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Como conoce, con fecha 17 de julio de 2023, se firmó el contrato para el “Suministros
de neumáticos nuevos y recauchutados para la EMTSAM” LOTE 2, relativo al suministro de
neumáticos nuevos (aproximadamente 130 neumáticos en un periodo anual de medida
275/70R22.5 y 20 neumáticos medida 205/70/R16), estableciéndose un plazo de duración
inicial de un año desde su firma, en atención a lo dispuesto en la Cláusula Sexta del Pliego de
Condiciones Administrativas Particulares.
Que, conforme se contempla, siempre y cuando permanezcan inalterables las
características del contrato, se admite la posibilidad de prorrogar el mismo por periodos
anuales, no pudiendo superar la totalidad del contrato incluidas las prórrogas, el límite
máximo de cuatro años, ajustándose a lo establecido en el artículo 29 de la LCSP.
En virtud de lo anterior, dentro del plazo legal establecido para ello y estando próximo
el vencimiento del plazo de vigencia acordado en el contrato de referencia, y de acuerdo con
lo previsto en el artículo 29.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, se comunica por medio
del presente, la decisión de este Órgano de contratación de prorrogar un año el contrato
suscrito con Uds.
Dicha prórroga surtirá efectos a partir del día 18 de julio de 2025, fecha en la que
finaliza la primera prórroga del contrato. Una vez llegado a término el plazo de duración anual
de esta segunda prórroga, el contrato podrá prorrogarse por un último periodo anual
adicional.