Conclusión de un Acuerdo Marco para la contratación de empresas organizadoras de viajes para los Cursos de Verano de la UPV/EHU

Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU

Conclusión de Acuerdo Marco, a los efectos de seleccionar hasta 3 empresas para los servicios de mediación y/o organización propios de una agencia de viajes para:
— Desplazamientos y estancias correspondientes a personal de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, como consecuencia de su desempeño profesional.
— Viajes y estancias derivadas de invitaciones cursadas por la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU a personas o instituciones.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2017-11-30. La contratación se publicó en 2017-10-31.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2017-10-31 Anuncio de licitación
2017-11-17 Información complementaria
2018-02-27 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2017-10-31)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de gestión de viajes
Número de referencia: 2017/AM/01
Breve descripción:
Conclusión de Acuerdo Marco, a los efectos de seleccionar hasta 3 empresas para los servicios de mediación y/o organización propios de una agencia de viajes para: — Desplazamientos y estancias correspondientes a personal de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, como consecuencia de su desempeño profesional. — Viajes y estancias derivadas de invitaciones cursadas por la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU a personas o instituciones.
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Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de gestión de viajes 📦
Lugar de ejecución
Región NUTS: País Vasco 🏙️

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Otros
Nombre del poder adjudicador: Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU
Dirección postal: Paseo Mirakontxa, 48, Palacio Miramar
Código postal: 20007
Ciudad postal: Donostia-San Sebastián
Contacto
Dirección de internet: http://www.uik.eus 🌏
Correo electrónico: aitziber.zubillaga@uik.eus 📧
Teléfono: +34 943219511 📞
URL de los documentos: https://www.uik.eus/es/sobre-nosotros/perfil-del-contratante 🌏

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2017-10-31 📅
Fecha límite de presentación: 2017-11-30 📅
Fecha de publicación: 2017-11-03 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2017/S 211-438481
Número del DO-S: 211

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Conclusión de Acuerdo Marco, a los efectos de seleccionar hasta 3 empresas para los servicios de mediación y/o organización propios de una agencia de viajes para:
— Desplazamientos y estancias correspondientes a personal de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, como consecuencia de su desempeño profesional.
— Viajes y estancias derivadas de invitaciones cursadas por la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU a personas o instituciones.
Valor total estimado: 720 000 EUR 💰
Breve descripción:
Servicios propios de una agencia de viajes:
Los Cursos de Verano disponen de una plataforma para la gestión de los viajes y estancias de los profesionales que invitan.
Se dará acceso a las agencias adjudicatarias para que obtengan la información de las gestiones a realizar. Se coordinarán con la Secretaría Técnica de los Cursos para solventar las dudas que surjan en el proceso.
Las agencias gestionarán los viajes y estancias en función de lo acordado por parte de la Secretaría Técnica con los profesionales invitados. En los casos en que el profesional invitado solicite condiciones diferentes, necesitarán la autorización de la Secretaría de los Cursos de Verano.
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Desplazamientos:
— Ofrecerán la información sobre horarios, rutas más idóneas y la disponibilidad de plazas en los medios de transporte solicitados, gestionando, en cada caso, la aplicación de la tarifa más ventajosa.
— En lo referente a los contratos de transporte los precios ofertados por la empresa deberán ser tarifas publicadas en los sistemas informáticos al uso (Savia-Amadeus, Galileo,…), o bien las que figuren en los sistemas informáticos de las propias compañías o internet.
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Alojamientos:
— Las agencias acordarán con la Dirección de la Fundación los alojamientos a ofrecer a los profesionales invitados. La Fundación está gestionando algunos cupos y se coordinará con las agencias para completar tales gestiones. Se ofrecerán hoteles y otro tipo de alojamientos.
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— Mediarán en la reserva de habitaciones, a tal fin, tramitarán, confirmarán y entregarán las reservas que les sean solicitadas. Asimismo, deberán proceder a la modificación o anulación de estas reservas cuando así se lo indique la persona solicitante, sin que haya penalización por ello en el caso de que la modificación o anulación se realice antes de la fecha previamente indicada por el establecimiento para ello.
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— El régimen de alojamiento y el tipo se acordarán para cada edición y actividad.
— Se deberá procurar que todas las personas participantes en una actividad se hospeden preferentemente en el mismo establecimiento.
Una vez realizada la gestión, subirán la documentación en la plataforma rellenando la información que solicita el formulario y harán llegar la información al profesional invitado y a la Secretaría técnica.
Los viajes y estancias del personal no se gestionarán a través de la plataforma sino, directamente, con la Secretaría Técnica por teléfono e email.
Valor estimado sin IVA: 720 000 EUR 💰
Duración: 48 meses
Descripción de las renovaciones:
5.1.- Plazo o fecha límite total: 48 meses (4 años) desde la firma del contrato.
5.2.- Plazos o entregas parciales (de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación): Sí, los plazos que resulten de cada servicio que se demande.
5.3.-Prórroga del contrato: Sí
— Número de prórrogas que pueden adoptarse: 2.
— Duración de cada una de las prórrogas: 12 meses.
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Lugares de destino de los viajeros. Principalmente la CAPV y Nueva Aquitania (Francia) en algunos casos concretos.

