1.1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA: (PRIMEROS AUXILIOS Y URGENCIAS) • El presente contrato tiene como objeto garantizar a todos los usuarios de la playa que así lo precisen, una asistencia sanitaria de primeros auxilios en segundo nivel o de asistencia de enfermería si las lesiones lo requieren. • Garantizar, en caso necesario, el traslado del paciente al centro hospitalario que se designe, en óptimas condiciones de estabilización mediante aplicación de técnicas de soporte vital básico (DESA). 1.2. SALVAMENTO MARÍTIMO Y VIGILANCIA DE PLAYAS: • Vigilancia de las zonas de baños, al objeto de atender cualquier incidencia que se produzca, búsqueda, rescate y salvamento. Evacuación de víctimas del medio acuático. • Búsqueda de niños desaparecidos con todos los medios disponibles y necesarios. Se utilizarán pulseras, que facilitará el Ayuntamiento a la empresa prestataria del servicio, para facilitar la identificación de niños perdidos, u otros medios similares siempre que no tengan ningún tipo de publicidad, que tendrá que proveer la empresa. 1.3. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD: • Servicio de atención a las personas con discapacidad en cada una de las playas adaptadas y puntos adaptados existentes a lo largo de nuestro litoral. • Servicio de asistencia de entrada y salida al baño a personas con discapacidad. • Préstamo de equipamientos existentes de ayuda y asistencia al baño para personas con discapacidad. 1.4. INFORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN: • Garantizar que los usuarios estén informados del correcto uso que han de hacerse en las playas de conformidad con el Bando Municipal de Playas y cualquier otra normativa de playas que sea de interés para el buen desarrollo del trabajo de los socorristas y el disfrute de los bañistas. • Garantizar que los bañistas a través de los socorristas trasladen información del uso adecuado de las playas. lncluso, cuando sea necesario, dicho servicio de socorrismo requerirá en cualquier momento que lo necesite, la presencia de la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil, en su caso. • Servicio de información y asesoramiento sobre el buen uso de las playas (Bando municipal...). • Información, y si procediera, advertencias directas a los usuarios de las playas con actitudes peligrosas, tanto para ellos como para terceros, con aviso inmediato a vigilantes de playas, Policía Local en caso de persistencia de este tipo de actitudes, así como a la Policía Nacional o Guardia Civil según proceda. • Informar al ciudadano de buenos hábitos o conductas, así como de las normativas de las Ordenanzas de Playas como la no práctica de deportes de pelota en zonas no autorizadas, precauciones para el baño,..
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2026-05-04.
La contratación se publicó en 2026-03-30.
Anuncio de licitación (2026-03-30) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicio de vigilancia, socorrismo, primeros auxilios y asistencia a personas con discapacidad en las playas
del Término Municipal de Vélez-Málaga
Número de referencia: SER 01-2026
Breve descripción:
1.1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA: (PRIMEROS AUXILIOS Y URGENCIAS) • El presente
contrato tiene como objeto garantizar a todos los usuarios de la playa que así lo precisen, una asistencia sanitaria de primeros
auxilios en segundo nivel o de asistencia de enfermería si las lesiones lo requieren. • Garantizar, en caso necesario, el traslado
del paciente al centro hospitalario que se designe, en óptimas condiciones de estabilización mediante aplicación de técnicas de
soporte vital básico (DESA). 1.2. SALVAMENTO MARÍTIMO Y VIGILANCIA DE PLAYAS: • Vigilancia de las zonas de baños, al
objeto de atender cualquier incidencia que se produzca, búsqueda, rescate y salvamento. Evacuación de víctimas del medio
acuático. • Búsqueda de niños desaparecidos con todos los medios disponibles y necesarios. Se utilizarán pulseras, que
facilitará el Ayuntamiento a la empresa prestataria del servicio, para facilitar la identificación de niños perdidos, u otros medios
similares siempre que no tengan ningún tipo de publicidad, que tendrá que proveer la empresa. 1.3. PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD: • Servicio de atención a las personas con discapacidad en
