Desistir del procedimiento de contratación por el suministro sucesivo y continuado de fungibles por el servicio de radiología y de medicina nuclear del Consorci Mar Parc de Salud de Barcelona que gestiona Imatgg Médica Intercentres, SL., a tenor de lo establecido en el artículo 152 de la Ley 9 /2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por haberse detectado infracciones no subsanables en las normas reguladoras que afectan al procedimiento de adjudicación y al contrato.