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual y, entre ellas, en el caso de que se encuentren indicadas, las siguientes:
— De conformidad con el artículo 10 de la Ley 6/1994, de 16 de marzo, de ordenación del turismo en Euskadi y con el artículo 4.4 del Decreto 81/2012, de 22 de mayo de agencias de viajes en Euskadi, deberán presentar el certificado de inscripción en el mismo, o en el registro que establezca a tales efectos la normativa aplicable en la CCAA en la que se encuentre su sede.
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Procedimiento
Número de participantes previsto: 3
Hora de recepción de las ofertas: 12:00
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
euskera 🗣️
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2017-12-01 📅
Hora de apertura de ofertas: 12:00
Lugar: Entidad: Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU
Domicilio: Palacio Miramar. Paseo Miraconcha, 48
Localidad: 20007 Donostia-San Sebastián.

Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: G20448056
Otro tipo de poder adjudicador: fundación privada
Contacto
Punto de contacto: Aitziber Zubillaga
Dirección de internet: www.uik.eus 🌏
Dirección del perfil de comprador: https://www.uik.eus/es/sobre-nosotros/perfil-del-contratante 🌏
URL de los documentos: https://www.uik.eus/es/sobre-nosotros/perfil-del-contratante 🌏

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Sala del Contencioso-Administrativo del País Vasco
Ciudad postal: Donostia-San Sebastián
País: España 🇪🇸
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
VIII.- Órganos para solución de controversias, acciones, recursos y jurisdicción
46.- Jurisdicción competente.
Cualquier controversia sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción se resolverá por los órganos jurisdiccionales del orden civil o contencioso-administrativo según proceda, previo, en su caso, y cuando proceda, del recurso especial potestativo en materia de contratación que, de conformidad al art. 40 del TRLCSP, se estará facultado a interponer ante el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales correspondiente.
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En concreto, en el caso de las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP, cuya cuantía sea igual o superior a 209 000 EUR, el recurso se deberá de interponer ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. En tal caso, de conformidad al art. 40.6 del TRLCSP, será facultativa la previa interposición del Recurso Especial potestativo en materia de contratación ante Órgano Administrativo de Recurso Contractuales de la CAPV, correspondiendo en consecuencia, a la Sala del Contencioso-Administrativo del País Vasco el conocimiento del recurso que se pudiera interponer frente a la resolución que fuese dictada por el citado Órgano Administrativo de Recurso Contractuales de la CAPV de conformidad al art. 10.1 k) de la Ley 29/1998 LRJCA. Por el contrario, si no se interpone este Recurso Especial, el conocimiento del recurso contencioso-administrativo que se vaya a interponer, de conformidad al art. 8.3 de la Ley 29/1998 LRJCA, corresponderá a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del lugar en donde la Fundación tenga su sede.
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Fuera de los casos mencionados en el párrafo anterior, el resto de cualesquiera cuestiones relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento o extinción de estos contratos, se substanciarán ante el Orden Jurisdiccional Civil mediante la interposición de una demanda civil a través del procedimiento correspondiente a la cuantía que vendrá determinada por el valor económico de la pretensión objeto del mismo.
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47.- Recurso especial en materia de contratación.
47.1.- Ámbito:
El recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo tendrá cabida en el presente caso por tratarse de un supuesto de contrato de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP, cuyo valor estimado sea igual o superior a 209 000 EUR.
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47.2.- Podrán ser objeto del recurso los siguientes actos:
a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores.
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c) Los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores.
48.3.- La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP. Contra la resolución del recurso solo procederá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Fuente: OJS 2017/S 211-438481 (2017-10-31)
Información complementaria (2017-11-17)
Objeto
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Información complementaria

