El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha dictado, en el Recurso nº 194/2016, la Resolución nº 253/2016, de fecha 8.4.2016, por medio de la cual procede a estimar la reclamación interpuesta por las empresas Hormigones Askondo, S.L., Hormigones Euzko, S.A. y Asfaltos y Hormigones Aubide, S.L., contra el acuerdo de la Autoridad Portuaria de Bilbao de fecha 24.2.2016 por el que se excluía su oferta y se adjudicaba el contrato de referencia, anulando dicho acuerdo y ordenando la retroacción de las actuaciones hasta el momento de valoración de las ofertas económicas que debe incluir también la de la recurrente.