Prestación del servicio de transporte adaptado para las personas usuarias de los centros de día para personas mayores dependientes Can Blai (Santa Eulària des Riu) y Sa Serra (Sant Antoni de Portmany), gestionados por la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de les Illes Balears. El objeto de contrato se divide en dos lotes: - Lote 1: servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de de día Can Blai. - Lote 2: servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de de día Sa Serra. Las personas beneficiarias del servicio tienen reconocida la situación de dependencia de conformidad con los procedimientos establecidos legalmente y son usuarias de los citados centros de día. Parte de las personas beneficiarias tienen movilidad reducida y/o utilizan sillas de ruedas. El servicio consiste en el traslado de las personas usuarias desde sus domicilios a los centros de día y desde éstos a sus domicilios, de lunes a viernes, excepto festivos. La realización del servicio incluye la vigilancia y los apoyos a las personas usuarias por parte del personal acompañante durante el tiempo que dure el trayecto, tanto de ida como de vuelta.
Anuncio de licitación (2026-04-24) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicio de transporte adaptado para las personas usuarias de los centros de día Can Blai y Sa Serra (Ibiza).
Número de referencia: 21/2026 SARHA/SERV
Breve descripción:
Prestación del servicio de transporte adaptado para las personas usuarias de los centros de día para personas mayores dependientes Can Blai (Santa Eulària des Riu) y Sa Serra (Sant Antoni de Portmany), gestionados por la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de les Illes Balears.
El objeto de contrato se divide en dos lotes:
- Lote 1: servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de de día Can Blai.
- Lote 2: servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de de día Sa Serra.
Las personas beneficiarias del servicio tienen reconocida la situación de dependencia de conformidad con los procedimientos establecidos legalmente y son usuarias de los citados centros de día. Parte de las personas beneficiarias tienen movilidad reducida y/o utilizan sillas de ruedas.
El servicio consiste en el traslado de las personas usuarias desde sus domicilios a los centros de día y desde éstos a sus domicilios, de lunes a viernes, excepto festivos. La realización del servicio incluye la vigilancia y los apoyos a las personas usuarias por parte del personal acompañante durante el tiempo que dure el trayecto, tanto de ida como de vuelta.
Prestación del servicio de transporte adaptado para las personas usuarias de los centros de día para personas mayores dependientes Can Blai (Santa Eulària des Riu) y Sa Serra (Sant Antoni de Portmany), gestionados por la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de les Illes Balears.
El objeto de contrato se divide en dos lotes:
- Lote 1: servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de de día Can Blai.
- Lote 2: servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de de día Sa Serra.
Las personas beneficiarias del servicio tienen reconocida la situación de dependencia de conformidad con los procedimientos establecidos legalmente y son usuarias de los citados centros de día. Parte de las personas beneficiarias tienen movilidad reducida y/o utilizan sillas de ruedas.
El servicio consiste en el traslado de las personas usuarias desde sus domicilios a los centros de día y desde éstos a sus domicilios, de lunes a viernes, excepto festivos. La realización del servicio incluye la vigilancia y los apoyos a las personas usuarias por parte del personal acompañante durante el tiempo que dure el trayecto, tanto de ida como de vuelta.
Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera📦
Valor estimado sin IVA: 513 760 EUR 💰
Información sobre los lotes
Este contrato se divide en lotes ✅
Número máximo de lotes que pueden adjudicarse a un licitador: 2
Las ofertas podrán presentarse por un número máximo de lotes: 2
1️⃣
Identificador interno: 1
Título: Servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de día Can Blai.
Valor estimado sin IVA: 256 880 EUR 💰
Descripción de la contratación:
El servicio consistirá en el traslado por la mañana de las personas usuarias desde sus domicilios al centro de día Can Blai, de Santa Eulària des Riu y su recogida en el referido centro por las tardes para volver a sus casas.
El número máximo de personas transportadas es de 20.
El servicio se prestará de lunes a viernes, excepto festivos.
