segovia
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Lista y breve descripción de las normas y criterios:
“Cifra anual de negocio”
Lista y breve descripción de las normas y criterios:
“Trabajos realizados” Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
“De conformidad con lo establecido en la cláusula 42 del PCAP..”
Información complementaria Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“hasta 2026-07-15+02:00” Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Fuente: OJS 2026/S 075-262184 (2026-04-16)