cada una de las playas adaptadas y puntos adaptados existentes a lo largo de nuestro litoral. • Servicio de asistencia de
entrada y salida al baño a personas con discapacidad. • Préstamo de equipamientos existentes de ayuda y asistencia al baño
para personas con discapacidad. 1.4. INFORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN: • Garantizar que los usuarios estén informados
del correcto uso que han de hacerse en las playas de conformidad con el Bando Municipal de Playas y cualquier otra normativa
de playas que sea de interés para el buen desarrollo del trabajo de los socorristas y el disfrute de los bañistas. • Garantizar que
los bañistas a través de los socorristas trasladen información del uso adecuado de las playas. lncluso, cuando sea necesario,
dicho servicio de socorrismo requerirá en cualquier momento que lo necesite, la presencia de la Policía Local, Policía Nacional
o Guardia Civil, en su caso. • Servicio de información y asesoramiento sobre el buen uso de las playas (Bando municipal...). •
Información, y si procediera, advertencias directas a los usuarios de las playas con actitudes peligrosas, tanto para ellos como
para terceros, con aviso inmediato a vigilantes de playas, Policía Local en caso de persistencia de este tipo de actitudes, así
como a la Policía Nacional o Guardia Civil según proceda. • Informar al ciudadano de buenos hábitos o conductas, así como de
las normativas de las Ordenanzas de Playas como la no práctica de deportes de pelota en zonas no autorizadas, precauciones
para el baño,..
1.1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA: (PRIMEROS AUXILIOS Y URGENCIAS) • El presente
contrato tiene como objeto garantizar a todos los usuarios de la playa que así lo precisen, una asistencia sanitaria de primeros
auxilios en segundo nivel o de asistencia de enfermería si las lesiones lo requieren. • Garantizar, en caso necesario, el traslado
del paciente al centro hospitalario que se designe, en óptimas condiciones de estabilización mediante aplicación de técnicas de
soporte vital básico (DESA). 1.2. SALVAMENTO MARÍTIMO Y VIGILANCIA DE PLAYAS: • Vigilancia de las zonas de baños, al
objeto de atender cualquier incidencia que se produzca, búsqueda, rescate y salvamento. Evacuación de víctimas del medio
acuático. • Búsqueda de niños desaparecidos con todos los medios disponibles y necesarios. Se utilizarán pulseras, que
facilitará el Ayuntamiento a la empresa prestataria del servicio, para facilitar la identificación de niños perdidos, u otros medios
similares siempre que no tengan ningún tipo de publicidad, que tendrá que proveer la empresa. 1.3. PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD: • Servicio de atención a las personas con discapacidad en
cada una de las playas adaptadas y puntos adaptados existentes a lo largo de nuestro litoral. • Servicio de asistencia de
entrada y salida al baño a personas con discapacidad. • Préstamo de equipamientos existentes de ayuda y asistencia al baño
para personas con discapacidad. 1.4. INFORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN: • Garantizar que los usuarios estén informados
del correcto uso que han de hacerse en las playas de conformidad con el Bando Municipal de Playas y cualquier otra normativa
de playas que sea de interés para el buen desarrollo del trabajo de los socorristas y el disfrute de los bañistas. • Garantizar que
los bañistas a través de los socorristas trasladen información del uso adecuado de las playas. lncluso, cuando sea necesario,
dicho servicio de socorrismo requerirá en cualquier momento que lo necesite, la presencia de la Policía Local, Policía Nacional
o Guardia Civil, en su caso. • Servicio de información y asesoramiento sobre el buen uso de las playas (Bando municipal...). •
Información, y si procediera, advertencias directas a los usuarios de las playas con actitudes peligrosas, tanto para ellos como
para terceros, con aviso inmediato a vigilantes de playas, Policía Local en caso de persistencia de este tipo de actitudes, así
como a la Policía Nacional o Guardia Civil según proceda. • Informar al ciudadano de buenos hábitos o conductas, así como de
las normativas de las Ordenanzas de Playas como la no práctica de deportes de pelota en zonas no autorizadas, precauciones
para el baño,..
