Lista y breve descripción de los criterios de selección
Conforme al artículo 87.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,se constata la necesidad de establecer unos criterios exigibles de solvencia económica y financiera proporcionales al objeto contractual definido, que permitan la libre concurrencia en el procedimiento de contratación y fomenten la participación en el mismo de pequeñas y medianas empresas, por ello se ha diseñado un sistema de
acreditación de la solvencia por tramos que aclara y facilita la información a los posibles licitadores en relación a los requisitos necesarios exigidos en este punto. Por otro lado, se hace necesario establecer un límite cuantitativo a este requisito conforme a lo que establece la Ley, para ello se han agrupado los lotes por importes dado que éstos no guardan en muchos casos equilibrio entre ellos, en función de esto se ha establecido una solvencia económica y financiera que no supera el 50% del valor estimado de cado uno de los lotes.
La solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades de la empresa y de presentación de las ofertas.
Deberá ser al menos el que se indique en los siguientes apartados:
- En el caso de licitarse a los Lotes: 43 y 61, la cuantía será al menos de 200.000
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 18, 24 y 56; la cuantía será al menos de 100.000 €.
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 26, 30, 42, 51, 57 y 58; la cuantía será al menos de 75.000 €.
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 16, 25, 41, 52, 55, 66 y 73; la cuantía será al menos de 50.000 €.
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 13, 17, 19, 21, 22, 23, 27, 29, 39,44, 46, 47, 48, 50, 53, 54, 59, 60, 62, 64, 70 y 71 ; la cuantía será al menos de 25.000 €.
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 1, 9, 12, 20, 28, 31, 34, 37, 38, 45, 63, 65, 69 y 72; la cuantía será al menos de 15.000 €.
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 2, 7, 8, 32, 33, 35, 36, 40, 49, 68 y 74; la cuantía será al menos de 7.500 €.
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 3, 4, y 5; la cuantía será al menos de 5.000 €.
- En el caso de licitarse a uno o más de los siguientes Lotes: 6, 10, 11, 14, 15 y 67; la cuantía será al menos de 100 €.
Si se licitara a lotes que están indicados en más de un apartado, el importe de la solvencia exigida deberá ser al menos el
correspondiente al lote que exija mayor cuantía.
La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de las cuentas anuales, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito, referidas al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles y la declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa.
Eso garantizará el compromiso implícito, al presentar la oferta la empresa licitadora, de que posee la capacidad de producción suficiente del bien objeto de este acuerdo marco para hacer frente a los consumos previstos.