Se trata de disponer de un servicio técnico especializado de las instalaciones de electrocloración y de las estaciones de dosificación de cloro, con la finalidad de garantizar su correcto funcionamiento, conservación y cumplimiento de la normativa aplicable. El contrato comprende, con carácter enunciativo y no limitativo: El mantenimiento preventivo programado de las instalaciones. El mantenimiento correctivo derivado de averías o incidencias. La ejecución de trabajos de mejora y adecuación funcional de los sistemas. El servicio de asistencia técnica, tanto telefónica como presencial, para la resolución de incidencias. El suministro de materiales, repuestos y elementos fungibles necesarios para la ejecución de los trabajos. La elaboración de la documentación técnica e informes asociados a las actuaciones realizadas. La finalidad del contrato es garantizar el correcto estado de conservación, la disponibilidad y el funcionamiento óptimo de las instalaciones objeto del mismo, minimizando las averías y asegurando el cumplimiento de la normativa sanitaria y de seguridad aplicable.
Anuncio de licitación (2026-05-15) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicio de mantenimiento de las instalaciones de electrocloración y estaciones dosificadoras de cloro del cat.
Breve descripción:
Se trata de disponer de un servicio técnico especializado de las instalaciones de electrocloración y de las estaciones de dosificación de cloro, con la finalidad de garantizar su correcto funcionamiento, conservación y cumplimiento de la normativa aplicable.
El contrato comprende, con carácter enunciativo y no limitativo:
El mantenimiento preventivo programado de las instalaciones.
El mantenimiento correctivo derivado de averías o incidencias.
La ejecución de trabajos de mejora y adecuación funcional de los sistemas.
El servicio de asistencia técnica, tanto telefónica como presencial, para la resolución de incidencias.
El suministro de materiales, repuestos y elementos fungibles necesarios para la ejecución de los trabajos.
La elaboración de la documentación técnica e informes asociados a las actuaciones realizadas.
La finalidad del contrato es garantizar el correcto estado de conservación, la disponibilidad y el funcionamiento óptimo de las instalaciones objeto del mismo, minimizando las averías y asegurando el cumplimiento de la normativa sanitaria y de seguridad aplicable.
Se trata de disponer de un servicio técnico especializado de las instalaciones de electrocloración y de las estaciones de dosificación de cloro, con la finalidad de garantizar su correcto funcionamiento, conservación y cumplimiento de la normativa aplicable.
El contrato comprende, con carácter enunciativo y no limitativo:
El mantenimiento preventivo programado de las instalaciones.
El mantenimiento correctivo derivado de averías o incidencias.
La ejecución de trabajos de mejora y adecuación funcional de los sistemas.
El servicio de asistencia técnica, tanto telefónica como presencial, para la resolución de incidencias.
El suministro de materiales, repuestos y elementos fungibles necesarios para la ejecución de los trabajos.
La elaboración de la documentación técnica e informes asociados a las actuaciones realizadas.
La finalidad del contrato es garantizar el correcto estado de conservación, la disponibilidad y el funcionamiento óptimo de las instalaciones objeto del mismo, minimizando las averías y asegurando el cumplimiento de la normativa sanitaria y de seguridad aplicable.
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto ✅
Base jurídica: Directiva 2014/24/UE
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2026-06-17 13:00:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: catalán 🗣️
español 🗣️
Plazo mínimo durante el cual el licitador debe mantener la oferta: 3 meses
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Català de Contractes del Sector Públic
Número de registro nacional: 999999999
Dirección postal: del Foc
Código postal: 08038
Ciudad postal: No consta
Región: Barcelona
🏙️
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: tccsp@gencat.cat📧
Teléfono: 933162000📞
URL: https://contractacio.gencat.cat/ca/contacte/tccsp/🌏 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
El orden jurisdiccional civil será el competente para conocer de las cuestiones que se susciten respecto de los efectos y extinción del contrato, excepto en los supuestos de modificación previstos en los artículos 204 y 205 (art. 27.3 LCSP).
En cuanto a su impugnación y de acuerdo con el artículo 27.1 de la LCSP, la jurisdicción contencioso-administrativa será competente para conocer de las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación, así como de las modificaciones contractuales basadas en el incumplimiento de lo previsto en los artículos 204 y 205, cuando se entienda que dicha modificación debía haber sido objeto de una nueva adjudicación.
Contra este Acuerdo podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación al que se refiere el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.
El escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en caso de presentarse en cualquiera de los registros previstos en el citado artículo, deberá comunicarse al Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público de manera inmediata y por el medio más rápido posible.
Asimismo, el recurso podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el registro electrónico del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público o del Ministerio de Hacienda, dirigido al Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público. En todo caso, deberá adjuntarse la documentación establecida en el artículo 51.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
El orden jurisdiccional civil será el competente para conocer de las cuestiones que se susciten respecto de los efectos y extinción del contrato, excepto en los supuestos de modificación previstos en los artículos 204 y 205 (art. 27.3 LCSP).
En cuanto a su impugnación y de acuerdo con el artículo 27.1 de la LCSP, la jurisdicción contencioso-administrativa será competente para conocer de las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación, así como de las modificaciones contractuales basadas en el incumplimiento de lo previsto en los artículos 204 y 205, cuando se entienda que dicha modificación debía haber sido objeto de una nueva adjudicación.
Contra este Acuerdo podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación al que se refiere el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.
El escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en caso de presentarse en cualquiera de los registros previstos en el citado artículo, deberá comunicarse al Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público de manera inmediata y por el medio más rápido posible.
Asimismo, el recurso podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el registro electrónico del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público o del Ministerio de Hacienda, dirigido al Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público. En todo caso, deberá adjuntarse la documentación establecida en el artículo 51.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.