Tipo de contrato: Servicios
Productos/servicios: Servicios de vigilancia📦
Valor estimado sin IVA: 1546359.06 EUR 💰
Descripción
Identificador interno: SER 01-2026
Título: Servicio de vigilancia, socorrismo, primeros auxilios y asistencia a personas con
discapacidad en las playas del Término Municipal de Vélez-Málaga
Descripción de la contratación:
1.1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA: (PRIMEROS AUXILIOS Y URGENCIAS) • El presente
contrato tiene como objeto garantizar a todos los usuarios de la playa que así lo precisen, una asistencia sanitaria de primeros
auxilios en segundo nivel o de asistencia de enfermería si las lesiones lo requieren. • Garantizar, en caso necesario, el traslado
del paciente al centro hospitalario que se designe, en óptimas condiciones de estabilización mediante aplicación de técnicas de
soporte vital básico (DESA). 1.2. SALVAMENTO MARÍTIMO Y VIGILANCIA DE PLAYAS: • Vigilancia de las zonas de baños, al
objeto de atender cualquier incidencia que se produzca, búsqueda, rescate y salvamento. Evacuación de víctimas del medio
acuático. • Búsqueda de niños desaparecidos con todos los medios disponibles y necesarios. Se utilizarán pulseras, que
facilitará el Ayuntamiento a la empresa prestataria del servicio, para facilitar la identificación de niños perdidos, u otros medios
similares siempre que no tengan ningún tipo de publicidad, que tendrá que proveer la empresa. 1.3. PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD: • Servicio de atención a las personas con discapacidad en
cada una de las playas adaptadas y puntos adaptados existentes a lo largo de nuestro litoral. • Servicio de asistencia de
entrada y salida al baño a personas con discapacidad. • Préstamo de equipamientos existentes de ayuda y asistencia al baño
para personas con discapacidad. 1.4. INFORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN: • Garantizar que los usuarios estén informados
del correcto uso que han de hacerse en las playas de conformidad con el Bando Municipal de Playas y cualquier otra normativa
de playas que sea de interés para el buen desarrollo del trabajo de los socorristas y el disfrute de los bañistas. • Garantizar que
los bañistas a través de los socorristas trasladen información del uso adecuado de las playas. lncluso, cuando sea necesario,
dicho servicio de socorrismo requerirá en cualquier momento que lo necesite, la presencia de la Policía Local, Policía Nacional
o Guardia Civil, en su caso. • Servicio de información y asesoramiento sobre el buen uso de las playas (Bando municipal...). •
Información, y si procediera, advertencias directas a los usuarios de las playas con actitudes peligrosas, tanto para ellos como
para terceros, con aviso inmediato a vigilantes de playas, Policía Local en caso de persistencia de este tipo de actitudes, así
como a la Policía Nacional o Guardia Civil según proceda. • Informar al ciudadano de buenos hábitos o conductas, así como de
las normativas de las Ordenanzas de Playas como la no práctica de deportes de pelota en zonas no autorizadas, precauciones
para el baño,...