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2017-11-17 📅
Fecha límite de presentación: 2017-12-13 📅
Fecha de publicación: 2017-11-22 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2017/S 224-466745
Se refiere al anuncio: 2017/S 211-438481
Número del DO-S: 224
Información complementaria
Se completa el Anexo III del Pliego de Cláusulas jurídicas particulares que está disponible en la siguiente dirección https://www.uik.eus/es/sobre-nosotros/perfil-del-contratante/conclusion-de-un-acuerdo-marco-para-la-contratacion-de Se añade el apartado correspondiente a la cláusula 24.3 de la carátula del pliego de cláusulas jurídicas particulares.
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Fuente: OJS 2017/S 224-466745 (2017-11-17)
Anuncio de adjudicación de contrato (2018-02-27)
Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Conclusión de acuerdo marco a los efectos de seleccionar hasta 3 empresas para los servicios de mediación y organización propios de una agencia de viajes para: — Desplazamientos y estancias correspondientes a personal de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, como consecuencia de su desempeño profesional, — Viajes y estancias derivadas de invitaciones cursadas por la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU a personas o instituciones.
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Valor total de la contratación: 720 000 EUR 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede

Autoridad contratante
Identidad
Ciudad postal: Donostia/San Sebastián

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2018-02-27 📅
Fecha de publicación: 2018-03-03 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 044-096461
Número del DO-S: 44

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Conclusión de acuerdo marco a los efectos de seleccionar hasta 3 empresas para los servicios de mediación y organización propios de una agencia de viajes para:
— Desplazamientos y estancias correspondientes a personal de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, como consecuencia de su desempeño profesional,
— Servicios propios de una agencia de viajes:
— — Los cursos de verano disponen de una plataforma para la gestión de los viajes y estancias de los profesionales que invitan,
— — Se dará acceso a las agencias adjudicatarias para que obtengan la información de las gestiones que realizar,
— — Se coordinarán con la Secretaría Técnica de los Cursos para solventar las dudas que surjan en el proceso,
— — Las agencias gestionarán los viajes y estancias en función de lo acordado por parte de la Secretaría Técnica con los profesionales invitados. En los casos en los que el profesional invitado solicite condiciones diferentes, necesitarán la autorización de la Secretaría de los Cursos de Verano.
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— Desplazamientos:
— — Ofrecerán la información sobre horarios, rutas más idóneas y la disponibilidad de plazas en los medios de transporte solicitados, gestionando, en cada caso, la aplicación de la tarifa más ventajosa,
— — En lo referente a los contratos de transporte, los precios ofertados por la empresa deberán ser tarifas publicadas en los sistemas informáticos al uso (Savia-Amadeus, Galileo), o bien las que figuren en los sistemas informáticos de las propias compañías o Internet.
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— Alojamientos:
— — Las agencias acordarán con la Dirección de la Fundación los alojamientos que ofrecer a los profesionales invitados. La Fundación está gestionando algunos cupos y se coordinará con las agencias para completar tales gestiones. Se ofrecerán hoteles y otro tipo de alojamientos,
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— — Mediarán en la reserva de habitaciones. A tal fin, tramitarán, confirmarán y entregarán las reservas que les sean solicitadas. Asimismo, deberán proceder a la modificación o anulación de estas reservas cuando así se lo indique la persona solicitante sin que haya penalización por ello en el caso de que la modificación o anulación se realice antes de la fecha previamente indicada por el establecimiento para ello,
Ver más
— — El régimen de alojamiento y el tipo se acordarán para cada edición y actividad,
— — Se deberá procurar que todas las personas participantes en una actividad se hospeden preferentemente en el mismo establecimiento.
Una vez realizada la gestión, subirán la documentación en la plataforma rellenando la información que solicita el formulario y harán llegar la información al profesional invitado y a la Secretaría Técnica. Los viajes y estancias del personal no se gestionarán a través de la plataforma, sino directamente con la Secretaría Técnica por teléfono y correo electrónico.
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Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Lugares de destino de los viajeros, principalmente la CAPV y Nueva Aquitania (Francia) en algunos casos concretos.

Procedimiento
Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre): Atención de incidencias
Criterio de calidad (ponderación): 20
Criterio de calidad (nombre): Cobertura de riesgos
Criterio de calidad (ponderación): 10
Criterio de calidad (nombre): Mejoras
Criterio de costes: Comisiones por emisión, reemisión y reembolso de billetes de transporte
Ponderación del coste: 40
Criterio de costes: Comisión por gestiones de alquiler de vehículos
Ponderación del coste: 5
Criterio de costes: Cobro de facturas de 30 a 60 días
Ponderación del coste: 15

Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2018-02-22 📅

Autoridad contratante
Identidad
Otro tipo de poder adjudicador: Fundación privada

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Sala de lo Contencioso-Administrativo del País Vasco
Ciudad postal: Donostia/San Sebastián
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
VIII) Órganos para solución de controversias, acciones, recursos y jurisdicción.
46) Jurisdicción competente.
Cualquier controversia sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción se resolverá por los órganos jurisdiccionales del orden civil o contencioso-administrativo según proceda, previo, en su caso, y cuando proceda, del recurso especial potestativo en materia de contratación que, de conformidad al artículo 40 del TRLCSP, se estará facultado a interponer ante el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales correspondiente.
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En concreto, en el caso de las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP cuya cuantía sea igual o superior a 209 000 EUR, el recurso se deberá interponer ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Ver más
En tal caso, de conformidad al artículo 40.6 del TRLCSP, será facultativa la previa interposición del recurso especial potestativo en materia de contratación ante el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la CAPV, correspondiendo en consecuencia a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del País Vasco el conocimiento del recurso que se pudiera interponer frente a la resolución que fuese dictada por el citado Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la CAPV, de conformidad al artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998 LRJCA. Por el contrario, si no se interpone este recurso especial, el conocimiento del recurso contencioso-administrativo que se vaya a interponer, de conformidad al artículo 8.3 de la Ley 29/1998 LRJCA, corresponderá a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del lugar en donde la Fundación tenga su sede.
Ver más
Fuera de los casos mencionados en el párrafo anterior, el resto de cualesquiera cuestiones relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento o extinción de estos contratos se substanciarán ante el Orden Jurisdiccional Civil mediante la interposición de una demanda civil a través del procedimiento correspondiente a la cuantía que vendrá determinada por el valor económico de la pretensión objeto del mismo.
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47) Recurso especial en materia de contratación.
47.1) Ámbito: el recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo tendrá cabida en el presente caso por tratarse de un supuesto de contrato de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP cuyo valor estimado sea igual o superior a 209 000 EUR;
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47.2) Podrán ser objeto del recurso los siguientes actos:
a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación;
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores;
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48.3) La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP. Contra la resolución del recurso solo procederá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Fuente: OJS 2018/S 044-096461 (2018-02-27)