Apertura electrónica: de acuerdo al artículo 157.4 de la LCSP, dicho acto de apertura se realizarán por medios exclusivamente electrónicos y no será público, sin perjuicio de que el contenido de las proposiciones presentadas será facilitada a los interesados en el procedimiento, mediante la publicación del acta de la Mesa de Contratación en el Perfil del Contratante.