1.1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA: (PRIMEROS AUXILIOS Y URGENCIAS) • El presente
contrato tiene como objeto garantizar a todos los usuarios de la playa que así lo precisen, una asistencia sanitaria de primeros
auxilios en segundo nivel o de asistencia de enfermería si las lesiones lo requieren. • Garantizar, en caso necesario, el traslado
del paciente al centro hospitalario que se designe, en óptimas condiciones de estabilización mediante aplicación de técnicas de
soporte vital básico (DESA). 1.2. SALVAMENTO MARÍTIMO Y VIGILANCIA DE PLAYAS: • Vigilancia de las zonas de baños, al
objeto de atender cualquier incidencia que se produzca, búsqueda, rescate y salvamento. Evacuación de víctimas del medio
acuático. • Búsqueda de niños desaparecidos con todos los medios disponibles y necesarios. Se utilizarán pulseras, que
facilitará el Ayuntamiento a la empresa prestataria del servicio, para facilitar la identificación de niños perdidos, u otros medios
similares siempre que no tengan ningún tipo de publicidad, que tendrá que proveer la empresa. 1.3. PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD: • Servicio de atención a las personas con discapacidad en
cada una de las playas adaptadas y puntos adaptados existentes a lo largo de nuestro litoral. • Servicio de asistencia de
entrada y salida al baño a personas con discapacidad. • Préstamo de equipamientos existentes de ayuda y asistencia al baño
para personas con discapacidad. 1.4. INFORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN: • Garantizar que los usuarios estén informados
del correcto uso que han de hacerse en las playas de conformidad con el Bando Municipal de Playas y cualquier otra normativa
de playas que sea de interés para el buen desarrollo del trabajo de los socorristas y el disfrute de los bañistas. • Garantizar que
los bañistas a través de los socorristas trasladen información del uso adecuado de las playas. lncluso, cuando sea necesario,
dicho servicio de socorrismo requerirá en cualquier momento que lo necesite, la presencia de la Policía Local, Policía Nacional
o Guardia Civil, en su caso. • Servicio de información y asesoramiento sobre el buen uso de las playas (Bando municipal...). •
Información, y si procediera, advertencias directas a los usuarios de las playas con actitudes peligrosas, tanto para ellos como
para terceros, con aviso inmediato a vigilantes de playas, Policía Local en caso de persistencia de este tipo de actitudes, así
como a la Policía Nacional o Guardia Civil según proceda. • Informar al ciudadano de buenos hábitos o conductas, así como de
las normativas de las Ordenanzas de Playas como la no práctica de deportes de pelota en zonas no autorizadas, precauciones
para el baño,...
País: España 🇪🇸
Lugar de ejecución: Málaga
🏙️ Duración
Fecha de inicio: 2026-06-01 📅
Fecha final: 2029-05-31 📅
Título
Número de identificación del lote: LOT-0001 Alcance de la contratación
Productos/servicios adicionales:
Descripción
Dirección postal: CALLE JUAN PABLO II Nº 3 2ª PLANTA
Código postal: 29700
Localidad: Vélez-Málaga
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto ✅
Base jurídica: Directiva 2014/24/UE
Principales características del procedimiento: PROCEDIMIENTO ARMONIZADO SARA
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2026-05-04 14:00:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Plazo mínimo durante el cual el licitador debe mantener la oferta: 3 años Condiciones de la licitación
Facturación electrónica: Permitida
Descripción de la justificación del procedimiento: FALTA DE MEDIOS
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Motivo de exclusión:
Motivos de exclusión puramente nacionales
Motivos referidos a la insolvencia, los conflictos de intereses o la falta profesional
Motivos referidos a la situación del operador económico
Motivos referidos al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social
Autoridad contratante Nombre y dirección
Nombre: Empresa Municipal de Servicios, Viviendas, Infraestructura y Promoción de Vélez
Málaga S.A.
Número de registro nacional: A92143338
Dirección postal: Calle Juan Pablo II nº 3 2ª planta
Código postal: 29700
Ciudad postal: Vélez Málaga
Región: Málaga
🏙️
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: contratacion@emvipsa.es📧
Teléfono: 951284143📞 Tipo de poder adjudicador
Organismo de Derecho público
Actividad principal
Servicios públicos generales
Comunicación
URL de los documentos: https://emvipsa.es/perfil-del-contratante/🌏
Justificación de por qué no es posible la presentación electrónica: Herramientas, dispositivos o formatos de archivo no generalmente disponibles
Presentación electrónica: No autorizada
Información complementaria Órgano de revisión Igual que: Nombre y dirección Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Fuente: OJS 2026/S 063-220956 (2026-03-30)