Sistema de determinación del precio del contrato: tarifas a abonar por los usuarios del servicio.
Valor estimado del contrato: 9 528 298,72 EUR, calculado en base al volumen de negocio neto estimado de la futura empresa concesionaria, como consecuencia de la adjudicación de la concesión, excluyendo el IVA y cualquier otro tributo que fuera de aplicación (artículo 3 del Decreto Ley 3/2016, de 31 de mayo, de medidas urgentes en materia de contratación pública), teniendo en cuenta los siguientes conceptos: rentas procedentes del abono de las tarifas y multas por parte de los usuarios: 5 604 881,60 EUR, por los 4 años de vigencia de la concesión (a razón de 1 401 220,40 EUR, valor estimado de facturación teórica anual). El cálculo de estos ingresos se determina en informe incorporado al expediente de contratación y que se publicará en el perfil de contratante.
Eventuales prórrogas del contrato: 2 802 440,80 EUR (máximo 2 años).
Valor de las posibles modificaciones al alza: 1 120 976,32 EUR (límite del 20 % sobre 5 604 881,60 EUR).
Régimen retributivo del concesionario: el concesionario percibirá directamente de los usuarios y como única contraprestación por la prestación del servicio los ingresos procedentes de la aplicación de tarifas de estacionamiento público.
Gastos de publicidad del contrato: a cargo del adjudicatario. Importe máximo: 4 000 EUR.
Subcontratación: se permite, pero limitada exclusivamente a los siguientes trabajos: pintura y señalización de las plazas de estacionamiento, mantenimiento y pequeñas reparaciones de las máquinas expendedoras y otras que tengan el carácter de accesorias de las prestaciones principales.
Subrogación del personal de empresa: el adjudicatario del servicio convocado se subrogará, en el momento de hacerse cargo de su prestación, en la titularidad empresarial de los contratos de trabajo del personal que el actual contratista, que cumplan los requisitos establecidos al artículo 13 del IV Convenio colectivo de aparcamientos, estacionamientos regulados de superficie, garajes, servicio de lavado y engrase de vehículos de Cataluña (código de convenio número 79001575011999).
Condiciones especiales de ejecución: el contratista tiene que reservar el 50 % de los puestos de trabajo de nueva contratación adscritos a la ejecución del contrato, a personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de llegar a dicha situación, que tengan la condición legal de parados y/o tengan dificultades importantes para integrarse en el mercado de trabajo ordinario, garantizando en su contratación la igualdad de género y la no discriminación.
Supuestos de modificación convencional del contrato: señalizar y condicionar, según determine el Ayuntamiento, nuevas plazas y zonas de estacionamiento sometido a control horario (O.R.A) para favorecer la movilidad y rotación de los vehículos.
Incrementar/reducir el horario y/o la temporalidad del funcionamiento de las zonas O.R.A, modificando, en su caso, las tarifas del servicio, al alza o a la baja.
Eliminar plazas de estacionamiento por varias razones de interés público: instalación de contenedores en la vía pública, establecimiento de vados, pasos de peatones, ordenación de aparcamientos por creación de paradas de taxi, tren turístico o transporte urbano o interurbano y otros motivos análogos; así como la creación de áreas de peatones o en caso de anulación o suspensión temporal del servicio de estacionamiento regulado por motivos de realización de obras, mejoras en la red vial o reordenación del tránsito.