El servicio consistirá en el traslado por la mañana de las personas usuarias desde sus domicilios al centro de día Can Blai, de Santa Eulària des Riu y su recogida en el referido centro por las tardes para volver a sus casas.
El número máximo de personas transportadas es de 20.
El servicio se prestará de lunes a viernes, excepto festivos.
País: España 🇪🇸
Lugar de ejecución: Eivissa y Formentera
🏙️
Duración: 2 años Duración
Fecha de inicio: 2026-08-01 📅
Descripción
Número máximo de renovaciones: 1
Más información sobre renovaciones:
El contrato se podrá prorrogar por un plazo máximo de dos años si así lo acuerda el órgano de contratación, previo aviso con un plazo mínimo de dos meses de antelación a la fecha de finalización del contrato. En tal caso, la prórroga será obligatoria para el contratista, salvo que se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 de la LCSP.
El contrato se podrá prorrogar por un plazo máximo de dos años si así lo acuerda el órgano de contratación, previo aviso con un plazo mínimo de dos meses de antelación a la fecha de finalización del contrato. En tal caso, la prórroga será obligatoria para el contratista, salvo que se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 de la LCSP.
Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre): Antigüedad de los vehículos.
Criterio de calidad (ponderación): 15
Criterio de calidad (nombre): Criterio medioambiental .
Criterio de calidad (ponderación): 10
Criterio de calidad (nombre): Criterio social.
Criterio de calidad (ponderación): 5
Precio ✅
Precio (ponderación): 70
Título
Número de identificación del lote: LOT-0001
2️⃣
Identificador interno: 2
Título: Servicio de transporte adaptado para las personas usuarias del Centro de día Sa Serra.
Descripción de la contratación:
El servicio consistirá en el traslado por la mañana de las personas usuarias desde sus domicilios al centro de día Sa Serra, de Sant Antoni de Portmany y su recogida en el referido centro por las tardes para volver a sus casas.
El número máximo de personas transportadas es de 20.
El servicio se prestará de lunes a viernes, excepto festivos.
El servicio consistirá en el traslado por la mañana de las personas usuarias desde sus domicilios al centro de día Sa Serra, de Sant Antoni de Portmany y su recogida en el referido centro por las tardes para volver a sus casas.
El número máximo de personas transportadas es de 20.
El servicio se prestará de lunes a viernes, excepto festivos.
Título
Número de identificación del lote: LOT-0002
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto ✅
Base jurídica: Directiva 2014/24/UE
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2026-05-25 14:00:00 📅
Condiciones de apertura de las ofertas: 2026-06-01 09:00:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Plazo mínimo durante el cual el licitador debe mantener la oferta: 2 meses Condiciones de la licitación
Fecha de apertura: 2026-06-01 09:00:00 📅
Facturación electrónica: Permitida
Se utilizará el pago electrónico ✅ Criterios de adjudicación
Tipo de ponderación: Ponderación (puntos, exacto)
Condiciones de la licitación
El contrato contiene condiciones de ejecución ✅
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Criterio de selección: Seguro de indemnización por riesgos profesionales
Lista y breve descripción de las normas y criterios: Seguro de indemnización
Criterio de selección: Referencias sobre servicios específicos
Lista y breve descripción de las normas y criterios: Trabajos realizados
Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
El contratista se obliga durante la vigencia del contrato a no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo para el personal vinculado a su ejecución establecidas en el convenio colectivo de aplicación, sin perjuicio de atender a los acuerdos explícitos entre la empresa y los representantes de los trabajadores..
El contratista se obliga durante la vigencia del contrato a no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo para el personal vinculado a su ejecución establecidas en el convenio colectivo de aplicación, sin perjuicio de atender a los acuerdos explícitos entre la empresa y los representantes de los trabajadores..
Condiciones de participación
Motivo de exclusión:
Acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia
Falta profesional grave
Incumplimiento de la obligación de pago de cotizaciones a la seguridad social
+ 2 más
Incumplimiento de la obligación de pago de impuestos
Insolvencia
Descripción de los motivos de exclusión:
La Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o a petición de los Estados miembros, si este ha quebrado o está sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación, si sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal, si ha celebrado un convenio con sus acreedores, si sus actividades empresariales han sido suspendidas o se encuentra en cualquier situación análoga resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales.
La Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o a petición de los Estados miembros, si este ha quebrado o está sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación, si sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal, si ha celebrado un convenio con sus acreedores, si sus actividades empresariales han sido suspendidas o se encuentra en cualquier situación análoga resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales.
El operador económico quedará excluido de la participación en el procedimiento de contratación en caso de que la Fundación tenga conocimiento de que ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de impuestos y que ello haya quedado establecido en una resolución judicial o administrativa firme y vinculante, según las disposiciones legales del país en el que esté establecido el operador económico o las del Estado miembro del poder adjudicador.
Asimismo, la Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o por requerimiento de los Estados miembros, cuando esta pueda demostrar por cualquier medio adecuado que el operador económico ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de impuestos.
Lo anterior dejará de aplicarse una vez que el operador económico haya cumplido sus obligaciones de pago o celebrado un acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos que adeude, incluidos en su caso los intereses acumulados o las multas impuestas.
El operador económico quedará excluido de la participación en el procedimiento de contratación en caso de que la Fundación tenga conocimiento de que ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de impuestos y que ello haya quedado establecido en una resolución judicial o administrativa firme y vinculante, según las disposiciones legales del país en el que esté establecido el operador económico o las del Estado miembro del poder adjudicador.
Asimismo, la Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o por requerimiento de los Estados miembros, cuando esta pueda demostrar por cualquier medio adecuado que el operador económico ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de impuestos.
Lo anterior dejará de aplicarse una vez que el operador económico haya cumplido sus obligaciones de pago o celebrado un acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos que adeude, incluidos en su caso los intereses acumulados o las multas impuestas.
La Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o a petición de los Estados miembros, cuando pueda demostrar por medios apropiados que el operador económico ha cometido una falta profesional grave que pone en entredicho su integridad.
La Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o a petición de los Estados miembros, cuando pueda demostrar por medios apropiados que el operador económico ha cometido una falta profesional grave que pone en entredicho su integridad.
El operador económico quedará excluido de la participación en el procedimiento de contratación en caso de que la Fundación tenga conocimiento de que ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de cotizaciones a la seguridad social y que ello haya quedado establecido en una resolución judicial o administrativa firme y vinculante, según las disposiciones legales del país en el que esté establecido el operador económico o las del Estado miembro del poder adjudicador.
Asimismo, la Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o por requerimiento de los Estados miembros, cuando esta pueda demostrar por cualquier medio adecuado que el operador económico ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de cotizaciones a la seguridad social.
El presente apartado dejará de aplicarse una vez que el operador económico haya cumplido sus obligaciones de pago o celebrado un acuerdo vinculante con vistas al pago de las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos en su caso los intereses acumulados o las multas impuestas.
El operador económico quedará excluido de la participación en el procedimiento de contratación en caso de que la Fundación tenga conocimiento de que ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de cotizaciones a la seguridad social y que ello haya quedado establecido en una resolución judicial o administrativa firme y vinculante, según las disposiciones legales del país en el que esté establecido el operador económico o las del Estado miembro del poder adjudicador.
Asimismo, la Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o por requerimiento de los Estados miembros, cuando esta pueda demostrar por cualquier medio adecuado que el operador económico ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de cotizaciones a la seguridad social.
El presente apartado dejará de aplicarse una vez que el operador económico haya cumplido sus obligaciones de pago o celebrado un acuerdo vinculante con vistas al pago de las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos en su caso los intereses acumulados o las multas impuestas.
La Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o a petición de los Estados miembros cuando tenga indicios suficientemente plausibles de que el operador económico ha llegado a acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia.
La Fundación podrá excluir a un operador económico de la participación en el procedimiento de contratación, por sí mismos o a petición de los Estados miembros cuando tenga indicios suficientemente plausibles de que el operador económico ha llegado a acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia.